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Monotributo


Enviado por   •  31 de Julio de 2012  •  594 Palabras (3 Páginas)  •  1.308 Visitas

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1. ¿Qué es el monotributo?

Es un régimen opcional y simplificado para pequeños contribuyentes.

Consiste en un tributo integrado de cuota fija.

2. ¿Qué se debe poseer para ser monotributista?

Para ser monotributista es necesario:

* estar inscripto ante la AFIP, es decir contar con la Clave Unica de Identificacion Tributaria (C.U.I.T) y haber efectuado la declaración del domicilio fiscal.

*Contar con “Clave Fiscal”, con nivel de seguridad 2 -como mínimo- y el servicio “Registro

Tributario” incorporado.

*Haber declarado la/s actividad/es económica/s que realiza.

3. ¿Cómo esta compuesto el monotributo?

El monotributo tiene 2 componentes:

*Impuesto integrado, establecido por categorías determinadas sobre la base de:

Ingresos brutos obtenidos según facturación,

Superficie afectada a la actividad, y

Energía eléctrica consumida

*Cotización previsional fija, que son los aportes de jubilación y de obra social.

4. ¿Dónde se realizan los tramites de solicitud de C.U.I.T?

El trámite de solicitud de C.U.I.T se realiza en la dependencia AFIP-DGI correspondiente a la ubicación del domicilio fiscal/comercial.

5. ¿Qué se tiene en cuenta para estar en una categoría?

Para estar en una categoría se deben tener en cuenta : los ingresos brutos anuales, la superficie del lugar en donde desarrollan la actividad y el consumo de energía eléctrica.

7. ¿Cuál es la fecha de vencimiento del pago vigente?

El vencimiento del pago vigente será hasta el día 7 del correspondiente mes.

8. ¿Cuáles son las formas de pago?

Se puede pagar:

• En efectivo o con cheque en cualquier entidad bancaria habilitada,

inclusive en Pago Fácil, Rapipago y Bapro Pago.

• Cajeros automáticos habilitados.

• Homebanking.

• Vía telefónica: Tarjetas de Crédito Cabal, Visa, Mastercard.

• Débito automático con tarjeta de crédito y débito directo en cuentas

bancarias.

• Volante electrónico de pagos (VEP)

9. ¿En qué consiste la re categorización ?

Al finalizar cada cuatrimestre calendario se deben calcular los ingresos

acumulados y la energía eléctrica consumida en los doce meses inmediatos

anteriores, así como también la superficie afectada a la actividad en ese

momento.

Cuando dichos parámetros superen o sean inferiores a los límites de la

categoría en la que se encuentra el monotributista, deberá re categorizarse.

Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y por lo

tanto no deberá hacerse ningún trámite.

10. ¿Qué periodos abarca la re categorización?

La re categorización abarca los periodos de los meses de

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