Monotributo
Enviado por Natalia1108 • 31 de Julio de 2012 • 594 Palabras (3 Páginas) • 1.308 Visitas
1. ¿Qué es el monotributo?
Es un régimen opcional y simplificado para pequeños contribuyentes.
Consiste en un tributo integrado de cuota fija.
2. ¿Qué se debe poseer para ser monotributista?
Para ser monotributista es necesario:
* estar inscripto ante la AFIP, es decir contar con la Clave Unica de Identificacion Tributaria (C.U.I.T) y haber efectuado la declaración del domicilio fiscal.
*Contar con “Clave Fiscal”, con nivel de seguridad 2 -como mínimo- y el servicio “Registro
Tributario” incorporado.
*Haber declarado la/s actividad/es económica/s que realiza.
3. ¿Cómo esta compuesto el monotributo?
El monotributo tiene 2 componentes:
*Impuesto integrado, establecido por categorías determinadas sobre la base de:
Ingresos brutos obtenidos según facturación,
Superficie afectada a la actividad, y
Energía eléctrica consumida
*Cotización previsional fija, que son los aportes de jubilación y de obra social.
4. ¿Dónde se realizan los tramites de solicitud de C.U.I.T?
El trámite de solicitud de C.U.I.T se realiza en la dependencia AFIP-DGI correspondiente a la ubicación del domicilio fiscal/comercial.
5. ¿Qué se tiene en cuenta para estar en una categoría?
Para estar en una categoría se deben tener en cuenta : los ingresos brutos anuales, la superficie del lugar en donde desarrollan la actividad y el consumo de energía eléctrica.
7. ¿Cuál es la fecha de vencimiento del pago vigente?
El vencimiento del pago vigente será hasta el día 7 del correspondiente mes.
8. ¿Cuáles son las formas de pago?
Se puede pagar:
• En efectivo o con cheque en cualquier entidad bancaria habilitada,
inclusive en Pago Fácil, Rapipago y Bapro Pago.
• Cajeros automáticos habilitados.
• Homebanking.
• Vía telefónica: Tarjetas de Crédito Cabal, Visa, Mastercard.
• Débito automático con tarjeta de crédito y débito directo en cuentas
bancarias.
• Volante electrónico de pagos (VEP)
9. ¿En qué consiste la re categorización ?
Al finalizar cada cuatrimestre calendario se deben calcular los ingresos
acumulados y la energía eléctrica consumida en los doce meses inmediatos
anteriores, así como también la superficie afectada a la actividad en ese
momento.
Cuando dichos parámetros superen o sean inferiores a los límites de la
categoría en la que se encuentra el monotributista, deberá re categorizarse.
Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y por lo
tanto no deberá hacerse ningún trámite.
10. ¿Qué periodos abarca la re categorización?
La re categorización abarca los periodos de los meses de
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