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Penelogias


Enviado por   •  18 de Abril de 2013  •  461 Palabras (2 Páginas)  •  376 Visitas

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Penelogías http://www.taringa.net/posts/taringa/8330942/Signos-Para-Facebook.htmlhdbsdhhjdgjhdbnbschjdghdbjdbshjdbgshjydegjhdcbhjdbjhbjsbchcbhbcdhcbhfbchfbhfcbhfbcfhcbfhcbhfcbhfbchfbchfbchfcbhfcbhfcbhfbchfcbhfcbhfcbhfhfbchbfchcbhfcbhfcbhfcbhfbbbbbbbbbbbbbbbbbbbbbbbbbbbbjsdhbcjjjjjjjjjjjjdshhhhhhhhhddddddddddddAsí mismo “AMBAS PARTES” convienen que “EL PATRÓN” está facultado para cambiar el lugar de la prestación de servicios de “EL TRABAJADOR” en atención a la naturaleza de los mismos, sin que estas circunstancias puedan considerarse como modificadoras de las condiciones de trabajo, siempre que dicho cambio sea dentro del territorio nacional.

En este caso ''EL PATRÓN'' le comunicará con anticipación a “EL TRABAJADOR” el cambio de lugar de la prestación de servicios indicándole el nuevo asignado.

Para el caso que en el nuevo lugar de prestación de servicios que le fuera asignado variara el horario de labores, ''EL TRABAJADOR'' acepta dicha modalidad.

QUINTA.- DEL HORARIO.- “AMBAS PARTES” convienen que el horario para la prestación de servicios de “EL TRABAJADOR” los días _______________________, de las _______ a las _______ hrs. disfrutando de una hora intermedia para tomar sus alimentos y descansar fuera de las funciones del trabajo; así mismo sus días de descanso serán los días _______________________ de cada semana.

''EL TRABAJADOR'' únicamente podrá laborar tiempo extraordinario cuando ''EL PATRÓN” se lo indique y medie orden por escrito y, siempre y cuando dicho tiempo extraordinario no exceda de tres horas diarias ni de tres veces en una semana.

SEXTA.- DEL SALARIO.- “EL TRABAJADOR” percibirá como contraprestación de los servicios prestados, un salario diario de $_______________ mismo que le será cubierto en forma quincenal y del cual ''EL PATRÓN'' hará por cuenta de ''EL TRABAJADOR'' las deducciones legales correspondientes.

''EL TRABAJADOR'' deberá cada vez que le sea pagado su salario, extender a favor de ''EL PATRÓN'' el recibo correspondiente en los documentos que el mismo le presente para tales fines.

SÉPTIMA.- DEL LUGAR DE PAGO.- ''EL TRABAJADOR'' recibirá el pago de su salario en depósito bancario, cheque o giro telegráfico.

OCTAVA.- DE LA CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO.- “EL PATRÓN” se obliga a otorgar al “EL TRABAJADOR” la capacitación y adiestramiento de acuerdo a los planes que se registren para tal efecto.

NOVENA.- DEL PERIODO VACACIONAL.- ''EL TRABAJADOR'' tendrá derecho a disfrutar de un período anual de vacaciones según lo establecido en el artículo 76 de la Ley

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