Normas Internacionales De Contabilidad 37
Enviado por 21022001 • 25 de Julio de 2013 • 12.127 Palabras (49 Páginas) • 306 Visitas
Norma Internacional de Contabilidad 37
Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos
Contingentes
En abril de 2001 el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) adoptó la NIC 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes, que había sido originalmente emitida por el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad en septiembre de 1998. Esta norma reemplazó partes de la NIC 10 Contingencias y Hechos Ocurridos Después de la Fecha del Balance emitida en 1978 que trataba las contingencias.
Otras NIIF han realizado modificaciones de menor importancia en la NIC 37. Estas incluyen la NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo (revisada en diciembre de 2003), la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición (revisada en diciembre de 2003), la NIIF 3
Combinaciones de Negocios (emitida en marzo de 2004 y revisada en enero de 2008), la NIC 1
Presentación de Estados Financieros (revisada en septiembre de 2007) y la NIIF 9 Instrumentos
Financieros ( emitida en octubre de 2010).
ÍNDICE
desde párrafo
INTRODUCCIÓN IN1
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD 37
PROVISIONES, PASIVOS CONTINGENTES Y ACTIVOS CONTINGENTES
OBJETIVO
ALCANCE 1
DEFINICIONES 10
Comparación de las provisiones con otros pasivos 11
Relaciones entre provisiones y pasivos de carácter contingente 12
RECONOCIMIENTO 14
Provisiones 14
Obligación presente 15
Suceso pasado 17
Salida probable de recursos que incorporen beneficios económicos 23
Estimación fiable del importe de la obligación 25
Pasivos contingentes 27
Activos contingentes 31
MEDICIÓN 36
Mejor estimación 36
Riesgo e incertidumbres 42
Valor presente 45
Sucesos futuros 48
Disposiciones esperadas de activos 51
REEMBOLSOS 53
CAMBIOS EN EL VALOR DE LAS PROVISIONES 59
APLICACIÓN DE LAS PROVISIONES 61
APLICACIÓN DE LAS REGLAS DE RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN 63
Pérdidas futuras derivadas de las operaciones 63
Contratos de carácter oneroso 66
Reestructuración 70
INFORMACIÓN A REVELAR 84
DISPOSICIONES TRANSITORIAS 93
FECHA DE VIGENCIA 95
CON RESPECTO A LOS DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS ENUMERADOS A CONTINUACIÓN VÉASE LA PARTE B DE ESTA EDICIÓN
GUÍA DE IMPLEMENTACIÓN
A Tablas – Provisiones, pasivos contingentes, activos contingentes y reembolsos
B Árbol de decisión
C Ejemplos: reconocimiento
D Ejemplos: información a revelar
La Norma Internacional de Contabilidad 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes (NIC 37) está contenida en los párrafos 1 a 97. Aunque la Norma conserva el formato IASC que tenía cuando fue adoptada por el IASB, todos los párrafos tienen igual valor normativo. La NIC 37 debe ser entendida en el contexto de su objetivo, del Prólogo a las Normas Internacionales de Información Financiera y del Marco Conceptual para la Información Financiera. La NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores suministra la base para seleccionar y aplicar las políticas contables que no cuenten con guías específicas.
Introducción
IN1 La NIC 37 prescribe la contabilización y la información financiera a suministrar cuando se haya dotado una provisión de pasivo, o bien cuando existan activos y pasivos de carácter contingente, exceptuando los siguientes:
(a) aquéllos que se deriven de los instrumentos financieros que se lleven contablemente según su valor razonable;
(b) aquéllos que se deriven de los contratos pendientes de ejecución, salvo si el contrato es de carácter oneroso y se prevén pérdidas. Los contratos pendientes de ejecución son aquéllos en los que las partes no han cumplido ninguna de las obligaciones a las que se comprometieron, o bien aquéllos en los que ambas partes han ejecutado parcialmente, y en igual medida, sus compromisos;
(c) aquéllos que aparecen en las compañías de seguro, derivados de las pólizas de los asegurados; o
(d) aquéllos de los que se ocupe alguna otra Norma.
Provisiones
IN2 En la Norma se definen las provisiones como pasivos en los que existe incertidumbre acerca de su cuantía o vencimiento. Se debe reconocer una provisión cuando, y sólo cuando, se dan las siguientes circunstancias:
(a) una entidad tiene una obligación presente (ya sea legal o implícita) como resultado de un suceso pasado;
(b) es probable (es decir, existe mayor posibilidad de que se presente que de lo contrario) que la entidad tenga que desprenderse de recursos que comporten beneficios económicos, para cancelar la obligación; y
(c) puede hacerse una estimación fiable del importe de la obligación. En la Norma se destaca que sólo en casos extremadamente excepcionales no será posible la estimación de la cuantía de la deuda.
IN3 En la Norma se define una obligación implícita como aquélla obligación que se deriva de las actuaciones de la propia entidad, en la que:
(a) debido a un patrón establecido de comportamiento
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