Preguntas y respuestas sobre acoso laboral
Enviado por Johan Andres Benavides Galvis • 8 de Septiembre de 2017 • Tarea • 526 Palabras (3 Páginas) • 2.379 Visitas
- ¿Qué es el Comité de Convivencia Laboral?
Es una medida de prevención del Acoso Laboral, consistente en un grupo conformado por un número igual de representantes de los trabajadores y el empleador, diseñado para mediar en la resolución de problemas al interior del ambiente laboral.
- ¿Qué normativa regula la creación de los Comités de Convivencia Laboral?
La Resolución 652 de 2002, modificada por la Resolución 1356 de 2012.
- ¿Qué busca prevenir el Comité de Convivencia Laboral?
Los conflictos relacionados con el acoso laboral que sanciona la Ley 1010 de 2006.
- ¿Por cuántos miembros debe estar conformado el Comité de Convivencia Laboral del Colegio María Reina?
Mínimo, 2 por cada una de las partes.
- ¿El Comité de Convivencia Laboral puede conformarse por 2 representantes de los trabajadores y cinco de los empleadores?
No, el número puede ser mayor el establecido por Ley siempre que se acuerde entre las partes y que dicho número sea igual para cada una de ellas (las partes).
- ¿Qué es el Acoso Laboral?
Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo.
- ¿El ocultamiento de documentos necesarios para el ejercicio de las funciones constituye acoso laboral?
Sí, se conoce como Entorpecimiento Laboral.
- Enuncie tres modalidades de acoso laboral.
Maltrato laboral. Todo acto de violencia contra la integridad física o moral, la libertad física o sexual y los bienes de quien se desempeñe como empleado o trabajador; toda expresión verbal injuriosa o ultrajante que lesione la integridad moral o los derechos a la intimidad y al buen nombre de quienes participen en una relación de trabajo de tipo laboral o todo comportamiento tendiente a menoscabar la autoestima y la dignidad de quien participe en una relación de trabajo de tipo laboral.
Persecución laboral: toda conducta cuyas características de reiteración o evidente arbitrariedad permitan inferir el propósito de inducir la renuncia del empleado o trabajador, mediante la descalificación, la carga excesiva de trabajo y cambios permanentes de horario que puedan producir desmotivación laboral.
Discriminación laboral: todo trato diferenciado por razones de raza, género, edad, origen familiar o nacional, credo religioso, preferencia política o situación social que carezca de toda razonabilidad desde el punto de vista laboral.
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