Organizacion de naciones unidas.
Enviado por Jorge Loa • 13 de Octubre de 2016 • Tarea • 289 Palabras (2 Páginas) • 139 Visitas
ABANDONO DE INCAPAZ
Ilícito previsto por el Artículo 254 del código Penal del Estado de México
“Al que abandone a una persona incapaz de valerse por sí misma teniendo la obligación de cuidarla, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y treinta a trescientos días multa, o trabajo a favor de la comunidad, perdiendo además los derechos inherentes a la patria potestad, custodia o tutela, si fuere ascendiente o tutor del ofendido, así como del derecho a heredar si estuviere en aptitud legal para ello.
No incurre en este delito la mujer que haya solicitado mantener en secreto su identidad en el momento del parto y la reserva sobre el nacimiento, conforme a lo establecido en la ley que regula la materia.
No incurre en este delito la mujer que dé en adopción, en los términos de las leyes y tratados en la materia, y haya solicitado mantener en secreto su identidad en el momento del parto y la reserva sobre el nacimiento.”
POR SU FORMA DE PERSECUSION: OFICIO
SUJETO ACTIVO: PERSONA QUE ABANDONA AL INCAPAZ
SUJETO PASIVO: PERSONA INCAPAZ DE VALERSE POR SI MISMA
NEXO DE CAUSALIDAD: SI EL SUJETO ACTIVO ABANDONA AL INCAPAZ PONE EN PELIGRO SU VIDA Y SU SEGURIDAD
BIEN JURIDICO TUTELADO: LA VIDA Y LA SEGURIDADE DE LAS PERSONAS
ELEMENTO NORMATIVO: ABANDONO DE UNA PERSONA INCAPAZ DE VALERSE POR SÍ MISMA TENIENDO LA OBLIGACIÓN DE CUIDARLA
ANTIPICIDAD:
A) QUE SE ABANDONE A PERSONA CAPAZ,
B) AQUE LA PERSONA NO TENGA LA OBLIGACION DE CUIDARLA
EN CUANTO A LA CONDUCTA: PUEDE SER DE ACCION U OMISION DOLOSA
ELEMENTO SUBJETIVO: DOLO
FORMA DE INTERVENCION: AUTOR MATERIAL
RESULTADOS: MATERIAL
TENTATIVA: NO HAY TENTATIVA
PERDON DEL OFENDIDO: NO PROSPERA
DAÑO: LESION Y PELIGRO
NÚMERO DE ACTOS: UNISUBSISTENTE
NÚMERO DE PERSONAS O SUJETOS: UNISUBJETIVO Y PLURISUBJETIVO
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