ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Materia obligaciones. Atribución exigir obligaciones


Enviado por   •  12 de Mayo de 2018  •  Tarea  •  2.189 Palabras (9 Páginas)  •  140 Visitas

Página 1 de 9

Materia obligaciones

Definiciones:

  Nace todo tipo de relaciones jurídicas.

Imputación:

Atribución exigir obligaciones

Sujetos

Persona natural: todo individuo sin ninguna discriminación

Persona jurídica: es una ficción legal

Naturaleza: abstracción, no se individualiza por casa animal

Concebido: el ser humano no nacido, derecho integridad.

Atributos

Intransferible, incomerciable, irrenunciable, inembargable

Cosa

Todo sujeto dentro del derecho

Objeto del derecho

Yo es susceptible de apropiación puede ser necesario o útil

Clasificación

Corporales, no corporales, reales, personales

DEFINICIÓN OBLIGACIÓN

Vínculo entre dos sujetos, sujeto acreedor y deudor contienen cargas prestacionales (dar, hacer, no hacer)

Elementos obligación

Sujeto, objeto, vínculo Jurídico, obligación

Acreedor: exige obligación

Deudor: queda obligado a carga prestacional

Dar: entrega, objeto determinado de obligación es positiva solo es cumplida por deudor.

Hacer: comportamiento específico puede ser cumplida por el tercero a nombre de deudor teniendo un orden judicial a ejecutar,

NO HACER:

Se supone abstención comportamiento determinado (solo se pide indemnización)

Patrimonio: uso, goce, disposición

 Definición contemporánea obligación

Reconoce una relación jurídica compleja (pueden se varios acreedores y deudores)

Fuentes del derecho

- ley, contrato, cuasicontrato, delito, cuasidelito

LEY

Se debe hacer o dejar de hacer, coerción

CONTRATO /negocio Jurídico

Acto el cual una parte se obliga para dar hacer o no hacer y se obliga hacer cosa (acuerdo a voluntad)

 

CUASICONTRATO

Son hechos lícitos que generan consecuencias jurídicas dispuestas por ley.

-comunidad: modo especial de propiedad (horizontal)

-pago no debido: justa causa de enriquecimiento

-agenda oficiosa:

DELITO

Los delitos son de carácter civil es un hecho unilateral ilícito, que acarrea responsabilidad jurídica , que de lo realiza dolosamente .

Cuasidelito

Hecho ilícito doloso que causa prejuicio a un individuo

 Responsabilidad civil

Se responde al daño generado por otro cuando tengo la obligación de que otro no genere daño ej: responsabilidades hijos menores edad

Cuasi delincuencial: términos de diligencia y negligencia (mascotas)

NIVELES CULPA

Lata grave: cuidado del elemento

Leve: con diligencia debida

Levísima: máximo cuidado (excluye fuerza mayor)

TIPOS DE INCAPACIDAD

  1. Incapacidad absoluta
  1.  Dementes
  2. Impúberes
  3. Sordos
  1. Incapacidad relativa: no reconoce ausencia de voluntades
  1. Menores adultos
  2. Personas jurídicas
  3. Interdictos
  1. Incapacidad especial: prohibiciones dispuesto por la ley para activar ciertos actos jurídicos.
  1. Interés
  2. Discernimiento
  3. Intención
  4. Declaración

VICIOS DEL CONSENTIMINETO

  1. Error: de derecho o accidentan NO Vacía el consentimiento

TIPOS DE ERROR

  1. Error de derecho
  2. Error de hecho
  3. Error de hecho en la esencia
  4. Error de hecho en la sustancia
  5. Error de hecho accidental
  1. Fuerza: la fuerza es el más difícil de fundamentar porque es puramente subjetivo

DEBE DE CUMPLIR ESTOS REQUISITOS

  • Actual
  • Fuerza
  • Inminente
  1. Dolo: intención positiva de causar daño

REQUISITOS:

Requisitos de existencia: estos establecen que existe un contrato

  1. Tiene que haber partes
  2. Manifestación de la voluntad
  3. Objeto, la carga prestación
  4. Causa, motivación
  5. Negocio jurídico
  6. Solemne

Requisitos de validez: cada uno de estos da validez a los requisitos de existencia

  1. Capacidad legal para obrar
  2. Consentimiento libre de vicio
  3. Licito
  4. Formalidades determinadas por la ley
  5. Manifestación de la voluntad

CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIÓNES

PRIMERA CATEGORIA

  1. OBLIGACIONES NATURALES/ MERAMENTE NATURALES

Son aquellas que no son exigibles judicialmente carecen de exigibilidad.

  1. OBLIGACIONES CIVILES

 Son aquellas que pueden ser exigibles judicialmente en términos de la tutela judicial efectiva pueden ser exigidas. De las siguientes maneras: INTRINSICA, EXTRINCICA

 SEGUNDA CATEGORIA

OBLIGACIONES SIMPLES O PURAS, CONDICIONALES, MODALES A PLAZO

  1. SIMPLES: su configuración o exigibilidad no depende de un elemento distinto o externo a la sola carga prestacional por el cual su suspensión es válida y existe.
  2.  OBLIGACIONES CONDICIONALES: dependen de un hecho futuro incierto para configurarse.

TIPOS DE OBLIGACIONES

  • Obligación condicional suspensiva
  • Obligación condicional resolutoria
  • Obligación potestativa
  • Obligación causal
  • Obligación mixta
  1. OBLIGACIONES MODALES: cumulo de condiciones que organizadas de manera compleja determine un comportamiento especifico.  
  2. OBLIGACIONES A PLAZO: estas obligaciones dependen de un plazo termino y ese plazo es un hecho futuro cierto

CLASIFICACION DE LAS OBLIGACIONES A PLAZO

PRIMERA

  1. Plazo fatal
  2. Plazo no fatal

SEGUNDA: en función del sujeto que origina el plazo

  1. Plazo legal
  2. Plazo convencional y voluntario
  3. Plazo judicial

TERCERA CATEGORIA

  • Alternativas: que pueden ser cumplidas de diversas maneras, pero que cumpliendo una sola de ellas se cumple la obligación.
  • Facultativas: donde el único modo de cumplimiento, pero que faculta al deudor para que no pudiendo cumplir con la primera lo cumpla de un modo distinto.  

OBLIGACIONES SOLIDARIAS

  • obligación solidaria: toda obligación la asume el deudor en principio. Hay terceros que asumen la responsabilidad del deudor y el acreedor que puede seguir la carga
  • obligación subsidiaria: estas establecen un orden una prioridad para el cobro como es el caso de materia de alimentos. Se llama subsidiaria porque hay la obligación de obro al deudor principal.

OBLIGACIONES DIVISIBLES E INDIVISIBLES

  • obligación indivisible: no hay manera de separar la carga prestacional
  • obligación divisible: cargas prestacionales que recaen sobre dinero se vincula a los negocios de tracto sucesivo.

OBLIGACION CON CLAUSULA PENAL

Tiene la particularidad de que viene atadas a un acuerdo realizado por las partes que de algún modo sobre exige el cumplimiento de la obligación.

  • Principio de reciprocidad: garantiza la igualdad de las partes dentro del contrato.
  • Principio de proporcionalidad: siempre está vinculado a materia de sanción nunca se puede imponer una sanción desproporcional porque se vuelve injusta. Esta sanción debe ser proporcional.

EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES

  1. Efecto normativo: es al ley para las partes tiene el mismo efecto que las disposiciones legales.
  • Principio de la autonomía de la voluntad: reconoce el poder que tiene todo individuo par autorregular la voluntad.  Para esto es el LIMITE INTRINSICO Y LIMITE EXTRINSICO.
  1. Ejecución de buena fe: es un principio que sirve de pilar para la configuración de todo el derecho civil el famoso principio de BONAS FIDES
  2. Responsabilidad civil: toda obligación acarrea un efecto de responsabilidad si no cumples algo te tiene que pasar dentro de la responsabilidad civil existe la responsabilidad:
  1. Contractual: que se reduce al ámbito del incumplimiento de los contratos si uno asume la obligación en un negoció jurídico y no cumple es un responsable contractualmente hablando y esta se sanciona a través de la indemnización de perjuicios.
  • Constitución de mora: estado de incumplimiento obligacional
  • Casos de constitución de mora:
  1. Excepcione
  2. Por requerimiento o reconvención por el requerimiento notarial
  3. Una vez constituido en mora  se  debe pedir que te liberen del cumplimiento de tus obligaciones.  Indemnización de perjuicios
  • Daño directo  emergente
  • Daño indirecto lucro cesante
  1. Extracontractual: es la responsabilidad por hechos que provocan daños a un tercero que implica un contrato

Contrato

  • Delito
  • Dolo
  • Cuasidelito

Culpa grave

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (14 Kb) pdf (171 Kb) docx (22 Kb)
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com