NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA NIIF (IFRS)
Enviado por Dan08 • 7 de Mayo de 2013 • 3.046 Palabras (13 Páginas) • 708 Visitas
NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA NIIF (IFRS) cuya aplicación se hará a partir de enero 1 de 2013
Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)
Son las directrices y normas establecidas por el International Accounting Standards Board (IASB) que las empresas y organizaciones pueden seguir al elaborar los estados financieros. La creación de normas internacionales permite a los inversores, organizaciones y gobiernos comparar con mayor facilidad los estados financieros apoyados en NIIF.
Actualmente, más de 100 países requieren o permiten a las empresas cumplir con las normas NIIF. Genera oportunidades estratégicas para transformar la información financiera mundial.
Permite:
• Reducir la diversidad y la complejidad de las políticas contables
• Estandarizar y mejorar la información empresarial y legal
• Mejorar los marcos de control y gobernabilidad de la información
• Reducir el número de libros contables y sistemas de apoyo necesarios para cumplir los diversos requerimientos de información
• Utilizar la tecnología para automatizar y aumentar la sostenibilidad
• Optimizar los flujos de efectivo a través de la planificación fiscal
Que son los IFRS?
Los IFRS son un compendio de normas de contabilidad que están ganando rápidamente aceptación a nivel mundial. Estos principios son:
- Publicadas por la Junta de Normas de Contabilidad Internacionales (IASB, la cual tiene su sede en Londres, Inglaterra.
- Son más focalizadas en objetivos y principios y menos soportadas en reglas detalladas que otras normas, incluyendo USGAAP
Desde el año 2002 se iniciaron esfuerzos para buscar la convergencia entre IFRS y USGAAP mediante la firma del denominado “Acuerdo de Norwalk”, proceso que actualmente avanza de manera importante
En Colombia
En octubre de 2011, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública de Colombia (CTCP, el Consejo Técnico de Contadores Públicos de Colombia) publicó un documento titulado “Propuesta de Normas de Contabilidad e Información Financiera para la Convergencia hacia estándares Internacionales” (Propuesta de normas de contabilidad y presentación de estados financieros para la convergencia con las Normas Internacionales).
El documento supone un paso más hacia la convergencia con las NIIF en Colombia, centrándose en la aplicación voluntaria por parte de entidades en el ‘Grupo 1′ (entidades de interés público) y el “Grupo 2″ (grandes y medianas empresas, sin rendición de cuentas públicas). La propuesta se basa en la “dirección estratégica”, publicado en el 2010. Los principales aspectos de la propuesta son los siguientes:
Aplicación voluntaria anticipada de las NIIF completas (grupo 1) o NII para las PYME (grupo 2)
Según el calendario previsto de la convergencia con las normas internacionales:
31/12/2011: Las normas propuestas (en español), publicado en el sitio web CPTC para la consulta pública (basado en la traducción oficial en español al 1 º de enero de 2010)
31/03/2012: La emisión de normas finales (NIIF) en Colombia por parte de las autoridades reguladoras
31/12/2012: Fecha de transición para las entidades de Colombia, de acuerdo con la NIIF 1
31/12/2013: Estados financieros publicados bajo las normas actuales de Colombia y de acuerdo con las NIIF (pro-forma, sin cifras comparativas)
31/12/2014: Estados financieros comparativos bajo NIIF-IFRS, y sujetos a auditoría.
DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO
El consejo Técnico de la Contaduría Pública emitió con fecha 22 de Junio el documento definitivo que contiene el direccionamiento estratégico cuya meta es lograr la convergencia de las normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información con estándares internacionales con el propósito de apoyar la internacionalización de las relaciones económicas.
Recordemos que el Consejo Técnico debe elaborar las propuestas con base en las cuales los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, obrando conjuntamente expedirán principios, normas, interpretaciones y guas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información.
A continuación se muestra un resumen del direccionamiento propuesto por el Consejo Técnico:
ALCANCE: Se señalan dos tipos de alcances:
Personas: Las normas de Contabilidad e Información Financiera y de Aseguramiento de la Información serán de Obligatorio cumplimiento para las personas naturales y jurídicas obligadas a llevar contabilidad
Técnico: Será necesario definir cuáles son los emisores y estándares con base en los cuales se llevará a cabo el proceso de convergencia. Los temas centrales del alcance técnico son
1. La contabilidad e información financiera: Toda la normatividad, principios, etc., necesarios para el reconocimiento, registro, medición y lo necesario para informar las operaciones de un ente de forma clara, completa, relevante, digna de crédito y comparable.
2. Aseguramiento de la información: Se refiere a normas éticas, normas de control de calidad, normas de auditoría, etc., que regulen aspectos como – Calidades personales y conducta, - Ejecución del trabajo e - Informes del trabajo.
3. Otros temas relacionados se refiere al sistema documental contable.
CONDICIONES DE LOS ESTANDARES QUE SE TOMARAN COMO REFERENCIA: Por otra parte las normas de contabilidad e información financiera y de Aseguramiento de la información están sometidas a tres tipos de condiciones:
1. Que sean de aceptación mundial, con las mejores prácticas y con la rápida evolución de los negocios.
2. Debe ser un sistema único y homogéneo de alta calidad, por cuya virtud la información contable y en particular los Estados Financieros brinden información financiera comprensible, transparente, comparable, pertinente y confiable, relevante y neutral, útil para la toma de decisiones de los usuarios de la misma.
QUIENES Y COMO SE APLICARÁN: Las normas se aplicarán de manera diferencial a tres tipos de usuarios:
Grupo 1. Emisores de valores y entidades de Interés Público
Grupo 2. Empresas de tamaño grande y mediano, que no sean emisores de valores ni entidades de interés público (En el documento completo se puede ver la lista detallada de dichas
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