“Pensiones alimenticias en caso de divorcio en municipio de Tecámac
Enviado por angelbaez • 1 de Abril de 2016 • Documentos de Investigación • 39.233 Palabras (157 Páginas) • 260 Visitas
Universidad Privada del Estado de México
Campus Tecámac
“Pensiones alimenticias en caso de divorcio en municipio de Tecámac
en el año 2016”
Métodos y Técnicas de Investigación
Por:
Angel Félix Baez Fabián
Invierno de 2016
[pic 1]
Tema:
Derecho Familiar pensiones alimenticias.
Delimitación del tema:
1.Pensiones alimenticias, en caso de divorcio.
2.Estado De México, Tecámac
3.Invierno 2016
Titulo:
“Pensiones alimenticias en caso de divorcio”
Planteamiento del problema:
Vgr. ¿Porque es tan importante saber los lineamientos y cláusulas de las pensiones alimenticias en caso de divorcio?
Hipótesis:
Es necesario que los individuos estén enterados de las cláusulas que establece la ley mediante este proceso de conformidad.
Justificación.
El presente trabajo de investigación lleva por título “Pensiones alimenticias en caso de divorcio”, es necesario que cada una de las personas sepan los lineamientos, clausulas y sanciones que establece la ley del Estado de México sobre cómo y en que se basan para hacer accionar estas leyes , aclarar las dudas de cómo y cada cuando se tienen que dar ciertos pagos y requerimientos para el beneficio del menor ,como se divide el tiempo de convivencia de él/o los niños , que pasaría si se dejara de dar una pensión y si el demandado se encuentra sin trabajo , Durante este proceso de común acuerdo vamos a investigar todas las dudas y preguntas que necesitan las personas para tener un amplio conocimiento sobre el tema . Esta investigación servirá para que se lleve de la manera más confortable y armónica posible en el beneficio de la estabilidad emocional y económica de él/o los niños, además de que me va ayudar a tener conocimientos sobre el tema en la materia, este proyecto de investigación es para la evaluación del primer cuatrimestre del cual espero tener una muy buena calificación, pero algo en lo particular que considero igual o de mayor importancia tener conocimientos sobre como es el proceso y los pasos a seguir para un buen trabajo de investigación y me pueda ayudar para toda mi vida y en mi carrera como licenciado en Derecho esta investigación que creo que tendrá un inversión monetaria de unos mil pesos y que va hacer realizada en el municipio de Tecámac del estado de México con ayuda de la constitución política mexicana, la biblioteca de la universidad , libros, revistas y documentales relacionados al tema, para la aclaración de la información realizada para todas las personas de este municipio que se encuentren en similitud a este proceso y para quien desee leerlo pueda tener una idea clara sobre cómo no caer en irregularidades de cláusulas o sentencias que puedan empeorar este procesos de pensiones alimenticias, esta investigación será realizada en invierno del 2016 y durara aproximadamente un cuatrimestre con la ayuda de mi profesor. Lic. Antonio Quiroz Hernández en el cual vamos estar trabajando clases tras clase y durante todas las semanas hasta cumplir estos cuatro meses con todo mi esfuerzo y dedicación para poder ser uno de los trabajos mejores reconocidos por mi queridísimo y estimadísimo profesor Antonio Quirós Hernández.
Marco conceptual
- Acuerdo.
- (D.Pr.)
El art. 244 L.O.P.J. ha venido a dar un significado preciso a la resolución que denomina acuerdo, que al menos en cuanto a uno de sus posibles objetos (resoluciones sobre asuntos gubernativos de jueces, presidentes, salas de gobierno y tribunales no constituidos en sala de justicia) carece claramente de carácter jurisdiccional.
Pero el acuerdo es también la forma que han de adoptar los actos del juez o del presidente (de la sala) mediante los que se ejercita la potestad disciplinaría por responsabilidades de esa naturaleza contraídas en la realización de un proceso (art. 244.2 en relación con el 190 y ss. y con el 448 y ss. L.O.P.J.). Tampoco estas resoluciones son jurisdiccionales (la previsión de un recurso de alzada ante la Sala de Gobierno, que no es órgano jurisdiccional -arts. 194.2 y 452 L.O.P.J.-, lleva incluso a pensar que cabe un posterior recurso contencioso-administrativo -contra esta conclusión, sin embargo, la S.T.C. 110/1990, 18 de junio-), ni procesales, porque no afectan a la situación jurídico procesal de las partes, pero presentan una mayor conexión con el proceso, a diferencia de los acuerdos en asuntos gubernativos.
(Villegas, 2010; Velasco, 2007)
- ACUERDO Resolución o disposición sobre asuntos generales o particulares, emitido por autoridad universitaria o administrativa competente (Eduardo Gasca Pliego, 2010)
- Acuerdo
Derecho administrativo
Doctrina
El acuerdo hace referencia a la terminación, decisión u orden de autoridad. En derecho administrativo es una resolución unilateral, decisión de carácter ejecutivo unipersonal, pluripersonal o un acto de naturaleza reglamentaria. (Rojas, 2003)
2. Juez.
- (D. Pr.)
Persona que constituye una categoría (la inferior) dentro de la Carrera judicial, junto a la de Magistrado y Magistrado del Tribunal Supremo, y, como regla general, es titulares de un órgano unipersonal (art. 299 de la L.O.P.J.).
En el ejercicio de su función, los jueces actúan con desinterés objetivo respecto a los asuntos que se les planteen y han de ser imparciales e independientes. Así mismo los jueces deben ser también inamovibles (V. independencia; imparcialidad; inamovilidad).
A la hora de juzgar, los jueces solo están sometidos al imperio de la ley y el derecho, lo que significa que para determinar si se otorga o no la tutela pedida, deben proceder ateniéndose a las normas del Derecho objetivo.
Así mismo son responsables en el ejercicio de su función, pudiendo incurrir, en determinados casos, en responsabilidad disciplinaria, civil y penal (V. arts. 112 y 127 de la Constitución y 12 a 16 de la L.O.P.J.).
...