Primera Audiencia
Enviado por lfaldana • 23 de Marzo de 2014 • 575 Palabras (3 Páginas) • 331 Visitas
Primera audiencia:
Buenos días, se da inicio a la presente audiencia, para ello hacemos la verificación de las partes procesales, por parte del Ministerio público la fiscal asignada Yenifer Oliva Sánchez, el sindicado Miguel Siliezar y la Licenciada de la defensa publica penal la licenciada Esmeralda Canel.
Antes de todo quiero preguntarle al sindicado si está de acuerdo con la defensa por parte de la Licenciada Canel de la defensa pública penal que se le ha asignado ya que si no está conforme tiene derecho a elegir un abogado de su confianza.
Señor Miguel Eduardo Siliezar por favor necesito que me responda las siguientes preguntas:
Nombre Completo
Fecha de Nacimiento (edad)
Estado civil
Nombre del cónyuge
Tiene hijos
Profesión u oficio
Domicilio
Lugar de trabajo
Señor Miguel Eduardo Siliezar le informo que usted tiene derecho a declarar o a no hacerlo y lo que usted decida no podrá ser utilizado en su perjuicio. Según el artículo 16 de la constitución política de la república y el artículo 15 del CPP ninguna persona está obligada a declarar contra sí misma. Además según el artículo 14 de la CPRG usted es inocente, mientras no se le haya declarado responsable judicialmente.
El sindicado, en su momento, tiene derecho a hablar con su defensor y consultar con él la actitud que desea asumir, si declarar o no.
En este momento se le concede la palabra a la Sra. Fiscal del Ministerio Publico Yenifer Oliva para que haga la intimación de los hechos.
Intimación MP (Yenifer)
Se le pregunta al sindicado Miguel Siliezar Lanuza si desea declarar.
En virtud de que no va a declarar no hay preguntas que hacer y se le da la palabra a la fiscal del MP para que argumente si el sindicado debe ser ligado a proceso.
En este momento tiene la palabra la abogada defensora Esmeralda Canel.
Resolviendo la presente audiencia en relación si se le liga o no a proceso al ahora sindicado Miguel Eduardo Siliezar Lanuza, considero que el MP no presento todos los medios de investigación por lo que el delito del ahora sindicado, solo encuadra en el delito de robo, comprendido en el código penal artículo 251. Por lo que se liga a proceso de conformidad con los artículos 11 bis, 320
Y 321 del código penal.
En virtud de que se liga a proceso se concede nuevamente la palabra al fiscal del MP para que argumente sobre la necesidad de medidas de coerción.
Se da la palabra al abogado defensor
Si se dicta auto de prisión preventiva: de conformidad con los artículos 11 bis, 259 y 260 del CPP
Y se ordena su internamiento en el centro preventivo de la zona 18.
Si se dicta auto de medidas sustitutivas: de conformidad con los artículos 11 bis, 259 y 260
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