Policivo Propiedad Perturbacion De La Posesion
Enviado por darren27 • 19 de Mayo de 2014 • 1.120 Palabras (5 Páginas) • 583 Visitas
DERECHO DE PROPIEDAD
Es el mismo derecho de dominio pero en la inspección de policía se discute la posesión o la tenencia
CONCEPTO DEL DERECHO DE PROPIEDAD:
Art 122: La policía no puede limitar el ejercicio del derecho a la propiedad sino por vía de seguridad, salubridad, y estética pública.
Ejemplo que por salubridad la personan no se puede negar a que entren a su casa por la policía para ese fin.
Art 123: Los monumentos históricos y los lugares de interés general serán protegidos por la policía si las limitaciones establecidas para las demás propiedades.
PERTURBACION DE LA POSESION O LA MERA TENENCIA
La policía solo puede intervenir para evitar que se perturbe el derecho de posesión o de mera tenencia que alguien tenga sobre un bien y para reestablecer y preservar un bien y para preservar la situación que exista en el momento que se produjo la perturbación. ( embarazo del bien)
Traer un proceso o una querella ante la inspección de policía, la contestación y la decisión. (Tres personas y cada persona debe sustentar cada una) y la denuncia por la pérdida de un documento.
CARACTERISTICAS DE LOS PROCESOS POR PERTURBACION
1) En estos procesos no se controvierte el derecho de dominio ni se consideran las pruebas que se exhiban para acreditarlo. ( minuto 16 ejemplo)
2) Las medidas de policía para proteger la posesión y la mera tenencia de los bienes se mantendrán ( el estatus quo) mientras el juez no decida otra cosa
3) El amparar el servicio de servidumbre, el jefe de policía tendrán en cuenta los preceptos del código civil, la protección es tanto para el tenedor como para el poseedor ( no dice si es de mala fe o de buena fe, es para la protección para todos por igual)
Art 130 VIGILANCIA SOBRE AGUA DE USO PÚBLICO
La policía velara por la conservación y la buena utilización de las aguas de uso público. Ejm: no lavar carros en las calles
Art 132 PRICIPIO DE CONFIANZA LEGÍTIMA
ACCION DE RESTITUCION
Cuando hay perturbación de la posesión instalan una querella para que la vuelvan a estado anterior. Cuando es perturbación a las aceres parques (bienes del estado se les perturba la posesión del espacio público, como vendedores ambulantes y estacionarios), la autoridad de policía, el alcalde, hace un proceso en la que se elabora una resolución para que se restituya el espacio público, esto una vez terminado el proceso y quede en firme la resolución tiene 30 días se hace el procedimiento a seguir
Nota. Principió de confianza legítima, que la gente y hasta las autoridades compran los productos de los vendedores ambulantes, o incluso dejan colgar de la luz, en este principio se basaron los vendedores ambulantes para que los reubicaran y los indemnizaran.
Características de la acción de restitución:
1) esta acción es restitutoria ( lo que es del estado)
2) la acción de restitución es indelegable ( solo la puede iniciar el alcalde)
3) la ejerce el alcalde municipal
4) procede solo tratándose de bienes de uso publico
ejemplo: si se hiciera para restituir parte de la alcaldía no se podría porque es un bien fiscal)
5) contra la resolución que la concede u ordena procede solo el recurso de reposición y de apelación ante el gobernador
( este recurso de apelación no tiene un asidero constitucional para decir que no puede hacer esto, porque la constitución manda dice los bienes de uso público son de todos, por tanto es inexequible).
CONTRAVENCIONES
Es una infracción a la norma de policía
Es una conducta antijurídica pero es considerada de menor gravedad y por tanto no es tipificada como un delito.
La diferencia entre contravención y delito, es que las contravenciones son reprimidas por criterios de utilidad social y normas de convivencia ciudadana.... normas de policía,
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