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NUESTRA LEGISLACION Y LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR


Enviado por   •  18 de Marzo de 2015  •  838 Palabras (4 Páginas)  •  243 Visitas

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NUESTRA LEGISLACION Y LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR.

¿En qué estamos fallando?

Para poder entender acerca de los derechos del consumidor financiero es importante resaltar ¿Quién es un consumidor financiero? y ¿Cuál es la entidad responsable de velar por los derechos de los consumidores financieros? Según lo consagrado en la Ley 1328 del 15 de julio 2009 establece que, “Es toda persona, cliente, usuario, y cliente potencial, que utiliza productos y/o servicios del sistema financiero, asegurador y del mercado de valores. Y la superintendencia financiera de Colombia es encargada de velar por la protección del consumidor.”

La superintendencia como principal órgano de dirección y protección al consumidor financiero, integrado por un defensor, es el encargado de implementar en las entidades vigiladas un sistema de atención al consumidor (SAC) comisionados para hacer políticas, procedimientos y controles con el objetivo de mejorarla atención, educación financiera y asesoría adecuada.

Es de gran importancia resaltar que el fin que se busca es la protección,elevar el nivel de atención, informar, educar, defender al consumidor financiero (CDF), en la contratación y prácticas que se debe manejar en cada una de las entidades financieras vigiladas.

Continuando con el estudio de nuestra legislación en el marco de los derechos del consumidor, la Ley 1328 de 2009, por el cual dicta normas en materia financiera de seguros, del mercado de valores en su Capítulo II, artículo 6°consagra que: “Los consumidores financieros tendrán, durante todos los momentos de su relación con la entidad vigilada los siguientes derechos.

a) Derecho a recibir por parte de las entidades vigiladas productos y servicios con estándares de seguridad y calidad.

b) Tener en términos dispuestos por la ley la publicidad e información transparente, clara, veraz oportuna y verificable sobre las características propias del producto o servicio ofrecidos o suministrados.

c) Exigir la debida diligencia en la prestación del servicio por parte de las entidades vigiladas.

d) Recibir adecuada información e instrumentación de los productos y servicios ofrecidos sus derechos y obligaciones, costos que generan los mismos, tipo de actividad que desarrollen las entidades vigiladas y diversos mecanismos de protección establecidos para la defensa de los derechos.

e) presentar de manera respetuosa consultas, peticiones, solicitudes quejas o reclamos ante la entidad vigilada, ante el defensor del consumidor financiero, la superintendencia financiera de Colombia y los organismos de autorregulación.”

Así mismo, el legislador en su artículo 7° de la misma norma anteriormente citada narra que las entidades vigiladas tendrán la obligación de suministrar información al público respecto de los defensores del consumidor financiero; entregar el producto o prestar el servicio debidamente; suministrar información comprensible y publicidad transparente acerca de los productos y servicios ofrecidos en el mercado; contar con un sistema de atención al consumidor financiero (SAC); abstenerse de incurrir en conductas que conlleven abusos contractuales; elaborar los contratos y anexos que regulen las relaciones con los clientes, con claridad

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