Miembros del Comité Convivencia laboral Institucional .
Enviado por Anyela43904104 • 5 de Febrero de 2016 • Trabajo • 2.988 Palabras (12 Páginas) • 276 Visitas
TABLA DE CONTENIDO
1. Definición del Comité de Convivencia Laboral
2. Marco Legal
3. Conceptos Básicos
3.1. Acoso Laboral:
3.2. Maltrato Laboral:
3.3. Persecución Laboral:
3.4. Discriminación Laboral
3.5. Entorpecimiento Laboral:
4. Objetivo del Comité de Convivencia Laboral
5. Conformación del Comité de Convivencia laboral
5.1. Miembros del Comité Convivencia laboral Institucional
5.2. Inhabilidades
5.3. Causales de retiro
6. Funcionamiento del Comité Convivencia Laboral
6.1. Funciones de los Integrantes del Comité de Convivencia Laboral
7. Funciones del Comité Convivencia Laboral
7.1. Funciones Preventivas: El comité de Convivencia laboral de Passus IPS Taller Psicomotriz, tendrá las funciones:
8. Metodología de las sesiones del Comité Convivencia Laboral
8.1. Clasificación de las sesiones:
8.2. Validez de las sesiones
8.3. Decisiones del Comité
8.4. Actas del Comité
9. Anexo (Formato para interponer quejas por acoso laboral o presentar sugerencias ante el Comité de Convivencia Laboral Passus IPS Taller Psicomotriz
- Definición del Comité de Convivencia Laboral
El Comité de Convivencia Laboral es un grupo, conformado por representantes del empleador y de los trabajadores, que busca prevenir el acoso laboral contribuyendo a proteger a los empleados contra los riesgos psicosociales que afectan la salud en los lugares de trabajo.
Los integrantes del Comité preferiblemente deben contar con competencias actitudinales y comportamentales, tales como respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de información y ética; así mismo, habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos.
- Marco Legal
- Ley 1010 de 2006: Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo.
- Resolución 652 de 2012 : Se establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral para empleadores públicos y privados, a los servidores públicos, a los trabajadores dependientes y a las administradoras de riesgos profesionales en lo de su competencia.
- Resolución 1356 de 2012: Por el cual se modifica parcialmente la Resolución 652 de 2012 y se amplía el plazo para la conformación del Comité de Convivencia Laboral.
- Conceptos Básicos
- Acoso Laboral:
Toda conducta persistente y demostrable ejercida sobre el empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo.
- Maltrato Laboral:
Todo acto de violencia contra la integridad física o moral, la libertad física o sexual y los bienes de quien se desempeñe como empleado o trabajador; toda expresión verbal injuriosa o ultrajante que lesione la integridad moral o los derechos a la intimidad y al buen nombre de quienes participen en una relación de trabajo de tipo laboral o todo comportamiento tendiente a menoscabar la autoestima y la dignidad de quien participe en una relación de trabajo de tipo laboral.
- Persecución Laboral:
Toda conducta cuyas características de reiteración o evidente arbitrariedad permitan inferir el propósito de inducir la renuncia del empleado o trabajador, mediante la descalificación, la carga excesiva de trabajo y cambios permanentes de horario que puedan producir desmotivación
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