Metodos Y Procedimientos Para Determinar La Elusion Como Delito Tributario
Enviado por 27071992 • 7 de Mayo de 2014 • 985 Palabras (4 Páginas) • 406 Visitas
PLAN DE TESIS
“METODOS Y PROCEDIMIENTOS PARA CONSIDERAR LA ELUSION TRIBUTARIA COMO DELITO TRIBUTARIO DENTRO DE LA SUNAT JUNIN”
CAPITULO I
I. ANTESCEDENTES DEL PROBLEMA
Se consultó publicaciones de la Revista Tributemos de SUNAT; blogs de analistas tributarios de SUNAT, para ser precisos el Blog de Arturo Prado; jefe de la oficina Zonal de SUNAT – Chimbote, observando que hace mucho encapie a la tributación actual como un espejismo tributario.
Se consultó la página del Instituto de Administración Tributaria y Aduanas – IATA- encontrando el trabajo titulado "Comportamientos Éticos y Mecanismos de lucha contra la corrupción", así como un foro virtual que trata sobre los Ilícitos tributarios.
Se consultó la página del Instituto ESAN, el blog del Abogado Tributarista Marco Chávez Gonzales; encontrando el análisis “Planificación Fiscal o Elusión Ilícita en el Caso Apple”.
Se consultó en internet sobre libro titulado "Impuesto a la Renta Oculta" de Jorge J. Quiroz Berrocal, auditor de la Intendencia Regional Lima; el cual también trata el tema de elusión tributaria.
También se consultó la página de SUNAT, el enlace orientación al contribuyente, donde se encontró información sobre las causas de la elusión y evasión tributaria.
II. FORMULACION DEL PROBLEMA
La SUNAT (Superintendencia Nacional de Administración Tributaria) en su labor fiscalizadora con el fin de recaudar impuestos utiliza programas de fiscalización, los cuales definen los alcances de las intervenciones de acuerdo al tipo de contribuyente y los antecedentes de su comportamiento tributario pudiendo encontrar casos de evasión, elusión y delito tributario los cuales terminan en reparos, contando con las evidencias de los hechos, los cuales deben estar plenamente respaldados por las normas tributarias. Si bien es cierto uno de los comportamientos anti tributarios más frecuentes y difíciles de reconocer es el de la Elusión Tributaria; puesto que en el caso de la elusión Tributaria, la hipótesis de incidencia tributaria no se produce ya que se fuerza la figura, cada vez que el contribuyente, entre dos o más alternativas legales, elige la que produce un menor costo impositivo renunciando a los efectos civiles y comerciales de la otra alternativa generando una ocultación de la realización del hecho imponible (simulación) o inaplicación de la norma tributaria prevista expresamente para el fin que se desea obtener (fraude de ley), mediante engaño a la autoridad tributaria. Este comportamiento debería de estar comprendido dentro de los delitos Tributarios, delito que puede muy bien ser plasmado primero en el terreno de la evasión tributaria y luego seguir los procedimientos establecidos en los lineamientos y las normas tributarias, pero ocurre que sí en los casos de evasión tributaria existen vallas para ser considerados siquiera como caso con presunción de delito, en el caso de la elusión tributaria existe todo un mecanismo mayor de impedimento, puesto que no tiene abiertamente el amparo legal que si lo tiene la evasión tributaria.
Existen posiciones divergentes sobre clasificar a la elusión en lícita o ilícita, el Decreto Legislativo Nro. 1121 que incorpora la Norma XVI del Código Tributario peruano han optado por calificar a la elusión como una conducta ilícita, otorgando a la Administración facultades para combatirla, por ende el legislador ha decidido que la elusión no es sinónimo de Planificación Tributaria o Economía de Opción. La planificación tributaria
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