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MINISTERIO DE AGRICULTURA GANADERÍA


Enviado por   •  27 de Julio de 2013  •  Trabajo  •  8.150 Palabras (33 Páginas)  •  374 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación MAGA asume, dentro del nuevo escenario su papel, como entidad encargada de consensuar y administrar políticas y estrategias que propicien el desarrollo sustentable del sector agropecuario, forestal e hidrobiológico a través de regulaciones claras y estables, acceso a recursos productivos, promoción de la empresarial, organización, competencia y modernización sobre la base de principios de subsidiaridad, transparencia, eficiencia y eficacia.

En otras palabras le corresponde a este atender los asuntos concernientes al régimen jurídico que rige la producción agrícola, pecuaria e hidrobiológica, esta última en lo que le ataña, así como aquellas que tienen por objeto mejorar las condiciones alimenticias de la población, la sanidad agropecuaria y el desarrollo productivo nacional. Formula y ejecuta, participativamente, la política de desarrollo agropecuario, hidrobiológico y de uso sustentable de los recursos naturales renovables.

Define la política de ordenamiento territorial y de utilización de las tierras nacionales y de reservas de la nación, velando por la instauración y aplicación eficaz del sistema de normas jurídicas que definan los derechos y responsabilidades vinculadas a la posesión, uso, usufructo y, en general, la utilización de dichos bienes, mientras permanezcan bajo el dominio del Estado

MINISTERIO DE AGRICULTURA GANADERÍA

Y ALIMENTACIÓN

-MAGA-

Antecedentes

El decreto gubernativo número 14, del 24 de agosto de 1871, estableció un ministerio de fomento, adjudicándole como funciones la protección y mejora del comercio, agricultura, ganadería, artes, industrias, obras públicas, líneas telegráficas, caminos, puentes, puertos y además medios de comunicación. Este mismo decreto suprimió el consulado de comercio, que venía desempeñando similares atribuciones.

Por acuerdo gubernativo del 1 de agosto de 1899, fue creada una dirección general de agricultura, adscrita al ministerio de fomento y se nombró como director general al señor Enrique Díaz Durán. Un acuerdo gubernativo del 2 de abril de 1920, creó la secretaría de estado en el despacho de agricultura y trabajo, nombrando como titular al Licenciado Mariano López Pacheco, pero esta secretaría no llegó a funcionar, debido al cambio de gobierno ocurrido el 8 de abril de ese mismo año y los asuntos relacionados con la agricultura siguieron atendiéndose por la secretaría de fomento.

Creación del ministerio

El ministerio de agricultura fue creado por el decreto legislativo no. 1042, de fecha 21 de mayo de 1920, que copiado literalmente dice:” decreto no 1042, la asamblea nacional legislativa de la república de Guatemala, decreta: Articulo único. Se establece un ministerio de agricultura, para que este importante ramo, fuente principal de la riqueza del país, sea atendido como corresponde.- pase al ejecutivo para su cumplimiento. Dado en el palacio del poder legislativo, en Guatemala, el 21 de mayo de 1920. Arturo ubico, presidente; Adrián Recinos, secretario; Ricardo c. Castañeda, secretario.- palacio del poder ejecutivo: Guatemala, 24 de mayo de 1920. Publíquese. C. Herrera. El secretario de estado en el despacho de gobernación y justicia, a.a. Saravia”.

Diferentes denominaciones del ministerio

A pesar que de que el decreto legislativo 1042 dispuso la creación de un “ministerio de agricultura”, este organismo, como todos los demás similares que operaban dentro del gobierno, se llamo secretaria del despacho de agricultura, o simplemente secretaria de agricultura, esta denominación la conservo hasta el año de 1933.durante los años 34 y 35, se denomino secretaria de agricultura y caminos. De 1936 a 1944 llevo nuevamente el nombre de secretaria de agricultura. En el año de 1944 su nombre recibió dos cambios; el 4 de diciembre: secretaria de estado en el despacho de economía y agricultura, por decreto gubernativo no. 28. El 26 del mismo mes de diciembre: secretaria de agricultura y minería .el decreto legislativo no. 93, del 25 de abril de 1945, le llamo: ministerio de agricultura, nombre que conservo hasta 1981. Fue el decreto legislativo no 51-81 de diciembre de 1981, el que dio la denominación actual al ministerio de agricultura y alimentación.

Funciones del MAGA

Según la Ley del organismo ejecutivo (decreto 114-97), las funciones del –MAGA- son:

• Formular y ejecutar participativamente la política de desarrollo agropecuario, hidrobiológico y de uso sustentable de los recursos naturales renovables, todo ello de conformidad con la ley.

• Promover y velar por la aplicación de normas claras y estables en materia de las actividades agrícolas, pecuarias, hidrobiológicas, forestales y fitozoosanitarias, buscando la eficiencia y competitividad en los mercados y teniendo en cuenta la conservación y protección del medio ambiente.

• Definir la política de ordenamiento territorial y de utilización de las tierras nacionales y de reservas de la nación y promover la administración descentralizada en la ejecución de ésta política; deberá velar por la instauración y aplicación eficaz de un sistema de normas jurídicas que definan con claridad los derechos y responsabilidades vinculadas a la posesión, uso, usufructo y, en general, la utilización de dichos bienes, mientras permanezcan bajo el dominio del estado.

• Formular la política de servicios públicos agrícolas, pecuarios, hidrobiológicos, forestales y fitozoosanitarios y administrar descentralizadamente su ejecución.

• En coordinación con el ministerio de educación y la comisión nacional del medio ambiente, formular la política de educación agropecuaria y sobre medio ambiente, promoviendo la participación comunitaria.

• Promover en coordinación con las autoridades legalmente competentes, la política para el mejoramiento y modernización descentralizada del sistema guatemalteco de áreas protegidas; así como la formulación de políticas para el desarrollo y conservación del patrimonio natural del país.

• Diseñar, en coordinación con el ministerio de economía, las políticas de comercio exterior de productos agropecuarios, forestales e hidrobiológicos.

• Impulsar el desarrollo empresarial de las organizaciones agropecuarias, forestales e hidrobiológicas para fomentar el desarrollo productivo y competitivo del país.

• Desarrollar mecanismos que contribuyan a la seguridad alimentaria de la población y ampliar y fortalecer los mecanismos de disponibilidad y acceso a la información estratégica a productores, comercializadores y consumidores.

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