Prevención De Riesgos
Enviado por marcelapd • 6 de Junio de 2013 • 894 Palabras (4 Páginas) • 337 Visitas
Ley 16.744 publicada el 1º de febrero de 1968 (Chile).
Esta ley es un seguro social obligatorio contra los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Objetivos de la ley 16.744
• Prevenir: con el propósito de evitar que ocurra el accidente o se contraiga la enfermedad profesional.
• Otorgar atención medica: para restituir al trabajador en lo posible, toda su capacidad de trabajo.
• Otorgar prestaciones economicas: para reparar la pérdida de la capacidad de ganancia del trabajador y sus derecho-habientes.
• Rehabilitar: al trabajador para devolver en todo o en parte sus capacidades de ganancia.
• Reeducar: al afectado para darle posibilidades de desempeñar un nuevo oficio o profesión, considerando su capacidad residual de trabajo.
Contingencias cubiertas por la ley 16.744
1. Accidentes del trabajo segun la ley 16.744
Definición: es toda lesión que sufra una persona a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte. la denuncia del accidente se hace mediante un documento llamado declaración individual de accidente del trabajo (DIAT).
Son también considerados accidentes del trabajo:
• Los accidentes de dirigentes sindicales a causa de su cometido gremial.
• Trabajador enviado al extranjero en caso de sismos o catástrofes.
• Trabajador enviado por la empresa a cursos de capacitación.
Excepciones:
• Los accidentes causados por fuerza mayor extraña y sin relación con el trabajo de la víctima.
• Los accidentes producidos intencionalmente por la victima.
2. Accidentes de trayecto segun la ley 16.744
Definición: son los accidentes ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso entre la habitación y el lugar de trabajo o viceversa.
el concepto “habitación” involucra el lugar donde el trabajador habita o pernocta para luego dirigirse a su trabajo y no necesariamente debe ser su domicilio o residencia habitual.
3. Enfermedades profesionales segun la ley 16.744
Definición:es la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
la denuncia de la enfermedad profesional se hace mediante un documento llamado denuncia de enfermedad profesional (DEP).
* Las enfermedades profesionales se encuentran enumeradas en el decreto supremo nº109, el cual fue modificado por el decreto supremo nº73 publicado en el diario oficial el 7 de marzo del 2007, incorporando nuevas patologías a la lista de enfermedades profesionales.
Las nuevas enfermedades laborales establecidas por ley 16.744 son:
1. Leptospirosis
2. Virus vih
3. Hepatitis virales b y c
4. Infección por hanta virus
5. Tendinitis
6. Fiebre q,
7. Artrosis secundaria de rodilla
8. Angiosarcoma hepático
9. Laringitis con disfonía
10. Nódulos laríngeos
11. Enfermedad por exposición aguda o crónica a altura geográfica
12. Enfermedad por descompresión inadecuada
13. Polineuritis
14. Trastornos hematológicos
15. Neurosis profesionales (depresión reactiva, trastorno de adaptación, trastorno de ansiedad y trastorno por somatización y por dolor crónico)
Personas protegidas por la ley 16.744
• Trabajadores por cuenta ajena: cualquiera sean las labores que ejecuten, o cualquiera sea la naturaleza de la empresa, institución, servicio o persona para quien trabaje. el trabajador por cuenta ajena es aquel cuyas relaciones laborales con la entidad empleadora se rigen por las disposiciones del código del trabajo.
• Funcionarios
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