Parentesco
Enviado por yanethvargasc • 9 de Abril de 2013 • 977 Palabras (4 Páginas) • 340 Visitas
ÓRGANO DE FISCALIZACION SUPERIOR DEL CONGRESO DEL ESTADO
“ACTOS PROHIBIDOS PARA SERVIDORES PÚBLICOS RELACIONADOS CON
SUS FAMILIARES”
INTRODUCCIÓN
Como resultado de la dinámica legislativa, el 10 de mayo de 2005, fue publicada en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato la Ley de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios.
El objeto de dicha Ley consiste en regular las disposiciones constitucionales en materia de
responsabilidades administrativas de los servidores públicos, concretamente, en los
artículos 11 y 12 de dicha norma, quedaron establecidas una serie de obligaciones y
prohibiciones para los servidores públicos del Estado y los Municipios de Guanajuato.
Así pues, el Órgano de Fiscalización Superior, a fin de facilitar la comprensión de las
obligaciones y prohibiciones para los servidores públicos contenidas en los artículos 11
fracción VIII y 12 fracciones III, IV y VI de la Ley de Responsabilidades de los Servidores
Públicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios, presenta un breve trabajo sobre el
concepto y tipos de parentesco, así como una grafica sobre los grados del mismo.
EL PARENTESCO
1.- CONCEPTO: Vínculo jurídico entre dos personas en razón de la consanguinidad, del
matrimonio o de la adopción.
2.- CLASES: Consanguíneo.- Relación jurídica entre personas que descienden unas de
otras o de un tronco común. Afinidad.- Relación jurídica entre una persona y los parientes
de su cónyuge. Civil.- Relación jurídica entre adoptante y adoptado.
3.- GRADO: Cada generación que separa a un pariente de otro.
4.- LÍNEA: Sucesión de grados.
5.- CLASES DE LÍNEAS: Recta.- Ascendente o descendente; relación jurídica entre
personas que descienden unas de otras, sin limitación de grado. Colateral o trasversal.-
Relación jurídica entre personas que descienden de un progenitor común, hasta el cuarto
grado. Paterna o materna.
6.- PARENTESCO POR AFINIDAD: Se adquiere por el matrimonio, y se da entre los
parientes consanguíneos del esposo con la esposa y entre los parientes consanguíneos de
ésta con su cónyuge. El grado de parentesco es idéntico al que tiene el otro cónyuge, es
decir, los padres de un cónyuge son padres por afinidad del otro, de igual manera, los
hermanos, tíos, etc.
7.- FORMA DE CONTAR LOS GRADOS DE PARENTESCO: Se cuenta el número de
personas que forman la línea y se suprime al progenitor común; así, en línea recta entre el
abuelo y el nieto existen tres personas: abuelo, padre y nieto, de modo que el grado de
parentesco entre ellos es el segundo. Para contar el parentesco en línea colateral o
transversal, se inicia por el extremo de una de ellas, se sube hasta el progenitor común, y se
baja hasta el otro pariente por la línea correspondiente, de tal manera, entre dos hermanos el
grado de parentesco es el segundo o, entre tío y sobrino, el grado de parentesco es el
tercero, de igual manera que en el parentesco en línea recta, se suprime al progenitor comun
GRAFICA SOBRE EL PARENTESCO:
Concepto y definición de parentesco.
En general,
...