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Normas internacionales: Derecho comunitario de la Unión Europea y Tratados internacionales


Enviado por   •  18 de Noviembre de 2015  •  Tarea  •  2.556 Palabras (11 Páginas)  •  190 Visitas

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TAREA 3

  1. ACTIVIDAD 1. 
  1. Ordena jerárquicamente las normas laborales aplicables en tu sector profesional.

Según marca el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores en función de su rango formal, el orden jerárquico es el siguiente:

Normas internacionales: Derecho comunitario de la Unión Europea y Tratados internacionales. 

Normas estatales 

  1. Leyes de Cortes Generales
  2. Reglamentos del Gobierno
  3. Convenios colectivos
  4. Contrato de trabajo
  5. Costumbres locales y profesionales
  6. Principios generales del Derecho

  1. Explica con un ejemplo el significado del principio de norma más favorable:

   Por ejemplo, el salario mínimo interprofesional fija mi salario en 700 €, pero el convenio colectivo aplicable en mi sector dice que para mi categoría profesional marca un salario de 1100 €.

   Aunque el Real Decreto que establece el salario mínimo sea una ley de mayor rango que el Convenio Laboral, por lo que estaría ocurriendo un caso de conflicto entre dos normas laborales y se resuelve mediante la aplicación de la más favorable para el trabajador, que  sería el mas favorable el convenio colectivo.

  1. Describe el significado del principio jurídico "pro operario".

   El “principio in dubio pro operario” es cuando una norma admita dos o más posibles interpretaciones, se interpretará en el sentido que resulte más beneficiosa para el trabaj@.

   Un derecho adquirido es una mejora voluntaria, en beneficio del trabajad@,  concedida por la empresa y que con el paso del tiempo se ha convertido en un derecho para el trabajador y a su vez en una obligación para la empresa.

  1. ACTIVIDAD 2.

En relación a los siguientes derechos y deberes laborales, indica su contenido básico y si el trabajador o trabajadora puede o no renunciar a los mismos mediante pacto en el contrato de trabajo.

  1. Libre sindicación individual y colectiva. Es el derecho a fundar Sindicatos y poder afiliarse o no a uno de ellos. No puede renunciar porque es un derecho del trabajad@.
  2. Derecho a la ocupación efectiva. Y a no ser discriminado para el empleo directa o indirectamente por cualquier condición personal o social. No se puede renunciar bajo ningún concepto.
  3. Derecho a la integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene. Hace constancia al derecho a la vigilancia periódica de la salud y la formación, información y participación de los trabajadores sobre los riesgos existentes en la empresa y sobre las medidas de prevención y protección aplicables, incluidas las de emergencia. No se puede renunciar porque es un derecho del trabajad@.
  4. Derecho al respeto de la intimidad y a la consideración debida a su dignidad. Implica la protección frente al acoso por razones de sexo, origen racial, religión, discapacidad, edad, orientación sexual. No se puede renunciar bajo ningún concepto.

  1. ACTIVIDAD 3. 

Indica el tipo de contrato de trabajo que corresponda en cada caso.

Gestoría FOLS.L., con diferentes centros de trabajo distribuidos por varias localidades, necesita cubrir diferentes puestos, lo que hace preciso determinar la modalidad y condiciones de contratación. Los puestos a cubrir son:

  1. Un puesto de administrativo o administrativa de recursos humanos a jornada completa cuya titular se haya de baja por riesgo durante el embarazo, y una vez agotado el descanso por maternidad quedará en situación de excedencia por cuidado de hijos durante un año.

Contrato: Contrato temporal de interinidad

Condiciones: sustituir a un trabajador que ha cesado temporalmente en su puesto de trabajo pero lo tiene reservado. La jornada será completa ya que el trabajador sustituido también lo estaba, el contrata estará vigente hasta la reincorporación del trabajador sustituido.

  1. Se contratará por tiempo indefinido a un auxiliar administrativo o administrativa a jornada completa de 27 años de edad actualmente en desempleo.

Contrato: Contrato indefinido ordinario

Condiciones: Es un contrato escrito o verbal en el que las partes no han prefijado la duración de su relación contractual, por lo que su duración es indefinida. Por estar dentro del colectivo de jóvenes entre 16 y 30 años y desempleados las empresas tendrán derecho a bonificaciones en las cuotas a la seguridad social. La jornada será a tiempo completo, en este caso

  1. Un puesto de gestor o gestora de nóminas a tiempo parcial, siendo el perfil requerido una persona recién titulada en formación profesional de la familia de Administración de Empresas.

Contrato: Contrato de trabajo en prácticas.

Condiciones: facilitar la prácticas profesional adecuada al nivel de estudios cursados, el contrato podrá tener una duración minima de seis meses y máxima de dos años, teniendo la posibilidad de dos prórrogas, de seis meses de duración hasta alcanzar la duración máxima establecida. La jornada laboral para este trabajador será a tiempo parcial.

  1. Con el fin de actualizar la base de datos e implantar una aplicación informática se contrata temporalmente a un programador que prestará servicios hasta su puesta en marcha.

Contrato: Contrato de obra o servicio determinado

Condiciones: tiene por objeto la realización de obras o servicios dentro de la actividad de la empresa, cuya ejecución en principio es de duración incierta, se prevé una finalización del servicio aunque sea a largo plazo.

  1. Durante tres meses se contratará a un técnico o técnica en gestión de cobros, con el fin de reforzar la plantilla al existir un volumen mayor de actividad.

Contrato: contrato eventual por circunstancias de la producción

Condiciones: tiene por finalidad cubrir necesidades extraordinarias debidas a circunstancias de mercado, acumulación de tareas o exceso de actividad.

  1. Tras la jubilación parcial de la responsable del departamento financiero y contable a los 60 años de edad, quien ha reducido su jornada a 3 días a la semana, se contratará a un técnico superior titulado en Formación Profesional que cubrirá la parte de jornada vacante.

Contrato: Contrato a tiempo parcial ordinario

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