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Modelo Constitucional


Enviado por   •  19 de Enero de 2014  •  573 Palabras (3 Páginas)  •  215 Visitas

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El modelo actual de Seguridad Social

El modelo de Seguridad Social que la Constitución diseña va a ser más ambicioso que el modelo vigente hasta ese momento y exigirá adecuar el sistema a las previsiones constitucionales, ya que las normas ordinarias preconstitucionales en materia de Seguridad Social son insuficientes para dar cumplimiento al modelo exigido por la Constitución.

Ésta utiliza la expresión "Seguridad Social" en cuatro preceptos dispersos, si bien el más importante, como hemos apuntado, es el artículo 41. El segundo precepto de interés es el artículo 149.1.17 que incluye la legislación básica y el régimen económico de la Seguridad Social entre las materias sobre las que el Estado tiene competencia exclusiva, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas.

A la luz del tercer precepto contemplado, que es el artículo 129.1, esa legislación que corresponde al Estado debe establecer las formas de participación de los interesados en la Seguridad Social.

Una cuarta y última referencia a la Seguridad Social se contiene en el artículo 25.2 cuando, al referirse a los derechos del condenado a pena de prisión, declara que "en todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social".

Pero la contemplación de las líneas maestras de la Seguridad Social trazadas por la Constitución no se reduce a los cuatro artículos aludidos, en que tal expresión se utiliza. Hay que mencionar también otros artículos: la protección económica de la familia (artículo 39); la protección de la salud (artículo 43); el tratamiento y rehabilitación de los disminuidos físicos (artículo 49) y la suficiencia económica de los ciudadanos durante la tercera edad, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas (artículo 50). Aspectos todos ellos considerados

internacionalmente como vertientes de la Seguridad Social.

El mandato constitucional, recogido como uno de los principios rectores de la política social y económica, se ha cumplido mediante la promulgación de la Ley de prestaciones no contributivas, y así ha quedado finalmente configurado el sistema de protección de la Seguridad Social a través de dos modalidades o niveles: una modalidad contributiva y una modalidad no contributiva.

El artículo 41. de la Constitución española al referirse a la Seguridad Social establece que los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.

De este modo, en la actualidad, la acción protectora del sistema de Seguridad Social español se articula partiendo de un módulo de protección integral y universalizada que comprende la

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