Prestacion De Servicios LIVA
Enviado por marikita_014 • 30 de Septiembre de 2013 • 1.655 Palabras (7 Páginas) • 643 Visitas
CAPÍTULO III
De la prestación de servicios
Artículo 14.- Para los efectos de esta Ley se considera prestación de servicios independientes:
I.- La prestación de obligaciones de hacer que realice una persona a favor de otra, cualquiera
que sea el acto que le dé origen y el nombre o clasificación que a dicho acto le den otras leyes.
II.- El transporte de personas o bienes.
III.- El seguro, el afianzamiento y el reafianzamiento.
Fracción reformada DOF 28-12-1994
IV.- El mandato, la comisión, la mediación, la agencia, la representación, la correduría, la
consignación y la distribución.
V.- La asistencia técnica y la transferencia de tecnología.
VI.- Toda otra obligación de dar, de no hacer o de permitir, asumida por una persona en
beneficio de otra, siempre que no esté considerada por esta Ley como enajenación o uso o goce
temporal de bienes.
No se considera prestación de servicios independientes la que se realiza de manera subordinada
mediante el pago de una remuneración, ni los servicios por los que se perciban ingresos que la Ley del
Impuesto sobre la Renta asimilen a dicha remuneración.
Se entenderá que la prestación de servicios independientes tiene la característica de personal, cuando se
trate de las actividades señaladas en este artículo que no tengan la naturaleza de actividad empresarial.
Párrafo adicionado DOF 30-12-1983
Artículo 15.- No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:
I.- Las comisiones y otras contraprestaciones que cubra el acreditado a su acreedor con motivo del
otorgamiento de créditos hipotecarios para la adquisición, ampliación, construcción o reparación
de bienes inmuebles destinados a casa habitación, salvo aquéllas que se originen conposterioridad a la autorización del citado crédito o que se deban pagar a terceros por el acreditado.
Fracción derogada DOF 31-12-1982. Adicionada DOF 28-12-1994
II.- Las comisiones que cobren las administradoras de fondos para el retiro o, en su caso, las
instituciones de crédito, a los trabajadores por la administración de sus recursos provenientes de
los sistemas de ahorro para el retiro y por los servicios relacionados con dicha administración, a
que se refieren la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y la Ley del Instituto de Seguridad
y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, así como las demás disposiciones derivadas
de éstas.
Fracción derogada DOF 31-12-1982. Adicionada DOF 15-05-1997
III.- Los prestados en forma gratuita, excepto cuando los beneficiarios sean los miembros, socios o
asociados de la persona moral que preste el servicio.
Fracción reformada DOF 30-12-1980
IV.- Los de enseñanza que preste la Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios y sus
organismos descentralizados, y los establecimientos de particulares que tengan autorización o
reconocimiento de validez oficial de estudios, en los términos de la Ley General de Educación,
así como los servicios educativos de nivel preescolar.
Fracción reformada DOF 28-12-1994
V.- El transporte público terrestre de personas, excepto por ferrocarril.
Fracción reformada DOF 30-12-1980, 26-12-1990
VI.- El transporte marítimo internacional de bienes prestado por personas residentes en el extranjero
sin establecimiento permanente en el país. En ningún caso será aplicable lo dispuesto en esta
fracción tratándose de los servicios de cabotaje en territorio nacional.
Fracción reformada DOF 30-12-1980, 28-12-1994
VII.- (Se deroga).
Fracción derogada DOF 30-12-1980
VIII.- (Se deroga).
Fracción derogada DOF 30-12-1980El aseguramiento contra riesgos agropecuarios, los seguros de crédito a la vivienda que cubran el
riesgo de incumplimiento de los deudores de créditos hipotecarios o con garantía fiduciaria para
la adquisición, ampliación, construcción o reparación de bienes inmuebles, destinados a casa
habitación, los seguros de garantía financiera que cubran el pago por incumplimiento de los
emisores de valores, títulos de crédito o documentos que sean objeto de oferta pública o de
intermediación en mercados de valores, siempre que los recursos provenientes de la colocación
de dichos valores, títulos de crédito o documentos, se utilicen para el financiamiento de créditos
hipotecarios o con garantía fiduciaria para la adquisición, ampliación, construcción o reparación
de bienes inmuebles destinados a casa habitación y los seguros de vida ya sea que cubran el
riesgo de muerte u otorguen rentas vitalicias o pensiones, así como las comisiones de agentes
que correspondan a los seguros citados.
Fracción reformada DOF 28-12-1994, 22-06-2006
X.- Por los que deriven intereses que:
Párrafo reformado DOF 21-11-1991
a) Deriven de operaciones en las que el enajenante, el prestador del servicio o quien conceda
el uso o goce temporal de bienes, proporcione financiamiento relacionado con actos o
actividades por los que no se esté obligado al pago de este impuesto o a los que se les
aplique la tasa del 0%.
b) Reciban o paguen las instituciones de crédito, las uniones de crédito, las sociedades
financieras de objeto limitado, las sociedades de ahorro y préstamo y las empresas de
factoraje financiero, en operaciones de financiamiento, para las que requieran de
autorización y por concepto de descuento en documentos pendientes de cobro; los que
reciban y paguen las sociedades financieras de objeto múltiple que para los efectos del
impuesto sobre la renta formen parte del sistema financiero, por el otorgamiento de crédito,
de factoraje financiero o descuento en documentos pendientes de cobro; los que reciban los
almacenes generales de depósito por créditos otorgados que hayan sido garantizados con
bonos de prenda; así como las comisiones de los agentes y corresponsales de las
instituciones de crédito por dichas operaciones.
Párrafo reformado DOF 28-12-1994, 29-12-1997, 18-07-2006No será aplicable lo dispuesto en el párrafo anterior, tratándose de créditos otorgados a
. contribuyentes que opten por pagar el impuesto en los términos del artículo 2o.-C de esta Ley, a
...