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Política educativa y legislación/trabajo docente


Enviado por   •  2 de Diciembre de 2020  •  Documentos de Investigación  •  731 Palabras (3 Páginas)  •  128 Visitas

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Clase Cuatro: Política educativa y legislación/trabajo docente

Continuamos

¡Hola a todos! Espero que hayan tenido una muy buena tanda de finales y que en estos días estén reencontrándose con la materia. En esta oportunidad, vamos a tener dos textos que son distintos entre sí e implican distintas complejidades de lectura.

El primer texto, es un análisis de trabajo de la UNESCO que aborda la Educación como un bien público, se van a encontrar que este texto no tiene el formato explicativo y con un hilo conductor cómo las ponencias o capítulos de textos. Si no que presenta un lenguaje específico, una mirada un tanto economicista y planteamiento de posturas.

Toma cómo inicio de la discusión la declaración de los derechos humanos de Naciones Unidas donde considera a la educación como uno de ellos. Señala así mismo, que esta conceptualización en el campo educativo cambio con el paso del tiempo. Así mismo, sostiene “En este contexto, el presente artículo analiza la vigencia del concepto de bien público, anclado en teorías económicas, y cuestiona su potencial para contrarrestar los efectos de la privatización y la mercantilización de la educación.”

En este sentido, aquí aparecen las dos posturas que nosotros analizamos para el Estado, pero también desde la sociedad “Consecuentemente, el enfoque humanista de la educación está perdiendo terreno ante un discurso utilitarista y económico de miras estrechas que considera la educación más bien como un bien privado, como una mercancía. La conceptualización de la educación como bien público también se está viendo puesta en tela de juicio por la transformación del panorama educativo, caracterizado en particular por la participación cada vez mayor de actores no estatales, incluidos actores con ánimo de lucro, en lo que durante mucho tiempo se había considerado como un ámbito propio del Estado.”

Por esto, termina señalando que “El principio de la educación como bien público ya no es pertinente como principio normativo para sustentar ese enfoque de la educación humanista y holístico: no consigue tomar en consideración las dimensiones sociales, culturales y éticas de la educación, ni abarcar la redefinición de la función del Estado provocada por las transformaciones del panorama educativo.”

Y termina concluyendo, que el concepto de educación como bien común es más adaptable y fructífero en este contexto: “El concepto de bien común puede servir de principio de base de un planteamiento de la educación holístico y humanista, ya que permite que se tomen en cuenta las dimensiones sociales, culturales y éticas de la educación. Tomando como punto de partida una conceptualización utilitarista de la educación, reincorpora a la economía en su marco social y aborda la cuestión de la mercantilización de la educación. Asimismo, el concepto de bien común permite aprehender los cambios que inciden en el panorama educativo, al tomar en consideración estructuras de gobernanza y de provisión que implican no solo al Estado sino también a una amplia diversidad de agentes no estatales. Por último, el concepto de bien común, que abarca cuestiones éticas y políticas, proporciona un principio para replantear el propósito de la educación. De esta manera, representa una senda propicia para una mayor reflexión.”

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