ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Modernidad Y Modelo Civilizatorio Y Vision Del Mundo


Enviado por   •  14 de Octubre de 2011  •  5.660 Palabras (23 Páginas)  •  1.172 Visitas

Página 1 de 23

La Ética y la Función Pública:

DEFINICIONES

Javier Henao Hadrón[1](Ex magistrado Corte Constitucional): Considera que la Función Pública es un empleo definido como el conjunto de funciones señaladas por la Constitución, la Ley o el reglamento, que deben ser desempeñadas por una persona natural para atender necesidades permanentes de la administración pública.

Comité Jurídico Interamericano Determina que "Función pública" es toda actividad temporal o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona natural en nombre del Estado o al servicio del Estado, o de sus entidades, en cualquiera de sus niveles jerárquicos.

Diccionario De Osario las funciones «el ejercicio de un órgano o la actividad de un aparato» Son públicas cuando giran en tomo a la actividad propia del Estado.

García Trevijano Fos "aun aceptando un criterio pluralista, tanto social como jurídico, hemos de considerar que tales funciones forman parte de la esencia estatal y únicamente el cuerpo soberano, es decir, el Estado, las asume y las ejercita directamente"

Rodríguez Libardo: La función pública se entiende corno el conjunto de "relaciones laborales entre el Estado y sus servidores

Comparando las anteriores definiciones y consultando otras legislaciones, todas están coinciden en afirmar que la función pública es la actividad realizada en cabeza de personas naturales en nombre del Estado cuyo fin esta encaminado al logro de los fines esenciales del Estado.

De igual manera la Función pública está sometida a un Régimen con el cual se garantiza la igualdad, la eficiencia, los servicios que brinda el Estado y por ende la práctica de los principios fundamentales en que se basa dicha actividad.

NATURALEZA JURIDICA DE LA FUNCION PÚBLICA:

Existen varias teorías al respecto de la naturaleza jurídica de la función pública; haciendo el análisis respectivo podemos agruparlas en dos grandes corrientes: Una civilista y otra publicista.

1.3.1. Teoría Civilista[6]Las teorías civilistas encajan en mencionar que la Función pública es una relación de derecho civil, por cuanto la misma exige capacidad, consentimiento entre las partes y existen prestaciones recíprocas, pues el empleado proporciona sus servicios y a cambio recibe del Estado la correspondiente remuneración.

1.3.2. Crítica a la Teoría Civilista: Esta teoría realmente no ha sido aceptada y es objeto de puntuales críticas, por las siguientes razones:

a) En todas las relaciones del Estado interviene el Régimen de Derecho Público

b) La actividad de los empleados públicos se desarrolla en los diferentes campos que competen al Estado

c) Por ser una actividad atribuible al Estado, el interés del empleado no tiene importancia jurídica por cuanto no debe obstruir el interés general

d) Las normas por las cuales se rige la relación son de derecho público, dado que la actividad es pública, es decir; se realiza en virtud del interés general.

1.3.3. Teoría Publicista: Contraria a la teoría civilista, la doctrina coincide en afirmar que la función pública atañe al derecho público por ser el Estado quien ejerce la potestad de vincular personas naturales o jurídicas al mismo para que ejerzan las funciones atribuibles al Estado y con ello pueda alcanzar sus fines.

De igual forma el maestro Libardo Rodríguez afirma que la relación entre el Estado y sus servidores se fundamenta en una nueva rama del derecho denominada Derecho Administrativo laboral, dado que esta sometida a unas normas y principios especiales, mientras que el régimen aplicable a las relaciones entre particulares es de derecho laboral común.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY SOBRE EL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

El Estado debe dar respuestas, adecuadas y oportunas, a la multiplicidad de demandas provenientes de un ambiente caracterizado por la complejidad y el cambio acelerado, lo que requiere de un aparato administrativo ágil y flexible, que responda a tales exigencias. Quizás uno de los problemas más importantes para la ejecución eficaz y eficiente de las funciones del Estado, es la inadecuación entre esa necesidad y la existencia de un aparato administrativo lento, engorroso, más orientado al cumplimiento de los procedimientos que hacia el logro de resultados. Lo que exige una transformación de la Administración Pública para adecuarla a tales necesidades.

Este proceso de cambio en los aparatos administrativos, que podemos resumir como de desburocratización, requiere de una estructura jurídica que establezca los mecanismos institucionales y las modalidades de gestión que conduzca a tales fines.

La Constitución recoge este requerimiento funcional, cuando establece que:

La Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y el derecho;Debe hacerse el Estatuto de la función pública, para que norme sobre el ingreso, ascenso, traslado, suspensión y retiro de los funcionarios de la Administración Pública;

Los funcionarios públicos deben estar al servicio del Estado y no de parcialidad alguna; El ingreso de los funcionarios públicos a los cargos de carrera sólo se hará mediante concurso público, fundamentado en principios de honestidad, idoneidad y eficacia; El ascenso estará basado en el sistema de méritos, esto es, en la trayectoria, los conocimientos y destrezas demostrados por el funcionario;

El traslado, suspensión o retiro se hará de acuerdo con su desempeño.

La Ley de Carrera Administrativa, no satisface esos requerimientos, en ella se pretendía regular los derechos y deberes de los funcionarios públicos, mediante el establecimiento de un sistema de administración de personal estructurado técnicamente sobre la base de méritos. Pero factores como: el clientelismo; la falta de voluntad política para desarrollar un cuerpo de funcionarios al servicio del Estado y no de intereses particulares, sean éstos partidistas, sindicales, burocráticos o tecnocrático; la desviación del legítimo ejercicio de la Administración Pública y las limitaciones del propio instrumento jurídico, no lo hicieron posible.

En su conjunto, el sistema de la función pública de la Ley de Carrera Administrativa fue mixto, integrado por un sistema de administración de personal, propio de los sistemas abiertos de empleo público y por un estatuto de derechos, propio de los sistemas

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (37 Kb)
Leer 22 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com