NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA EQUINOCOCOSIS QUÍSTICA
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NTS N° -MINSA/DGSP-V.01
NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA EQUINOCOCOSIS QUÍSTICA
I. FINALIDAD
La presente Norma Técnica de Salud tiene como finalidad contribuir a la vigilancia, prevención y control de la Equinococosis quística asegurando la atención integral de la persona, familia, la comunidad en riesgo de contraerla orientando el control en los hospederos intermediarios y en el definitivo del Equinococcus granulosus.
II. OBJETIVOS
2.1 OBJETIVO GENERAL
Establecer los criterios técnicos para la atención integral de la Equinococosis quística.
2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
2.2.1 Establecer los criterios técnicos para una adecuada atención de las personas afectadas por la Equinococosis quística.
2.2.2 Establecer los criterios técnicos para el diagnóstico por imágenes y de laboratorio para descartar equinococosis quística.
2.2.3 Establecer lineamientos generales para la vigilancia epidemiológica de la equinococosis quística.
2.2.4 Establecer las técnicas de laboratorio para el diagnóstico en la población canina.
2.2.5 Establecer los criterios técnicos para el control de la equinococosis en la población canina y protección ambiental.
2.2.6 Establecer las estrategias de intervención en promoción y comunicación en salud frente al riesgo de adquirir Equinococosis quística.
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III. ÁMBITO DE APLICACIÓN
La presente Norma Técnica de Salud es de aplicación obligatoria en todos los establecimientos del Sector Salud a nivel nacional (del Ministerio de Salud, de EsSalud, de la Sanidad de las Fuerzas Armadas, de la Policía Nacional del Perú, de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Clínicas y otros del Subsector Privado), según corresponda.
IV. BASE LEGAL
• Ley N° 26842 - Ley General de Salud.
• Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos sólidos
• Ley Nº 27596 - Ley que regula el Régimen Jurídico de Canes.
• Ley N° 27657 - Ley del Ministerio de Salud.
• Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización.
• Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.
• Decreto Legislativo Nº 1062 – Ley de Inocuidad de los Alimentos
• Decreto Supremo Nº 22-95-AG, que aprobó el Reglamento Tecnológico de Carnes.
• Decreto Supremo Nº 007-98-SA, que aprobó el Reglamento Sanitario sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas.
• Decreto Supremo Nº 006-2002-SA, que aprobó el Reglamento de la Ley que regula el Régimen Jurídico de Canes.
• Decreto Supremo N° 023 - 2005-SA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud.
• Resolución Ministerial N° 729 - 2003-SA/DM, que aprobó el documento: “La Salud Integral: Compromiso de Todos - El Modelo de Atención Integral de Salud”.
• Resolución Ministerial N° 751 - 2004/MINSA, que aprobó la Norma Técnica N° 018- MINSA/DGSP/V.01 denominada ”Norma Técnica del Sistema de Referencia y Contrarreferencia de los Establecimientos del Ministerio de Salud”.
• Resolución Ministerial N° 769 - 2004/MINSA, que aprobó la Norma Técnica N° 021 – MINSA/DGSP/V.01 denominada ”Categorías de Establecimientos del Sector Salud”.
• Resolución Ministerial N° 1069 - 2004/MINSA, que aprobó el documento técnico denominado “Servicios Incluidos en la Provisión Básica de Salud”.
• Resolución Ministerial N° 826 - 2005/MINSA, que aprobó el documento “Normas para la elaboración de documentos Normativos del Ministerio de Salud”.
• Resolución Ministerial Nº 414-2005-MINSA, que aprobó el “Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales”.
• Resolución Ministerial Nº 1753-2002-SA/DM, que aprueba la Directiva del Sistema Integrado de Suministro de Medicamentos e Insumos Médico-Quirúrgicos – SISMED
• Resolución Ministerial Nº 367-2005/MINSA, que modifica la Directiva del Sistema Integrado de Suministro de Medicamentos e Insumos Médico-Quirúrgicos – SISMED
• Resolución Ministerial Nº 111-2005/MINSA que aprobó los “Lineamientos de Política de Promoción de la Salud”.
• Resolución Ministerial Nº 480-2008/MINSA que aprueba la “Norma Técnica de Salud que establece el Listado de Enfermedades Profesionales”.
• Resolución Ministerial Nº 526-2011/MINSA que aprueba la “Norma para la Elaboración de Documentos Normativos del Ministerio de Salud”.
V. DIPOSICIONES GENERALES
5.1 DEFINICIONES OPERATIVAS
• Agente etiológico
La forma larvaria del Echinococcus granulosus en personas es denominada Equinococosis quística, es una zoonosis parasitaria cuyo hospedero definitivo son los perros y otros canidos, en los cuales habita este céstode, cuyo adulto mide de 3 a 6 mm de longitud.
• Hospederos
Requiere de dos hospederos mamíferos para completar su ciclo de vida. Un hospedero definitivo (carnívoro, en el país especialmente el perro) donde se desarrolla la fase adulta y un hospedero intermediario (herbívoros: ovinos, bovinos, camélidos sudamericanos, entre otros) en donde se desarrolla la fase larvaria.
Accidentalmente el hombre también puede desarrollar la forma larvaria.
• Modo de Transmisión
La infección de los humanos, que generalmente ocurre en la niñez, se produce en forma directa al ingerir huevos fértiles adheridos al ano o pelos de perros parasitados o por la ingestión de alimentos o aguas contaminadas con materia fecal canina.
Las formas adultas (tenias) en el intestino delgado de los perros producen huevos que contienen embriones infectantes (oncosferas) que son expulsados en las heces y pueden sobrevivir varios meses en los pastos. Al hacer la eclosión en el estómago, el huevo libera oncosferas que atraviesan la mucosa intestinal y son arrastrados por la sangre a diversos órganos en los que forman quistes. La capacidad de adaptación de las cepas de E. granulosus varia de acuerdo a los hospederos (ovinos, bovinos, caprinos, camélidos, porcinos). Su infecciosidad para los humanos también es variable. Los perros se infectan al ser alimentados con vísceras que contienen quistes hidatídicos. Siendo el ser humano el principal responsable en la difusión de esta infección por cerrar el ciclo biológico del parásito al permitir el acceso de los perros a las vísceras infectadas. Los ovinos y otros hospederos intermediarios se infectan mientras pastan en áreas contaminadas con heces de perros que contienen huevos
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