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Mapa Conceptual Del Amparo Adhesivo


Enviado por   •  22 de Junio de 2015  •  442 Palabras (2 Páginas)  •  898 Visitas

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AMPARO ADHESIVO

Aspectos de Procedencia:

Cuando el adherente trate de fortalecer las consideraciones vertidas en el fallo definitivo a fin de no quedar indefenso y cuando existan violaciones al procedimiento que pudiera afectar las defensas del adherente, transcendiendo al resultado del fallo.

Acto Reclamado:

Resolución que Ampara y Protege

• No hay un término para interponerlo;

• Solo se necesita que se haya resuelto un amparo para interponerlo; y

• Se cuenta con 15 días para interponerla y se empieza a contar un día después de la notificación.

Suspensión del Acto Reclamado:

Que no se ejecute o cause ejecutoria la sentencia de amparo. Art. 139 de la Ley de Amparo.

Objeto de la Suspensión:

• Que subsista el acto reclamado; y

• Para que pueda causar ejecutoria el amparo de adhesión debe ser 3 días después de interponerse.

El tercer interesado adherente, se puede ir a los medios de impugnación. Art. 2º de la Ley de Amparo.

Plazos y Términos en el Amparo Adhesivo:

Transcurridos los plazos de presentación y trámite, dentro de los tres días siguientes el presidente del tribunal del tribunal colegiado turnara el expediente al magistrado ponente que corresponda, a efecto de que formule el proyecto de resolución, dentro de los 90 días siguientes. El acto de turno se hace las veces citadas para la sentencia.

Audiencias Principales:

Las audiencias donde se discutan y resuelvan los asuntos de competencias de los tribunales colegiados de circuito serán públicas, salvo que exista disposición legal en contrario. La lista de los asuntos que deba verse en cada sesión se publicaran en los estrados del tribunal cuando menos tres días antes de la celebración de esta sin contar el de la publicación y el de la sesión.

Los asuntos se discuten en el orden en que se enlisten, salvo casos de excepción a juicio del órgano jurisdiccional. Si fueran aprobados se procederá a la firma del engrase dentro de los días siguientes. De no ser aprobado los asuntos, solo se podrán aplazar o retirar. En estos supuestos, se asentara a petición de quien y la causa que expuso.

Resolución:

La resolución se tomara por unanimidad o mayoría de votos, en este último caso, el magistrado que no esté conforme, con el sentido de la resolución deberá formar su voto particular dentro del plazo de 10 días siguientes de la firma del engroso, voto

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