Objetivos De Una Constitucion
Enviado por shirlyln • 5 de Mayo de 2013 • 4.527 Palabras (19 Páginas) • 1.507 Visitas
PREGUNTAS GENERADORAS:
1- ¿CUAL ES EL OBJETIVO DE UNA CONSTITUCION POLITICA?
El objetivo general de una constitución política es estudiar y analizar la estructura general de la Constitución Colombiana actual (1.991), desde el punto de vista histórico, social, económico, jurídico
Relacionar las similitudes y diferencias de las constituciones anteriores con la presente, así como con las constituciones de otros países.
Y específicamente los objetivos de una constitución política son:
1- Garantizar los derechos fundamentales del ciudadano (derechos, deberes y libertades públicas).
2- Definir nuestro sistema político - como Monarquía Parlamentaria.
3- Establecer el principio de Separación de Poderes (formulado, en su día, por Montesquieu): Legislativo, Ejecutivo (Gobierno y Administración Pública) y Judicial y determinar las competencias de cada uno de ellos.
4- Definir el Régimen Territorial del Estado y sus competencias (Administración Central del Estado, Autonomías y Corporaciones Locales)
5- Constituirse como norma suprema del sistema legislativo, que no puede ser vulnerada, por otras normas de rango inferior.
En esencia, estos son los objetivos, aunque lamentablemente, no parecen que se hagan efectivos - algunos derechos fundamentales se vulneran (derecho a una vivienda digna, libertad de expresión, etc.) - y se dan lamentables injerencias del Gobierno, en el poder judicial o jueces.
2- ¿CUAL ES LA PARTE FORMAL DE UNA CONSTITUCION?
La parte formal de una constitución es la que organiza el ejercicio del poder porque establece unas normas que determinan la actividad política de los gobernantes, vale decir que entre otros aspectos establece la legitimidad de los gobernantes y determina a su vez el ámbito de competencia de los mismos dentro de un estado de derecho.
3- ¿CUAL ES LA ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCION POLITICA COLOMBIANA?
Al igual que la Constitución de 1886 que reemplazó, la Constitución de 1991 establece tres poderes de gobierno: legislativo, ejecutivo y judicial. También establece órganos autónomos con funciones específicas para el cumplimiento de los cometidos adicionales del Estado colombiano. Como señaló la Comisión en su "Segundo Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Colombia", el Poder Ejecutivo ha gozado de facultades preponderantes en la estructura constitucional. No obstante, la actual Constitución procura establecer una relación más equilibrada entre los poderes. A esos efectos confiere atribuciones más amplias al Poder Legislativo para ejercer control político sobre el Gobierno y refuerza la independencia del Poder Judicial y la función de revisión judicial de los actos legislativos y administrativos. (Véase el Organigrama del Estado Colombiano.
• El Poder Legislativo
El Poder Legislativo está formado por el Senado y la Cámara de Representantes, que conjuntamente forman el Congreso colombiano, con asiento en la capital de la República. La función básica del Congreso consiste en enmendar la Constitución, sancionar leyes y ejercer el control político del Gobierno. Todos sus miembros son electos directamente por el pueblo por un período de cuatro años. El Senado tiene 100 miembros electos a nivel nacional y los miembros de la Cámara de Representantes son electos por distritos. Se reservan dos bancas adicionales en el Senado para representantes de las comunidades indígenas. La ley puede prever también la elección de miembros a la Cámara de Representantes por un sistema no basado en distritos, para garantizar la participación de grupos étnicos y minorías políticas. Tanto el Senado como la Cámara de Representantes tienen comisiones de derechos humanos.
El Congreso tiene varias facultades especiales importantes. Por ejemplo, puede otorgar amnistías o indultos por delitos políticos. También está facultado para aprobar o rechazar tratados suscritos por el Gobierno con otros Estados o con organismos internacionales. El Congreso está obligado a dar prioridad a los proyectos de leyes de aprobación de tratados sobre derechos humanos que ponga a su consideración el Gobierno. Además puede conferir al Presidente de la República facultades extraordinarias específicas para dictar normas con fuerza de ley por un período de hasta seis meses en caso de necesidad o cuando lo requiera el interés público.
2. El Poder Ejecutivo
El Poder Ejecutivo está encabezado por el Presidente de la República, que cumple funciones de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa. El Poder Ejecutivo está constituido también por los miembros del Gabinete y los directores de los departamentos administrativos. Conforme al artículo 188 de la Constitución, el Presidente no sólo debe cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes de Colombia, sino que también debe garantizar los derechos y libertades de todos los colombianos. El Presidente tiene un mandato de cuatro años y no puede ser reelecto. El gabinete ministerial incluye los ministros de Relaciones Exteriores, Interior y Justicia, quienes cumplen un papel importante en la implementación de los compromisos asumidos por el Estado en materia de derechos humanos. El Ministerio de Relaciones Exteriores se mantiene en contacto regular con la CIDH en su rol de ejecutor de la política exterior del Estado e interlocutor ante los organismos internacionales de derechos humanos.
Dentro de la Presidencia de la República existe la Consejería Presidencial para la Defensa, Protección y Promoción de los Derechos Humanos. Esta oficina atiende denuncias referentes a violaciones de derechos humanos tramitadas en los sistemas internos. Cumple esa labor en colaboración con las autoridades pertinentes, especialmente la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación y los tribunales competentes. Además, se ocupa de atender solicitudes efectuadas al Gobierno colombiano por organismos internacionales intergubernamentales y no gubernamentales en relación con la situación de los derechos humanos en el país y las obligaciones asumidas por el Estado colombiano en virtud de los tratados y convenciones que ha ratificado. Por lo tanto, la Consejería realiza una labor referente a casos y situaciones tramitados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Cumple esta parte de su labor en colaboración con el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
El Poder Judicial
La Constitución prevé que la administración de justicia en Colombia está a cargo de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, los diversos tribunales y jueces y
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