Poder Legislativo
Enviado por yely_karo • 13 de Junio de 2013 • 1.689 Palabras (7 Páginas) • 209 Visitas
Índice
Pág.
Introducción
Poder Legislativo…..……………………………………………………………...…04
El poder Legislativo en Venezuela…………………………………………………..04
Asamblea Nacional…………………………………………………………………..04
• Competencia de la Asamblea Nacional……………………………………...05
• Condiciones para ser elegido o elegida Diputados o diputadas……………..07
• No podrán ser elegidos o elegidas diputado o diputada a la
Asamblea Nacional………………………………………………………..…07
• Organización de la Asamblea Nacional………………………………….......09
• Comisiones ...………………………………………………………………..09
Anexos
Conclusión
Bibliografía
Introducción
Actualmente la República Bolivariana de Venezuela está constituida por cinco poderes que sirven de marco jurídico-político a su organización y funcionamiento. Uno de ellos es el Poder Legislativo.
El poder Legislativo es ejercido por la Asamblea Nacional, anteriormente llamado Congreso Nacional, conformado por diputados elegidos en cada entidad federal, según una base poblacional total del país. Además, cada entidad podrá elegir a tres diputados, así como los pueblos indígenas tendrán derecho a elegir a tres representantes a la Asamblea Nacional.
Esta Asamblea sólo estará conformada por una cámara, a diferencia del pasado Congreso Nacional.
Tiene a su cargo el ejercicio del poder legislativo que se entiende como la rama del poder público a la que compete la función de sancionar las leyes.
De acuerdo a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela podemos encontrar artículos relacionados a este tema, la cual menciona cada uno de los pasos para formar parte de la Asamblea Nacional.
Poder Legislativo
El poder legislativo por definición, el poder que hace las leyes, facultad que implica la posibilidad de regular, en nombre del pueblo, los derechos y las obligaciones de sus habitantes, en consonancia con las disposiciones constitucionales. Para ejercer dicha facultad está investida de una incuestionable autoridad que le otorga la representación de la voluntad.
El Poder Legislativo en Venezuela
El Poder Legislativo en los Estados Constitucionales como el venezolano, la función Legislativa se encuentra bajo la responsabilidad del órgano legislativo denominado Asamblea Nacional, ese es el nombre que la Constitución le da. Sin embargo en la mayoría de los países latinoamericanos y en los Estados Unidos de Norteamérica se denomina Congreso, como se llamó por muchos años a dicho órgano acá en Venezuela. En otros países como Francia, Inglaterra e Italia se le llama Parlamento.
El Poder Legislativo está compuesto por una cámara en la Asamblea Nacional; representada por diputados y diputadas representantes de los estados y pueblos indígenas de la República; en los estados representa este poder el Consejo Legislativo.
Asamblea Nacional
El Poder Legislativo como todo órgano integrante del Estado tiene una serie de atribuciones, para ser más específico 24 facultades, sin perjuicio de que se puedan agregar otras que señalen la Constitución o la Ley, que se encuentran en el Título V, Referido al Poder Legislativo Nacional, artículo 187 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV).
El Poder Legislativo es unicameral y reside en la Asamblea Nacional, siendo la encargada de la formación, discusión y sanción de las leyes federales, además de las que rigen en el Distrito Capital, las Dependencias y los Territorios Federales. Además le está encargado de las sanciones de este país. Se compone actualmente de 167 diputados que sirven por cinco años y pueden ser reelegidos de acuerdo con la Enmienda Nº 1 de la Constitución Nacional. El número de diputados puede variar según el aumento de la población.
Artículo 186
La Asamblea Nacional estará integrada por diputados y diputadas elegidos o elegidas en cada entidad federal por votación universal, directa, personalizada y secreta con representación proporcional, según una base poblacional del uno coma uno por ciento de la población total del país.
Competencia de la Asamblea Nacional.
Artículo 187
1. Legislar en las materias de la competencia nacional y sobre el funcionamiento de las distintas ramas del Poder Nacional.
2. Proponer enmiendas y reformas a esta Constitución, en los términos establecidos en ésta.
3. Ejercer funciones de control sobre el Gobierno y la Administración Pública Nacional, en los términos consagrados en esta Constitución y en la ley. Los elementos comprobatorios obtenidos en el ejercicio de esta función, tendrán valor probatorio, en las condiciones que la ley establezca.
4. Organizar y promover la participación ciudadana en los asuntos de su competencia.
5. Decretar amnistías.
6. Discutir y aprobar el presupuesto nacional y todo proyecto de ley concerniente al régimen tributario y al crédito público.
7. Autorizar los créditos adicionales al presupuesto.
8. Aprobar las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la Nación, que serán presentadas por el Ejecutivo Nacional en el transcurso del tercer trimestre del primer año de cada período constitucional.
9. Autorizar al Ejecutivo Nacional para celebrar contratos de interés nacional, en los casos establecidos en la ley. Autorizar los contratos de interés público municipal, estadal o nacional con Estados o entidades oficiales extranjeros o con sociedades no domiciliadas en Venezuela.
10. Dar voto de censura al Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva y a los Ministros o Ministras. La moción de censura sólo podrá ser discutida dos días después de presentada a la Asamblea, la cual podrá decidir, por las tres quintas partes de los diputados o diputadas, que el voto de censura implica la destitución del Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva o del Ministro o Ministra.
11. Autorizar el empleo de misiones militares venezolanas en el exterior o extranjeras en el país
12. Autorizar al Ejecutivo Nacional para enajenar bienes inmuebles del dominio privado de la Nación, con las excepciones
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