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Plan De Venefiios


Enviado por   •  3 de Julio de 2013  •  3.647 Palabras (15 Páginas)  •  245 Visitas

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“INSTITUTO TECNOLÒGIAS SUDAMERICANO”

ESCUELA DE MERCADEO Y COMERCIO ELECTRÓNICO

REALIZADO:

JOHANA JARAMA

TATIANA JIMENEZ

PAÚL QUEZADA RUIZ

TEMA:

PLAN DE BENEFICIOS SOCIALES Y JUBILACIÒN.

DIRIGIDO POR:

ING. MARCO MOSCOSO

PARALELO:

CUARTO “A”

CUENCA-ECUADOR

QUIENES SOMOS…

Somos una empresa de televisión pagada, con doce años de permanencia en la industria del entretenimiento y diversión, estamos posicionados como el PRIMER CABLE OPERADOR del país, operando bajo un sistema de tecnología inalámbrico denominado MMDS (Sistema de distribución Multipunto, multicanal) llevando a los hogares de los televidentes un selecto contenido de programación a los precios más convenientes del mercado ecuatoriano

Los accionistas de UNIVISA S.A. son El Universo, el mayor diario del País, y Ecuavisa, la cadena de televisión abierta más grande del Ecuador.

Misión

Lograr la satisfacción del cliente, mediante el otorgamiento de los mejores servicios de información y entretenimiento, con un recurso humano calificado, con sistemas eficientes y tecnología de punta, cumpliendo altos estándares de calidad, creando valor para los accionistas, sus colaboradores y la sociedad.

Valores

Lealtad, Responsabilidad, Liderazgo, Compromiso, Confianza, Honestidad y Humanismo.

"Los buenos valores en el ser humano es lo único que lo distingue de las multitudes y que por siempre lo hará brillar"

Alcance

Esta política y plan tienen su alcance a nivel nacional que deberán observar el personal de Univisa TelefonicaLink para cumplir el objetivo planteado.

Definiciones generales

Sueldo Base: Es el sueldo que cada colaborador percibe de acuerdo a su contrato, NO incluye remuneraciones adicionales, ni comisiones.

INTRODUCCION

Toda organización grande o pequeña, según seas sus necesidades y sus actividades debe contar con un PLAN DE BENEFICIOS SOCIALES Y UN PLAN DE JUBILACION, o como le llamaremos FONDO DE JUBILACION, mismos que sean estructurados y manejados desde el área de recursos humanos, a fin de encaminar a sus trabajadores y empleados a un mejor estado de vida tanto en su empresa como en su vida.

No solo pensando en el presente sino con miras hacia un futuro digno, en reciprocidad de los años de servicio que han entregado en la empresa sus trabajadores, mismos que han dejado sus familias por desempeñarse de la mejor manera.

1.- TITULO:

“PLAN DE BENEFICIOS SOCIALES PARA LA EMPRESA UNIVISA TELEFONICALINK S.A.” SUCURSAL CUENCA.

2.- PROBLEMA Y JUSTIFICACIÒN

2.1. DEFINICIÒN DEL PROBLEMA

Entre las principales problemáticas que se dan en la empresa UNIVISA TELEFONICALINK S.A., de manera en especial en la sucursal de Cuenca es la falta de socialización de un plan de beneficios sociales y jubilación, claro y bien estructurado, considerando que la gran parte de beneficios son para empleados y trabajadores de las ciudades de Guayaquil y Quito. Tomando en cuenta que dicho plan debería ser más práctico, de igual manera el fondo de jubilación ser creado. Así se evitaría malestar interno entre sus colaboradores con una mejor armonía laboral entre todas las sucursales, así, representaría una mano de obra más comprometida en un entorno armónico de todos quienes forman la empresa.

2.2. JUSTIFICACION

El entorno va cambiando y a su vez las empresas también, es así que las compañías necesitan dedicar mayor tiempo y espacio a sus colaboradores, con el fin de cumplir sus objetivos y mantener a su personal alegre, tranquilo, activo y siempre comprometido para con la misma.

3.- OBJETIVOS

3.1. OBJETIVO GENERAL

 Mantener al personal que labora en la empresa UNIVISA TELEFONICALINK S.A. mas inmerso en la misma, para que ello retribuya en pro de la empresa, cumpliendo así sus metas planteadas.

3.2. OBJETIVOS ESPECÌFICOS

 Elaborar un Plan de Beneficios Sociales más práctico y accesible para sus colaboradores.

 Incrementar en dicho Plan de Beneficios un fondo de jubilación, tomando en cuenta que nunca ha existido, siendo muy innovador y novedoso para sus colaboradores.

 Socializar a través del departamento de Recursos Humanos a toda su plantilla laboral, sobre los beneficios de dicho Plan de Beneficios.

 Normalizar el Plan de Beneficios, de modo que todos o la gran mayoría de quienes deseen dicha propuesta se acojan a la misma, según se establezca la normativa institucional.

4.- MARCO TEÒRICO

AMBITO LEGAL

CÒDIGO DE TRABAJO

CAPÍTULO XI

DEL FONDO DE RESERVA, DE SU DISPONIBILIDAD Y DE LA JUBILACIÓN

PARÁGRAFO 3RO.

DE LA JUBILACIÓN

Art. 219.- (Reformado por el Art. 189 del Decreto Ley 2000-1, R.O. 144-S, 18-VIII-2000).- Jubilación a cargo de empleadores.- Los trabajadores que por veinticinco años o más hubieren prestado servicios, continuada o interrumpidamente, tendrán derecho a ser jubilados por sus empleadores de acuerdo con las siguientes reglas:

1a.- La pensión se determinará siguiendo las normas fijadas por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social para la jubilación de sus afiliados, respecto de los coeficientes, tiempo de servicios y edad, normas contempladas en los estatutos vigentes al 17 de noviembre de 1938.

Se considerará como "haber individual de jubilación" el formado por las siguientes partidas:

a) por el fondo de reserva a que tenga derecho el trabajador;(ojo)

b) por una suma equivalente al cinco por ciento del promedio de la remuneración anual percibida en los cinco últimos años, multiplicada por los años de servicio; y,

c) por una suma equivalente al valor de una mensualidad del sueldo o salario por cada año de servicio, computado de conformidad con los artículos 205 y 206;

Art. 220.- Caso de fallecimiento de un trabajador en goce de pensión jubilar.- Si falleciere un trabajador que se halle en goce de pensión jubilar, sus herederos tendrán derecho a recibir durante un año, una pensión igual a la que percibía el causahabiente, de acuerdo con las "Disposiciones Comunes" relativas a las indemnizaciones por "Riesgos del Trabajo".

Art. 221.- Habilitación de tiempo de servicios.- Los afiliados al régimen del Seguro Social que habilitaren tiempo de servicios anteriores a la fundación de las Cajas, no tendrán, por dicho tiempo, derecho a computar los beneficios establecidos en el artículo 219 de este Código.

Art. 222.-

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