PROGRAMA ADMINISTRACIÓN EN SALUD OCUPACIONAL
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ACTIVIDAD 9
ANDRES CAMILO SALAMANCA VIASUS.
ID: 463455
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS
PROGRAMA ADMINISTRACIÓN EN SALUD OCUPACIONAL
BOGOTÁ
2016
ACTIVIDAD 9
ANDRES CAMILO SALAMANCA VIASUS.
ID: 463455
LEGISLACION LABORAL
TUTOR: JAIRO EDUARDO MOLINA SANCHEZ
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS
PROGRAMA ADMINISTRACIÓN EN SALUD OCUPACIONAL
BOGOTÁ
2016
CONTENIDO
1. INTRODUCCION 4
2. OBJETIVOS 5
2.1. Objetivo General 5
2.2. Objetivos específicos. 5
3. CASO PRACTICO 6
4. CONCLUSIONES 9
5. BIBLIOGRAFIA 10
1. INTRODUCCION
El trabajo suplementario u horas extras, como también se le conoce, hace referencia a las horas de trabajo adicionales la jornada laboral establecida o pactada entre las dos partes, trabajador y empleador.
Los artículos 168 y 179 de código sustantivo del Trabajo, hacen referencia a la liquidación de horas extras trabajadas y horas extras dominicales trabajadas por lo cual se debe establecer el tiempo que se labora por parte de un trabajador y dar respuesta a una de sus inquietudes con respecto a los que recibirá por sus labores realizadas.
A continuación se hará la liquidación de las horas extras o trabajo suplementario realizado por un trabajador, para determinar cuál es el procedimiento adecuado y aplicarlo correctamente.
2. OBJETIVOS
2.1. Objetivo General
Desarrollar el siguiente caso, determinando pormenorizadamente el número de horas laboradas, teniendo en cuenta ¿Cuántas son diurnas, cuántas extras diurnas, cuántas extras nocturnas y cuántas nocturnas, dominicales o festivas?
2.2. Objetivos específicos.
• Revisar el material propuesto por el tutor.
• Dar solución al caso propuesto.
3. CASO PRACTICO
Se debe desarrollar el siguiente caso, determinando pormenorizadamente el número de horas laboradas, teniendo en cuenta ¿Cuántas son diurnas, cuántas extras diurnas, cuántas extras nocturnas y cuántas nocturnas, dominicales o festivas?
Juan Ortiz ingresó a laborar el 15 de enero de este año en una empresa de flores, devengando un salario mensual de $800.000.
La jornada laboral ordinaria es de lunes a sábado de 6am a 2pm en jornada continua. No obstante, en la segunda quincena del mes de febrero ante las necesidades de la empresa laboró adicional a su jornada ordinaria:
Un jueves de 3:00 p.m. a 12:00 p.m
Un domingo de 8:00 a.m. a 8:00 p.m., con una hora de almuerzo
Un lunes de 3:00 pm a 5pm.
El trabajador requiere saber cuánto debe recibir por estos conceptos y si se les están respetando sus derechos como trabajador. Realice la liquidación, de acuerdo con lo anteriormente expuesto y justifique su respuesta.
DIA JUEVES DOMINGO LUNES
HORAS DIURNAS 7 2
HORAS NOCTURNAS 2
HORAS DOMINICALES DIURNAS 11
HORAS LABORADAS 9 11 2
% hora extra diurna % hora
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