Nacionalidad De Las Sociedades
Enviado por vaalcivar • 13 de Noviembre de 2012 • 1.214 Palabras (5 Páginas) • 529 Visitas
Qué es la Nacionalidad? Regularmente se le define como vínculo sociológico, político y jurídico que une al individuo con el Estado. La nacionalidad involucra una serie de cualidades tanto políticas, culturales, religiosas, tradicionales, etc. Que no pueden darse en el caso de la persona jurídica.
Una idea de nacionalidad corresponde a un vínculo de calidad más política que jurídica. En suma, el interés de los estados se agrega a la inclinación efectiva de los individuos hacia su nación, de los que se derivan los derechos políticos como inherentes a los seres que en conjunto constituyen la población de un país. La sociedad, especialmente la sociedad de capital de manera alguna puede estar vinculada a una nación por lazos de esta naturaleza, los que corresponden más bien a la calidad de ciudadano, concebida esta con el matiz político que le es propio.
En América Latina, la tesis negativa
En América Latina, la tesis negativa ha sido impulsada desde hace largo tiempo por la Republica de Argentina. En la conferencia del Rió de Janeiro de 1927, organizada para la codificación del Derecho Internacional Americano, a instancias de la delegación argentina, se dejo asentado que el tema de la nacionalidad de las sociedades.
Es un problema que afecta la vida misma de las naciones de América porque los capitales de origen extranjero, bajo formas de sociedades anónimas, se dirigen cada día con mayor fuerza hacia estas republicas, cuya prosperidad actual es un fenómeno no casi sin paralelo en la historia; se aboga por eliminar por completo las pretensiones de países extranjeros que solo protegen el capital de sus nacionales, intervienen en los conflictos que pueden surgir entre las llamadas compañías extranjeras y las autoridades internas del país en donde se encuentra establecida.
En la mayoría de de los ordenamientos jurídicos se define a la Nacionalidad de una Sociedad, en atención a su lugar de constitución; en este contexto, se estima que una persona jurídica constituida en Ecuador debe ser considerada nacional, dado que es el Estado Ecuatoriano quien, a través de su autorización, facilita la creación de una entidad.
La nacionalidad de las sociedades, por regla general, no depende de la nacionalidad de sus socios. Tradicionalmente ha sido relevante para los efectos de la protección diplomática que un Estado les puede prestar a sus nacionales. La nacionalidad de las personas jurídicas viene adquiriendo una relevancia cada vez mayor en el actual escenario de apertura económica que vive la comunidad internacional.
El desarrollo normativo en el ámbito del derecho internacional, especialmente, en materia de las inversiones extranjeras, ofrece nuevos antecedentes relevantes para juzgar acerca del tema, dentro de éstos se destaca el llamado Convenio de Washington del año 1965, los Acuerdos de Protección y Promoción de Inversiones y los Tratados de Libre Comercio.
Los distintos regímenes que establecen cada uno de estos instrumentos se encuentra interrelacionados y los resultados alcanzados en un sector pueden extenderse a otros.
El problema de la nacionalidad de la persona jurídica, en el caso concreto de la sociedad mercantil, ha provocado muchas discusiones; fundamentalmente se ha tratado de establecer si es factible reconocerle nacionalidad y si se les reconoce, en qué grado y cuáles son los efectos que produce. La discusión tiene alcances insospechados porque además de otros intereses, se juegan también algunos de tipo político. Así, es opinión generalizada que los países exportadores de capital defienden la tesis que aboga por reconocer la nacionalidad de la sociedad, ya que ello permitiría al Estado que les da su vínculo jurídico, pueda interceder por ellas en misma medida que lo hace por la persona individual; en otras palabras, si el Estado en el que funciona una sociedad extranjera lleva a cabo medidas de nacionalización en
...