Principales tratados Internacionales de los Derechos Humanos
Enviado por Khalyd • 22 de Abril de 2014 • Tesis • 2.773 Palabras (12 Páginas) • 425 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Universidad Experimental de la Seguridad
Discente:
Garzón Carlos
Caracas, 28 de febrero de 2011
1. Principales tratados Internacionales de los Derechos Humanos
Declaración Universal de Derechos Humanos.
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte.
Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer
Convención sobre los Derechos del Niño.
Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.
Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados.
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.
2. Normas del código de conducta para los funcionarios civiles o militares que cumplan funciones policiales en el ámbito Nacional, Estadal y Municipal.
Artículo 1. La presente Resolución tiene como objeto regir la conducta ética de los funcionarios civiles o militares que cumplan funciones policiales y vincular a los miembros de todos los cuerpos policiales en el compromiso del respeto y obediencia a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes y demás instrumentos normativos, en el ejercicio de sus funciones.
Artículo 2. La función policial constituye un servicio público de carácter civil de vital importancia en el Estado de derecho social, democrático y de justicia, cuyos valores primordiales son la ética en el ejercicio de sus funciones, el respeto a la dignidad y a los derechos humanos, el servicio permanente a la comunidad, la adecuación entre fines y medios como criterio de su actuación y la responsabilidad.
Son principios rectores de la conducta de los funcionarios civiles o militares que cumplan funciones policiales: la honestidad, equidad, decoro, lealtad institucional, vocación de servicio, disciplina, eficacia, responsabilidad, puntualidad, transparencia, pulcritud, solidaridad, paz, libertad, justicia, igualdad y respeto, con sometimiento pleno a la ley y al derecho.
Artículo 3. Todos los funcionarios civiles o militares que cumplan funciones policiales se comprometerán a:
a. Ejercer la función con absoluto respeto y cumpliendo los deberes que le impone la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes y demás instrumentos normativos tanto nacionales como internacionales.
b. Respetar y proteger la dignidad humana, así como mantener, defender y promover los derechos humanos sin discriminación por motivos de raza, sexo, religión, idioma, color, opinión política, origen nacional, posición económica o de cualquier otra índole.
c. Servir a la comunidad y proteger a todas las personas contra actos ilegales.
d. Vigilar que en todos los procedimientos y actividades policiales se observen los principios de legalidad, transparencia, necesidad, proporcionalidad, imparcialidad y humanidad.
e. Oponerse rigurosamente a cualquier acto de corrupción y denunciar ante las autoridades competentes aquellos hechos de los que tengan conocimiento.
f. Observar en toda actuación, un trato correcto y esmerado en sus relaciones con los ciudadanos, a quienes procurarán proteger y auxiliar en las circunstancias que fuese requerido.
g. Portar el uniforme, las insignias policiales, las armas y equipos reglamentarios debidamente, de manera que la colectividad pueda reconocer el cuerpo policial o militar al cual pertenece y mostrar en todo acto de servicio los documentos e identificativos que los acrediten como autoridad pública
h. Informar a la colectividad de las actuaciones realizadas en virtud de la implementación de acciones o medidas para la seguridad ciudadana, así como de los derechos que la asisten.
i. Velar por el disfrute del derecho a la reunión y del derecho a manifestar pública y pacíficamente, conforme a los principios de respeto a la dignidad, tolerancia, cooperación, compresión e intervención oportuna, proporcional y necesaria, sin hacer uso de armas de fuego y sustancias tóxicas.
j. Respetar la integridad física de todas las personas y, bajo ninguna circunstancia, infligir, instigar o tolerar ningún acto arbitrario, ilegal, discriminatorio o de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, que entrañen violencia física, psicológica o moral.
k. Garantizar a las víctimas apoyo, asistencia e información que necesitan, sin discriminación.
l. Utilizar el arma de fuego sólo en circunstancias extremas, por defensa personal o de terceros.
m. Prestar y requerir auxilio urgente para la asistencia y servicio médico de toda persona herida o afectada y notificar lo sucedido a la mayor brevedad posible, a sus parientes, amigos o conocidos.
n. Informar de inmediato los incidentes que sucedan con ocasión del servicio, a los funcionarios superiores y a la autoridad pública competente.
o. Oponerse a ejecutar órdenes que comporten la práctica de acciones u omisiones ilícitas o que sean lesivas o menoscaben los derechos humanos garantizados en la Constitución o en los tratados internacionales sobre la materia.
p. Denunciar las violaciones a los derechos humanos que conozca se hayan producido o se sospeche vayan a producirse.
q. Informar a sus superiores y si fuese necesario, a cualquier autoridad u organismo que tenga atribuciones de control o correctivas, cuando tengan motivaciones para creer que se ha producido o va a producirse un acto de tortura, estando en
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