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Premilitar


Enviado por   •  6 de Febrero de 2014  •  1.919 Palabras (8 Páginas)  •  2.933 Visitas

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Seguridad y defensa

Seguridad

La seguridad de la nación, es la situación estado o condición que se configura por medio de la garantía, goce y ejercicio efectivo de los derechos en los diversos ámbitos de la vida nacional: social, económico, cultural, político, militar, entre otros, por parte de la población la sociedad y demás entes que conforman el estado.

Clasificación de la seguridad

•Alimentaria: consistes en la disponibilidad de suficientes alimentos producidos en el país para garantizar la satisfacción por parte de los nacionales, así como el fácil acceso a los mismos por parte de los consumidores.

•Ciudadana: obligación que tiene el ejecutivo nacional de garantizar una efectiva protección a los ciudadanos, el cumplimiento de los derechos constitucionales y el mantenimiento del orden publico.

•Social: establecimiento de preceptos jurídicos que garantizan el acceso y obligatoriedad en la prestación de los servicios públicos básicos para la población, como lo son: el derecho a la salud, educación, salario justo, pensión por vejes, entre otros.

Organismos encargados de coordinar la seguridad y defensa nacional: Estructura y funciones

CODENA (Consejo de Defensa de la Nación)

Es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público en los asuntos relacionados con la defensa integral de la nación, su soberanía y la integridad de su espacio geográfico.

• Atribuciones

Artículo 38. El Consejo de Defensa de la Nación tendrá las siguientes atribuciones:

1. Asesorar al Poder Público en la elaboración de los planes de seguridad, desarrollo y defensa integral, en los diversos ámbitos de la vida nacional.

2. Formular la política de seguridad, en armonía con los intereses y objetivos de la Nación para garantizar los fines supremos del Estado.

3. Elaborar el concepto estratégico de la Nación, teniendo como base vinculante el contenido de los principios fundamentales consagrados en la Constitución y las leyes de la República, con un avance progresivo que atienda la coyuntura y en sintonía con los intereses nacionales.

4. Actualizar cuando se requiera el concepto estratégico de la Nación y sugerir lineamientos al Poder Público para la elaboración y ejecución de los planes que de él se deriven.

5. Constituir Comités de Trabajo Interinstitucionales y de Emergencia, los cuales estarán integrados por representantes de los distintos organismos involucrados en la problemática objeto de análisis y por otros expertos que se consideren necesarios. Las funciones de estos Comités serán establecidas en el Reglamento de esta Ley.

6. Fomentar la participación activa y permanente del Poder Público y de la sociedad, en los asuntos relacionados con la seguridad de la Nación.

7. Requerir de las personas naturales o jurídicas de carácter público y privado los datos, estadísticas e informaciones relacionados con la seguridad de la Nación, así como su necesario apoyo.

8. Asegurar que los sistemas de inteligencia, protección civil y demás organismos de seguridad ciudadana del Estado e instituciones afines, remitan los datos, informaciones y estadísticas relacionadas con la seguridad de la Nación.

9. Proponer al Presidente o Presidenta de la República intervenir aquellos órganos de seguridad del Estado, en cualquiera de sus niveles y espacios cuando las circunstancias lo ameriten.

10. Aprobar directivas para colaborar con la movilización y desmovilización total o parcial, en los diversos ámbitos.

11. Asegurar que los integrantes del Sistema de Protección Civil en sus diferentes niveles, programen y coordinen con el órgano respectivo, los recursos públicos y privados necesarios, a fin de prevenir, mitigar, dar respuestas y recuperar los daños ocasionados por eventos de origen natural, técnico y social, que obligatoriamente requieran del apoyo de las estructuras políticas, técnicas, sociales y económicas del Estado.

12. Fomentar la formación de equipos multidisciplinarios especializados en seguridad y defensa, del sector público y privado.

13. Dictar el reglamento para su organización y funcionamiento.

14. Otras que sean decididas en el seno del Consejo, al menos por las dos terceras partes de sus miembros permanentes.

• Estructura:

Artículo 35. El Consejo de Defensa de la Nación contará con miembros permanentes y miembros no permanentes. Son miembros permanentes el Presidente o Presidenta de la República, quien ejercerá la Presidencia; el Vicepresidente o Vicepresidenta Ejecutivo, el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional, el Presidente o Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, el Presidente o Presidenta del Consejo Moral Republicano, y los Ministros o Ministras de los sectores de la defensa, la seguridad interior, las relaciones exteriores, la planificación y el ambiente. Los miembros no permanentes son de libre nombramiento y remoción por parte del Presidente o Presidenta del Consejo, y su participación se considerará pertinente, cada vez que la problemática a consultar lo amerite. Los miembros no permanentes sólo tendrán derecho a voz y cumplirán las funciones que se les asignen en su nombramiento, mientras se encuentren en el ejercicio de sus actividades dentro del Consejo de Defensa de la Nación.

Institutos de altos estudios de la defensa. Estructura y funciones

EL Instituto de Altos Estudios de la Defensa Nacional (IAEDEN)

• HISTORIA

El Instituto del Altos Estudios de la defensa Nacional (IAEDEN), fue creado por Decreto Presidencial N°468 de fecha 9 de Diciembre de 1970, como un Instituto Superior, adscrito al Ministerio de la Defensa, para el estudio de los problemas relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional para la investigación y aprendizaje, al más alto nivel, en dicha materia en el país. Este Instituto propició la integración cívico-militar en un ambiente académico y dinámico, con el objeto de analizar, mediante la conformación de equipos multidisciplinarios, los cambios del entorno y los factores que intervienen en el desarrollo y conducción Estado a través del estudio y la investigación constante.

En el año 1988, se elabora el primer proyecto académico con el objeto de someterlo ante el Consejo Nacional de Universidades y así lograr la aspiración de otorgar el Título de Magíster Scientiarum en Seguridad y Defensa Nacional. Ante los cambios y ajustes de las Normativas

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