Número 609.- Santiago, 7 de mayo de 1998 VISTOS: Lo establecido en la Constitución
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Número 609.- Santiago, 7 de mayo de 1998 VISTOS: Lo establecido en la Constitución
Política de la República en su artículo 19 Nº 8 y 32 Nº 8; lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley
19.300; en la ley 3.133; en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 725 de 1967, Código Sanitario; en el
Decreto con Fuerza de Ley Nº 382 de 1988, Ley General de Servicios Sanitarios; en el Decreto
con Fuerza de Ley Nº 70 de 1988 sobre Fijación de Tarifas de Servicios de Agua Potable y
Alcantarillado; en el Decreto Supremo Nº 351, de 1992 de Obras Públicas, Reglamento para la
neutralización y/o depuración de los residuos líquidos provenientes de establecimientos
industriales a que se refiere la Ley Nº 3.133; en el Decreto Supremo Nº 93, de 1995 del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento para la dictación de normas de
calidad ambiental y de emisión; en el Decreto Supremo Nº 745 de 1992 de Salud, sobre
condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo; en el Decreto Supremo
Nº1.144 de 1997 de Obras Públicas; el acuerdo del Consejo Directivo de la Comisión Nacional
del Medio Ambiente de fecha 12 de abril de 1996, que aprobó el primer programa priorizado de
normas; la Resolución Exenta Nº 1958 de 27 de agosto de 1996, publicada en el Diario Oficial de
10 de septiembre de 1996 y en el Diario La Tercera el día 16 de septiembre de 1996, que dio
inicio a la elaboración del anteproyecto de norma de emisión para la regulación de contaminantes
asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado; la
Resolución Exenta Nº 281 de 12 de mayo de 1997 que aprobó el anteproyecto de norma de
emisión, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de 15 de mayo de 1997 y en el Diario La
Tercera el día 18 de mayo del mismo año; los estudios científicos, el análisis general del impacto
económico y social de la misma; las observaciones formuladas en la etapa de consulta al
anteproyecto de revisión de la norma; el análisis de las observaciones señaladas; el acuerdo del
Consejo Consultivo de fecha 14 de julio de 1997; el acuerdo Nº 1/98 de 23 de Enero de 1998 del
Consejo Directivo de la Comisión Nacional del Medio Ambiente que aprobó el proyecto
definitivo de la norma de emisión; los demás antecedentes que obran en el expediente público
respectivo y lo dispuesto en la Resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la
República que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución Nº 55 de 1992
de la Contraloría General de la República.
DECRETO
Artículo Primero: Establécese la siguiente norma de emisión para la regulación de
contaminantes asociados a las descargas
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