PRIMERA. declaran los contratantes tener la debida capacidad para celebrar el contrato y no sufrir vicio del consentimiento.
Enviado por Volkmer Lule • 30 de Octubre de 2016 • Apuntes • 772 Palabras (4 Páginas) • 395 Visitas
Contrato individual de trabajo que celebra por una parte SERVICIO Y MANTENIMIENTO Y/O SALVADOR LULE BARRERA con domicilio en ESTRONCIO No.30, COL. SAN JUAN CERRO C.P.09850 y a quien en lo sucesivo se denominara patron y por otra el c. CRUZ IZQUIERDO FERNANDO a quien se llamara trabajador de acuerdo con las siguientes:
C L A U S U L A S
PRIMERA. declaran los contratantes tener la debida capacidad para celebrar el contrato y no sufrir vicio del consentimiento.
SEGUNDA. por sus generales manifiestan:
PATRON:
Nombre: | Lule Barrera Salvador. |
Nacionalidad: | Mexicana |
Edad: | 61 años |
Sexo: | Masculino |
Estado Civil: | Casado |
Domicilio: | estroncio no.30, col. san juan cerro , iztapalapa 09830 |
TRABAJADOR:
Nombre: | Cruz Izquierdo Fernando |
Nacionalidad: | Mexicana |
Fecha/Nacimien. | 30 de mayo de 1962 |
Edad: | 53 años |
Sexo: | Masculino |
Estado Civil: | Casado |
Domicilio: | Cocodrilo 73, Edif. 3-a depto 204, los olivos, tlahuac 13210 |
TERCERA. la duracion del contrato es por obra determinada consistente en:
** 90 DIAS **
CUARTA. terminada la obra detallada se terminara el contrato sin responsabilidad para ninguno de los contratantes.
QUINTA. no subsistiran las causas que le dieron origen, ni la materia del mismo por lo que no se prorrogara por ningun motivo.
SEXTA. la categoria que tendra en la compañía sera de: MECANICO TORNERO.
SEPTIMA. las labores que realizara el trabajador consistiran en todas las inherentes a su categoria y enunciadamente son:
- Fabricante de piezas para maquinaria en general
- Manteminiento en General.
OCTAVA. el tiempo de la jornada de trabajo sera de 48 horas a la semana. para descansar disfrutaran de un periodo de 150 minutos semanales para tomar alimentos que no se computaran como tiempo efectivo.
NOVENA. el salario que percibira el trabajador sera de $ 171.43 (son ciento setenta y un pesos 43/100 m.n.) incluyendo en esta cantidad la parte proporcional del septimo dia, el que sera pagado los dias sabados en moneda de curso legal en el domicilio del patron ubicado en ESTRONCIO No.30, COL. SAN JUAN CERRO, IZTAPALAPA 09830. dentro de la jornada de trabajo.
DECIMA. el lugar de prestacion de servicios sera en cuaquiera que designe el patron, pudiendo cambiarlo.
DECIMA PRIMERA. los dias de descanso seran: 1º. de Enero, 5 de Febrero, 21 de Marzo, 1º de Mayo, 16 de Septiembre, 20 de Noviembre, 1º. de Diciembre de cada seis años cuando corresponda transmision de poder y 25 de Diciembre.
...