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Odontología Juridica


Enviado por   •  19 de Mayo de 2014  •  632 Palabras (3 Páginas)  •  425 Visitas

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DEONTOLOGÍA JURÍDICA

DEBERES PROFESIONALES DEL ABOGADO

Deberes sociales.-

La función social de la abogacía exige establecer normas deontológicas para su ejercicio. A lo largo de los siglos, muchos han sido los intereses confiados a la abogacía, todos ellos trascendentales, fundamentalmente relacionados con el imperio del Derecho y la Justica Humana. Y en ese quehacer que ha trascendido la propia y específica actuación concreta de defensa, la abogacía ha ido acrisolando valores salvaguardados por normas deontológicas necesarias, no solo al derecho de defensa, sino también para la tutela de los más altos intereses del estado, proclamado hoy como social y democrático de Derecho.

La moralidad del abogado no se limita al buen ejemplo sino a la acción, al cambio. La abogacía tiene e implica la representación de la realidad civil de la comunidad. Sin embargo, hoy, ciertos abogados se caracterizan por su interés lucrativo por encima del interés social, mientras tanto, nosotros creemos que el abogado debe ser un defensor del bien común y de la justicia, y que asi dirija la conducta de los pueblos hacia la construcción de un orden social conforme a las condiciones de un ideal mas humano, para lo que deberá despojarse de su egoísmo.

Como toda norma, la deontología se inserta en el universo del Derecho, regido por el principio de jerarquía normativa y exige además, claridad, adecuación y precisión, de suerte que cualquier modificación de hecho o de derecho en la situación regulada, obliga a adaptar la norma a la nueva realidad legal o social.

Durante siglos, los escasos cambios operados en las funciones del abogado y en la propia sociedad motivaron reducidas modificaciones en unas normas deontológicas que venían acreditándose eficaces para la alta función reservada al abogado, casi siempre motivadas por drásticas convulsiones sociales, pero que terminaron devolviendo al abogado su función y la normativa deontológica con que la desempeña.

Es a partir de la segunda mitad del siglo XX, desde el momento en que los estados decididamente consagran la dignidad humana con valor supremo que informa todo el ordenamiento jurídico, cuando la función del abogado alcanza su definitiva trascendencia, facilitando a la persona y a la sociedad en que se integra, la técnica y conocimientos necesarios para el consejo jurídico y la defensa de sus derecho. De nada sirven estos si no se provee del medio idóneo para defender los que a cada cual le corresponde.

LA DIGNIDAD

Los deberes esenciales que la profesión del abogado impone a todo profesional del derecho, son: la probidad, la independencia, la moderación y la confraternidad.

El profesional del derecho debe actuar con irreprochable dignidad, no solo en el ejercicio de la profesión, sino en su vida privada. Su conducta jamás debe infringir las normas del honor y la delicadeza que caracteriza

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