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Norma De Luz Para Hacer Trabajos


Enviado por   •  22 de Enero de 2012  •  4.409 Palabras (18 Páginas)  •  2.012 Visitas

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD DEL ZULIA

CONSEJO UNIVERSITARIO

En uso de la facultad que le confiere la atribución 21 del Art. 26 de la Ley de Universidades, dicta el siguiente:

REGLAMENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE TRABAJOS EN LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA

Capitulo I DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1. Este reglamento regula la presentación escrita de los trabajos realizados por docentes, investigadores, estudiantes y personal administrativo de la Universidad del Zulia, en cuanto sea aplicable. El proceso de elaboración es privativo de cada disciplina

Art. 2 El presente reglamento se dicta con el propósito de lograr la uniformidad en cuanto a coherencia y consistencia en la presentación y evaluación de los trabajos en la Universidad del Zulia.

Art. 3. Los docentes, investigadores, tutores, jurados y asesores que evalúan los trabajos en la Universidad del Zulia, deberán adaptar sus criterios de valoración a lo establecido en este reglamento.

Art. 4. Para la presentación de los trabajos en la Universidad del Zulia se tomará en cuenta la estructura del contenido, las formas de citar y los aspectos formales. En cuanto al proceso de su elaboración, éste se regirá por los lineamientos establecidos en cada área del conocimiento.

Capitulo II DE LOS TRABAJOS EN LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA

Art. 5. Los trabajos se agrupan en dos categorías: Proyectos e Informes y tendrán la estructura establecida en esta normativa.

Art. 6. El Proyecto es el documento que define los elementos científicos, técnicos y administrativos de la planificación del trabajo de investigación.

Art. 7. Se incluyen en la categoría de proyectos, los siguientes trabajos: proyectos de trabajo especial de grado, proyectos de trabajo de grado, proyectos de tesis, proyectos de investigación, proyectos de extensión y/ o cualquier otro trabajo que refleje la planificación de una actividad académica y administrativa.

Art. 8. El informe, es el documento que presenta los resultados totales o parciales, de un proceso de investigación científica o técnica, o de una actividad académica o administrativa.

Art. 9. Se incluyen en la categoría de informes los siguientes documentos: trabajos especiales de grado, trabajos de grado, tesis doctorales, trabajos de ascenso, monografías, trabajos presentados en las diferentes cátedras y/o unidades curriculares, guías de estudio, memorias descriptivas y cualquier otro trabajo que refleje los resultados de un proceso de investigación o de una actividad académica o administrativa.

Capítulo III DE LA ESTRUCTURA DEL CONTENIDO

Art. 10. La estructura del contenido de los trabajos constará de las siguientes partes: Secciones preliminares, Cuerpo y Secciones de referencia.

Art. 11. Las secciones preliminares constituyen las partes iniciales de los trabajos y anteceden al cuerpo o contenido de los mismos tienen como objetivo resaltar la identificación de la institución, del autor y de su obra.

Art. 12. Los trabajos deben contener las siguientes secciones preliminares: cubierta o carátula, guarda (opcional), portada, frontispicio, página de evaluación, dedicatoria (opcional), reconocimiento (opcional), agradecimiento (opcional), índice de contenido, resumen y “abstract”.

Art. 13. La cubierta o carátula constituye la parte externa (anterior y posterior) del trabajo y debe ser elaborada en un material diferente al papel utilizado en el cuerpo del trabajo. Cuando se entregue en versión preliminar, podrá presentarse dentro de una carpeta sujeto en la parte izquierda. La versión ya corregida, deberá encuadernarse, anillarse o empastarse, según sea el caso.

Par. 1ro. Los trabajos que han sido sometidos a evaluación por un jurado, tales como trabajos de ascenso y aquellos presentados para obtener títulos o grados, una vez aprobados, deberán presentarse empastados siguiendo las especificaciones que al respecto exija cada Facultad.

Par. 2do La cubierta debe contener los siguientes elementos: El logo de la Universidad, identificación del país, nombre de la Institución, nombre de la facultad a la cual está adscrito el autor, nombre de la dependencia, de la cátedra o de la unidad curricular, si fuere el caso, el título del trabajo, la identificación del tipo de trabajo, nombre y apellidos del o de los autores, el nombre y el apellido del tutor y del cotutor, si los hubiere, el nombre de la ciudad y el mes y año de la presentación. Los anteriores elementos deberán distribuirse de manera armónica y conservar los espacios y márgenes establecidos en estas disposiciones.

Art. 14. La guarda es una página en blanco, denominada también página de respeto, que se coloca después de la cubierta anterior y antes de la posterior (Opcional).

Art. 15. La portada es la página donde se escriben los mismos elementos de la cubierta. En ella está permitido el uso de imágenes alusivas al tema tratado.

Art. 16. El frontispicio es una página que contiene los siguientes elementos: título del trabajo, apellido(s), nombre(s), firma(s), número(s) de cédula de identidad dirección, teléfono y correo electrónico, del (de los) autor(es) y nombre, apellido y firma autógrafa del tutor. Estos requerimientos demuestran la autenticidad del trabajo y la conformidad del tutor con su contenido.

Art. 17. Dependiendo de la finalidad para la cual se presenta el trabajo, se incluirá una página de evaluación o una de veredicto.

Par. 1ro La página de evaluación se exigirá para los trabajos que se presenten en las unidades curriculares tanto del pregrado como del postgrado. Debe contener los siguientes elementos: título del trabajo, nombre, apellido y cédula de identidad del (de los) autor(es), espacio para asentar la calificación obtenida (escrita en número y en letras), observaciones, identificación del (de los) evaluador(es) y su firma, lugar y fecha de evaluación.

Par. 2do. La página de veredicto se exigirá en la versión final, ya aprobada, de los trabajos de ascenso y de los presentados para la obtención de títulos o grados. Esta página deberá ser provista oportunamente por el coordinador del jurado. Consistirá en un acta que contendrá los siguientes datos: la palabra “veredicto”, identificación de los miembros del jurado (nombre, apellidos y números de cédulas de identidad), nombre de la instancia que designó el jurado, naturaleza del trabajo, título del trabajo, identificación del autor (nombre, apellido y cédula), grado, título o finalidad para la cual se presenta el trabajo, lugar y fecha de la discusión del trabajo (día, mes y año), señalar el soporte legal, calificación y firma(s) de los integrantes del jurado.

Art. 18.

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