Principio de Irrenunciabilidad
Enviado por José Luis Muñoz • 13 de Junio de 2021 • Ensayo • 979 Palabras (4 Páginas) • 119 Visitas
UNIVERSIDAD MAYOR REAL Y PONTEFICIA
DE SAN FRANCISCO XAVIER
DE CHUQUISACA
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CARRERA: Administración de Empresas
ASIGNATURA: Derecho Laboral
TITULO DEL TEMA: Principio de Irrenunciabilidad
DOCENTE: PH.D. Yamile Hayes Michel
GRUPO: “4to C”
ESTUDIANTES: Bejarano León Domick D.
Canales Sanzetenea Alondra B.
Jiménez Alejandra
Muñoz José Luis
FECHA: 06/ Junio / 2021
ANALISIS DEL CONTRATO DE TRABAJO
Según el análisis respectivo del contrato de trabajo y basándonos en el material avanzado hasta el momento nosotros como grupo de trabajo entramos en un debate de la cual sacamos 2 conclusiones.
1.- NO firmar el contrato
2.- SI firmar el contrato
1.- NO ACEPTAMOS FIRMAR EL CONTRATO por las siguientes observaciones.
PRIMERA CLAUSULA
Observaciones. -
En esta parte no está bien identificadas los datos de la empresa, tanto del empleador y el nuevo empleado no son correctos y suficientes.
SEGUNDA CLAUSULA
Observaciones. - Tomando la cláusula octava el plazo empezará a contarse a partir de la fecha de firma del presente contrato
TERCERA CLAUSULA
Observaciones. - En el contrato establecido por el empleador no especifica que los horarios aparte de ser de tiempo completo son horarios continuos. (dando una carga horaria muy exigente para la trabajadora)
CUARTA CLAUSULA
Observaciones. - El sueldo no cubre los requerimientos establecidos por el decreto supremo Nro. 4501 ART-2 determina que el salario mínimo nacional, en los sectores público y privado, es de 2164.00 Bs
QUINTA CLAUSULA
Observaciones. -
En el presente contrato no indica el número de días de descanso remunerado, también establece que se podrá gozar de los días de vacación después del tercer año, pero Según el D. S. 3150 Artículo 44º si ya cumplió un año se tiene el derecho a las vacaciones dependiendo a su antigüedad en caso de que la empresa no proporción el pago de vacaciones según ley podría hacerse acreedor de una multa.
SEXTA CLAUSULA
Observaciones. -
Se recalca que debo renunciar a mis derechos laborales, pero en la CPE. Artículo 48º dispone que los derechos y beneficios reconocidos a favor de los trabajadores no pueden renunciarse y son nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos.
SEPTIMA CLAUSULA
Observaciones. El aguinaldo es un pago obligatorio y el empleador que no realice o pague menos será acreedor de una sanción genérica que establece una multa, el aguinaldo incluso debe ser otorgado a quienes no hayan cumplido el año de servicio pues se debe pagar una parte proporcional, la ley estipula que en caso de que el empleador no pague el aguinaldo en la fecha limite podemos denunciarlo ante las autoridades competentes y deberá cancelarnos el doble de lo que corresponde
OCTAVA CLAUSULA
Observaciones. - Esta cláusula será válida en el caso de aceptar las anteriores, pero quedando invalida en el caso de no aceptar ni estar conforme a lo estipulado denotando nuestra no conformidad con el presente contrato
Por lo tanto, mi condición de trabajador me niego rotundamente a aceptar dicho contrato teniendo todas las cláusulas muy parcializadas a favor de la empleadora también teniendo en cuenta que el mencionado contrato va en contra de toda normativa laboral.
2.- SI ACEPTAMOS FIRMAR EL CONTRATO por los siguientes motivos.
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