Naturaleza jurídica del derecho internacional privado
Enviado por genesisrodriguez • 11 de Octubre de 2011 • Informe • 465 Palabras (2 Páginas) • 2.072 Visitas
. Naturaleza jurídica del Derecho Internacional Privado
Algunos autores sostienen que el Derecho Internacional Privado no es más que una proyección del derecho interno en el plano internacional que regula conflictos de carácter privado; en realidad su naturaleza jurídica es muy especial, muy sui generis. Rouvier opina que contiene elementos de: a) Derecho público, ya que toca aspectos de nacionalidad y condiciones jurídicas de extranjeros; que pertenecen a la esfera de esta rama del derecho
b) Derecho privado, dado que regula relaciones entre particulares de distintos Estados, en el campo extraterritorial como el matrimonio, el divorcio, los contratos, entre otros;
c) Derecho internacional, porque las relaciones jurídicas entre particulares pueden basarse en tratados, convenios y acuerdos internacionales; y,
d) Derecho interno, al ser normas dictadas por el legislador interno de cada Estado
a) Un factor sociológico que genera dos fenómenos:
El cosmopolitismo, que se refiere a desarrollo del ser humano y su necesidad de interrelación con otros; el hombre es universal, le gusta viajar, conocer otros países, estar en contacto con otras personas, y el desarrollo tecnológico actual en la humanidad ha facilitado el desplazamiento de las personas en forma increíble lo que ha llevado a la conformación de una sociedad sin fronteras.
La globalización, es un proceso de creciente integración e interdependencia dada, que incluye la ampliación de los espacios geográficos y de los ambientes de acción que se generan entre los miembros de la comunidad internacional.
b) Un factor jurídico evidenciado por la diversidad legislativa que no es más que la presencia e intervención de varios ordenamientos jurídicos de diferentes países asociados al territorio y a la nacionalidad de las personas intervinientes en la relación jurídica.
Irretroactividad de las normas de conexión
Se plantea el conflicto de saber si una relación jurídica nacida durante la vigencia de una Norma de Conexión debe ser regida o no por una nueva Norma de Conexión. Rouvier sostiene que la nueva norma legislada no debe regir la relación jurídica válidamente nacida bajo la vigencia de una NC anterior basándose en la irretroactividad de los ordenamientos jurídicos.
2. Fuentes
Se estudiarán la ley, los tratados, la costumbre, la jurisprudencia, los principios generales del derecho y la doctrina.
La leyEs indudable que los Estados al dictar su legislación interna involucren preceptos de DIP; generalmente los tienen contenidos en los códigos civiles o como leyes específicas en la materia.
Los tratadosSon los medios por excelencia de regular las relaciones entre los Estados; son ordenamientos normativos de cumplimiento obligatorio entre todos los Estados firmantes.
La costumbreEs una de las fuentes más importantes del DIP dada su
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