Novedades A Reportar Ante El IVSS
Enviado por amandititita • 4 de Noviembre de 2012 • 1.169 Palabras (5 Páginas) • 1.670 Visitas
NOVEDADES A REPORTAR ANTE EL IVSS:
Las novedades ahora se reportan a través del TIUNA. Anteriormente se utilizada la forma 14-10 para dichos fines.
a) Cambio de salarios:
Debe hacerse a través del formulario 14-10, llamado "relación de novedades", los días 16 al 20 de cada mes.
b) Permisos no remunerados y reposos médicos:
Debe hacerse a través del formulario 14-10, llamado "relación de novedades", el primer lunes o martes de cada mes.
LA TIPIFICACIÓN DE CADA TIPO DE INFRACCIÓN ESTÁ DEFINIDA EN EL ARTÍCULO 87 DE LA LEY DEL SSO:
A. Son infracciones leves:
1. Incumplir con la obligación de informar al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales en el tiempo previsto y con las formalidades exigidas, la modificación, suspensión o extinción de la relación laboral por cualquier causa.
2. Incumplir con la obligación de llevar y mantener al día el registro del personal a su servicio en la forma exigida por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.
B. Son infracciones graves:
1. La falta de inscripción en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales antes del inicio de su actividad.
2. La omisión de informar sobre la cesación de actividades, cambios de razón social, traspaso del dominio a cualquier título, y en general, otras circunstancias relativas a las actividades de la empresa, establecimiento, explotación o faena.
3. La omisión de inscribir a sus trabajadoras y trabajadores en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al de su ingreso al trabajo.
4. La omisión de suministrar en el tiempo previsto y con las formalidades exigidas toda variación en el salario de la trabajadora o el trabajador, así como, cualquier información que la empleadora o el empleador deba entregar para dar cumplimiento a esta Ley y su Reglamento.
C. Son infracciones muy graves:
1. Efectuar retenciones por concepto de cotizaciones a las trabajadoras y los trabajadores, superiores a los establecidos en esta Ley y su Reglamento.
2. Impedir las fiscalizaciones que ordene el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, negando el acceso a la empresa, establecimiento, explotación o faena u obstaculizando la labor de los órganos competentes.
3. Presentar documentos con enmendaduras o alteraciones que afecten sustancialmente la legalidad de los mismos.
4. Dejar de enterar en el tiempo previsto y con las formalidades exigidas cualquier cuantía que adeude al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales distinta de las cotizaciones. (LSSO, artículos 87 y 88).
CÓMO VALIDAR EL REPOSO EN EL SEGURO SOCIAL (IVSS)
Cómo se valida el reposo para el Seguro Social (IVSS). Cuando una persona tiene un accidente o tiene una intervención quirúrgica, este tiene la obligación de llevar a su lugar de trabajo el reposo médico validado por el Instituto Venezolano de Seguros Sociales (IVSS). Este debe ser validado cuando haya sido expedido por un médico privado.
Artículo 9 del IVSS: Los asegurados tienen derecho en caso de incapacidad temporal para el trabajo, por una enfermedad o accidente, una indemnización diaria a partir del cuarto (4) día de incapacidad, y estas indemnizaciones diarias no podrán exceder las 52 semanas para el mismo caso.
Esto quiere decir, que cuando el asegurado se ausenta del trabajo por un (1) a tres (3) días por una enfermedad o accidente, la empresa asume el pago de los días, pero cuando el reposo tiene una duración de cuatro (4) días o más es cancelado por el IVSS.
Artículo 11 de IVSS: Todas las aseguradas tienen el derecho a la prestación médica por maternidad y una indemnización diaria durante el permiso
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