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Objetivos Especificos


Enviado por   •  19 de Noviembre de 2012  •  1.057 Palabras (5 Páginas)  •  590 Visitas

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Objetivos Específicos

a) Una vez cerrada la investigación, si el fiscal estimare que procediere formular acusación por crimen o simple delito en contra de un ex Presidente de la República, diputado o senador, deberá remitir los antecedentes a la Corte de Apelaciones correspondiente, a fin de que ésta, si hallare mérito, declare que ha lugar a formación de causa.

b) Igual declaración debe requerir el fiscal, si durante la investigación solicita al juez degarantía la prisión preventiva del aforado, o alguna otra medida cautelar, las que antes de decretarse exigen la declaración previa de la Corte de Apelaciones de la jurisdicción respectiva de que ha lugar a formación de causa.

c) En el caso que se tratare de un delito de acción privada, el querellante deberá ocurrir ante la Corte de Apelaciones solicitando igual declaración, antes de que se admitiere a tramitación su querella por el juez de garantía.

d) Si el aforado fuere detenido por habérsele sorprendido en delito flagrante, el fiscal debe ponerlo inmediatamente a disposición de la Corte de Apelaciones respectiva. Junto con ello remitirá la copia del registro de las diligencias que se hubieren practicado y que fueren conducentes para resolver el asunto.

Hipótesis

El desafuero es el acto jurídico mediante el cual a una persona aforada se le retiran sus privilegios.

En el Derecho moderno el fuero le garantiza a un representante popular elegido en una democracia la libertad y autonomía necesarias para el desempeño de su función, protegiendo al funcionario público de posibles injerencias de otros poderes, o de terceros interesados en impedir o estorbar el ejercicio de su cargo. El fuero nació como forma de protección de los miembros del poder legislativo de denuncias o amenazas, comúnmente del poder ejecutivo, con la finalidad de controlar por medio de la fuerza a un poder que debe ser independiente.

El desafuero o juicio de procedencia se impone cuando se presume y fundamenta que el funcionario ha cometido un delito. Con el desafuero se elimina la restricción procesal que impide que sea juzgado, y se le puede por ende juzgar como a cualquier ciudadano.

Por lo general, el fuero sólo limita en cuanto a acusaciones penales. Puede juzgarse por la vía civil o administrativa al funcionario con fuero, e incluso sometérsele a juicio político

Cultura subyacente son inconciliables con el nuevo modelo de persecución criminal que lo reemplaza. La necesidad de adecuar la Carta Fundamental a la realidad que impone el nuevo sistema procesal penal no sólo se hace imprescindible para preservar el principio de la supremacía constitucional, sino que muy particularmente para que el Código Político recepciones los principios básicos y principales instituciones en que aquel se funda y pueda considerarse un referente obligado para la fiel interpretación de todo el nuevo orden procesal penal. Las precisiones que se exigen a nivel constitucional surgen así como una consecuencia obligada de los efectos que trae consigo la nueva regulación legal en materia de desafuero, lo que queda de manifiesto en relación a los siguientes tópicos:

a) El artículo 58 de la Constitución Política al concederle fuero a los ex Presidentes de la República, diputados o senadores, señala que no podrán ser privados de libertad, sin que antes el Tribunal de Alzada

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