Pasos Y Oreguntas Frecuentas
Enviado por SAZULJM • 20 de Febrero de 2014 • 1.016 Palabras (5 Páginas) • 263 Visitas
4/05/12: Preguntas Frecuentes sobre la Ley 29849 que establece la eliminación progresiva del régimen CAS
La Ley 29849 establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 (Contratación Administrativa de Servicios - CAS) y otorga derechos laborales. A continuación un listado de preguntas frecuentes sobre la nueva normativa y su relación con las anteriores disposiciones legales del CAS.
1. ¿Desde cuándo está vigente la Ley Nº 29849?
De acuerdo al artículo 109º de la Constitución Política del Perú, toda ley entra en vigencia desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial. En ese sentido, la Ley Nº 29849 es vigente desde el sábado 07 de abril de 2012.
2. ¿La vigencia de la Ley Nº 29849 depende de la publicación de su Reglamento?
No, debido a que se trata de una norma autoaplicativa la vigencia de la misma es inmediata e incondicionada.
3. Si un trabajador CAS cumplió un año de servicios antes del 07 de abril de 2012 ¿tiene derecho a los 30 días de descanso físico?
No, correspondería otorgarle 15 días de descanso físico, dado que la aplicación de la norma no es retroactiva, por lo cual sería de aplicación la norma vigente cuando se generó el derecho, es decir el Artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1057.
4. ¿Qué trabajadores tienen derecho al descanso físico de 30 días?
Los trabajadores que cumplan un año completo de servicios ininterrumpidos a partir del 7 de abril de 2012 (fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 29849), tendrán derecho a 30 días de vacaciones.
Por ejemplo:
• Si un trabajador que ingresa a laborar el 01 de junio de 2011, y que labora ininterrumpidamente hasta el 01 de junio de 2012 tendrá derecho a 30 días de vacaciones.
• Si un trabajador cumple el año de trabajo el 06 de abril del 2012, tendría derecho a 15 días de vacaciones, dado que a la fecha en que generó las vacaciones aún no estaba vigente la Ley Nº 29849.
5. ¿A partir de qué fecha se otorgará el Aguinaldo por Fiestas Patrias y Navidad? y ¿Cuál es el monto?
Se otorgará este beneficio a partir del presente año, en los meses correspondientes a julio y diciembre del año 2012, salvo disposición distinta. El monto es establecido anualmente mediante la ley de presupuesto correspondiente a cada año. Para el presente año la Ley Nº 29812 ha fijado el monto por Aguinaldo en S/ 300.00.
6. ¿Cuáles son los requisitos para el otorgamiento del Aguinaldo por Fiestas Patrias y Navidad?
Cada año el Ministerio de Economía y Finanzas establece mediante un decreto supremo los requisitos que debe cumplir el personal activo para percibir este beneficio, siendo para este año los siguientes:
a) Haber estado laborando al día 30 del mes anterior en el que se otorga el beneficio, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790.
b) Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres (03) meses al día 30 del mes anterior al que deberá otorgarse el beneficio.
7. ¿Quiénes financian
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