Modelo De No Formalizacion De Investigacion Preparatoria
Enviado por juan2023 • 19 de Octubre de 2013 • 1.752 Palabras (8 Páginas) • 1.328 Visitas
CASO N° 503-2012-1677
DISPOSICIÓN N° 01-2012-3FPPC-AR
Arequipa, dos mil doce
Diciembre , once.-
DADO CUENTA: La investigación preliminar seguida en contra de Elvis Ángelo Ormeño Mancilla por el presunto delito de Hurto en agravio de Sebastian Saona Martínez ; ATENDIENDO a que:
PRIMERO: El artículo 336, inciso 1 del Código Procesal Penal establece: Se dispondrá la formalización y la continuación de la Investigación Preparatoria si de la denuncia, del Informe Policial o de las Diligencias Preliminares que realizó aparecen indicios reveladores de la existencia de un delito, que la acción penal no ha prescrito, que se ha individualizado al imputado, y que, si fuera el caso, se han satisfecho los requisitos de procedibilidad. Contrario sensu, de no cumplirse con dichos requisitos no procede formalizarse y continuarse con la investigación preparatoria.
SEGUNDO: La denuncia penal se basa en los siguientes hechos:
El 12 de abril del presente, a horas 8:00 aproximadamente. en circunstancias que el menor de nombre Sebastian Saona Martinez (16) se encontraba en una combi de servicio público en compañía de su amigo Emmanuel Sotil Miranda , ambos dirigiéndose a su centro de estudios y cuando se encontraba a la altura del puente San Martin se percato que le habían sustraído su celular “Motorola” , al parar el bus se percato de la presencia de dos sujetos que se disponían a bajar del bus , es entonces que le pregunta a uno de los mencionados por su celular, a lo cual Jose Augusto Rey Chávez responde que no lo tenía , a lo que el menor comenzó a seguirlo , es asi que solicitando el apoyo del personal de serenazgo logran intervenir a este sujeto que se encontraba en compañía de otro que fue identificado como Elvis Angelo Ormeño Mancilla, siendo este ultimo el que entrego el celular al efectivo de serenazgo.
Es asi que ambos sujetos fueron conducidos a la comisaria pnp de yanahuara para las investigaciones del caso en donde el efectivo del serenazgo identificado como Jesus Junior Idme entrego el celular de marca “Motorola” modelo xt-316 de valor de 259 soles.
En la referida comisaria es que Elvis Angelo Ormeño Mancilla reconoce haber sustraído el celular de la polera del menor, no sin antes aclarar que negó cualquier tipo de relación de amistad o enemistad con Sebastian Saona Martinez al cual dijo no conocer.
TERCERO: Durante la investigación preliminar se han llevado a cabo los siguientes actos de investigación:
1. Declaración de Jesus Junior Idme Acuña (folio 06) quien señala que el 12 de abril del 2012 venía desempeñando sus funciones de serenazgo , cuando de pronto un joven le pidió ayuda refiriendo que le habían sustraído su celular cuando viajaba en una combi, señalándole a dos sujetos que se dirigían con dirección a yanahuara , motivo por el cual se procedió a intervenirlos diciéndoles que se queden ahí , a lo que uno de los sujetos mete su mano al bolsillo, saca el celular y lo devuelve a dicho efectivo ante esa situación es que se traslada a ambos individuos a la comisaría de yanahuara.
2. Declaracion de Sebastia Saona Martinez (folio 07) quien refiere que el dia 12 de abril del 2012, a horas 7.15 aproximadamente en circunstancias en que se trasladaba a su colegio en compañía de su amigo Emmanuel Sotil Miranda , cuando se encontraban a la altura del puente San Martin Umacollo donde el carro paro es que se percata de que no tenia su celular a lo que mirando a dos sujetos sospechos que se bajaban del medio de transporte le pregunta a uno de ellos sobre su celular recibiendo una respuesta negativa por tal motivo se dispuso a seguirlos , afortunadamente su amigo se percato de la presencia de una móvil de serenazgo a lo que solicito ayuda , es entonces que el personal de serenazgo los interviene y vuelve a preguntar sobre su celular a lo que uno de los individuos respondió que no lo tenía , pero a la vez se percata que su acompañante lo tenia en su bolsillo es asi que el personal de serenazgo conduce a ambos a la comisaria de yanahuara.
3. Declaracion de Sotil Miranda Emanuel (folio 09) en la presente refiere que el dia 12 de abril del 2012 a horas 7:40 aproximadamente en circunstancias en las que se encontraba a bordo del vehiculo de transporte urbano traslandose a su centro educativo y en compañoa de su amigo Sebastia Saona Marroquin , vio que una persona de sexo masculino que se encontraba vestido con una polera de color plomo se puso en medio de el y de su amigo , y otra persona de sexo masculino que se encontraba vesitido con una polera negra se acerco a su amigo metiéndole la mano al bolsillo de su polera, es asi que en momentos que bajaron del vehiculo su amigo le refirió que no tenia su celular por tal motivo encararon al sujeto de polera negra para que devuelva el referido celular , pero recibiendo una respuesta negativa es que solicitan la ayuda del personal de serenazgo los mismos que pudieron detener a los sospechosos.
4. Declaracion de Rey Chavez Jose Augusto (folio 10) quien indico que el
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