Modelo Político Ejemplo Que Bolívar Tomo Para Crear El Poder Moral Y Poder Judicial ¿Cómo Se Elige El Presidente En Brasil Y En Colombia?
Enviado por Jorge • 30 de Septiembre de 2011 • 1.028 Palabras (5 Páginas) • 1.780 Visitas
¿Cómo se elige el presidente en Brasil y en Colombia?
Brasil. El presidente de la República es el jefe del Poder Ejecutivo.
El presidente es electo junto con el vicepresidente para un mandato de cuatro años, con una única posibilidad de reconducción, iniciando el primero de enero del año siguiente al de la elección.
El presidente no depende de la confianza del Legislativo para permanecer en el cargo.
Requisitos Para Postular A La Presidencia:
Solamente brasileños natos y con edad mínima de 35 años.
Además, necesitan ser elegidos, democráticamente, por medio de elecciones directas, consiguiendo la mayoría absoluta de los votos.
Las elecciones son directas y realizadas simultáneamente en todo el país el primer domingo de octubre del año anterior al término del mandato.
Sistema De Elección Presidencial:
El sistema de elección presidencial se basa en el principio de mayoría absoluta. Si ningún candidato obtiene tal mayoría en una primera votación, entonces se procede a realizar una segunda votación. En la "segunda vuelta contenderán únicamente aquellos dos candidatos que hubiesen obtenido más votos en la "primera vuelta", y se entenderá que gana aquél que obtenga la mayoría de los votos válidos.
La lógica de la elección a dos vueltas obedece a la supuesta idea de procurar que el presidente ocupe el cargo con un amplio apoyo del electorado, que le otorgue la fuerza suficiente para llevar a cabo su programa de gobierno.
Colombia. El artículo 190 de la Constitución marca los requisitos necesarios para tener la consideración de elegible como presidente. Un candidato presidencial debe: Ser colombiano por nacimiento, ser ciudadano en ejercicio, ser mayor de treinta años. Respecto a la nacionalidad cabe aclarar que es solo para los nacionales por nacimiento, este derecho no está establecido para los colombianos por adopción. Conforme al acto legislativo del 2 de diciembre de 2004 con el cual se reformo el artículo 197 de la constitución, nadie puede ser elegido presidente más de dos veces. Quienes hayan ocupado el cargo anteriormente podrán ser elegidos para un periodo.
La constitución contempla unas inhabilidades para las personas que quieran ejercer el cargo no podrá ser elegido presidente de la república el ciudadano que un año antes de la elección haya ejercido cualquiera de los siguientes cargos: Ministro, Director de Departamento Administrativo, Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Magistrado de la Corte Constitucional, Magistrado del Consejo de Estado, Magistrado del Consejo Superior de la Judicatura, Magistrado del Consejo Nacional Electoral, Procurador General de la Nación, Defensor del Pueblo, Contralor General de la República, Fiscal General de la Nación, Registrador Nacional del Estado Civil, Comandantes de las Fuerzas Militares, Director General de la Policía, Gobernador de Departamento o Alcaldes.
Además el artículo 179 de la constitución tiene las siguientes inhabilidades:
Quienes hayan sido condenados en cualquier época por sentencia judicial, a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos.
Quienes hayan perdido la investidura de congresista.
Quienes tengan doble nacionalidad, exceptuando los colombianos por nacimiento.
El presidente es elegido mediante Sufragio directo por el 50% de los votos más 1, en el caso que ninguno
...