Memorando gestion predial
Enviado por danielr3001 • 17 de Julio de 2017 • Informe • 437 Palabras (2 Páginas) • 80 Visitas
FECHA: 13 de julio de 2017
DE:
Abogado – Abogado Gestión Predial
PARA:
Director de Interventoría
ASUNTO: Respuesta a comunicación-2017-00000011, Radicado interno GC011. Revisión y concepto de un expediente predial del Tramo 5. Adjunto Expediente en formato digital.
Respetado Ingeniero
Como conclusión de la revisión del expediente del Tramo 5 radicado en formato físico y digital en la comunicación SAL-2017-0000001731, Radicado interno CGC010681, me permito presentar el siguiente concepto:
EXPEDIENTE BENEFICIARIO OBSERVACIÓN
DVS-TC-444 MARÍA ROMERO
No existen observaciones de orden jurídico que impidan la cancelación del saldo final por la adquisición del predio a favor del Departamento de Cundinamarca. Actuando dentro del término concedido por la Ley 1755 de 2015 artículo 1º, en especial en la parte determinada para el Derecho de Petición de Información, es decir, concediendo un término de quince (15) días hábiles para tal contestación, con el debido respeto se da respuesta completa, de fondo y definitiva a su petición presentada el trece (13) de julio de dos mil diecisiete (2017) radicada mediante documento electrónico – correo electrónico desde el correo
Radica su petición en la siguiente afirmación:
“De manera cordial solicito se reliquide mis prestaciones sociales de los años 2013 y 2014 ya que no se tuvo en cuenta para calcular las prestaciones sociales el auxilio de transporte adicional con el Cógido P609”
A la solicitud en especial, es preciso entrar a analizar varios aspectos de índole jurídica y fáctica que aclararán la procedencia o no del derecho que invoca el peticionario.
3. Que en vista a que tanto la cesión del contrato como su actual ejecución se hicieron con el pleno cumplimiento de la obligaciones contractuales pactadas en el contrato suscrito el cinco (5) de mayo, LAS PARTES manifiestan que es su voluntad continuar dándole cumplimiento a la ejecución del contrato en mención y reconocen el tiempo entre la fecha de terminación del contrato inicial hasta la firma del presente otrosí y su vigencia final, como parte integral de la ejecución total del contrato, sin que se haya alterado ninguna de sus obligaciones por las partes ni la voluntad de continuar ejecutando su objeto.
4. Que Actualmente, se hace necesaria la adición en tiempo para terminar las entregas finales de los compromisos contractuales adquiridos, sin que ello conlleve adición en recursos ni responsabilidad por incumplimiento para ninguna de las partes.
Para efecto de lo anterior, las partes han acordado las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA.- PLAZO- El contrato se prorroga hasta el día treinta (30) de agosto de dos mil diecisiete (2017) para permitir
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