Principios Contables
Enviado por midurazno • 19 de Junio de 2013 • 743 Palabras (3 Páginas) • 287 Visitas
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD PEDAGOGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR
INSTITUTO PEDAGOGICO DE MATURIN
MATURIN ESTADO MONAGAS
DERECHO LABORAL
Integrantes: Juan Caña
Fabiola Reyes
Sandy Torres
Katiuska Urbaneja
Manuela Mirabety
De la Relación de Trabajo.
Se presumirá la existencia de una relación de trabajo entre quien preste un servicio personal y quien lo reciba. Se exceptuarán aquellos casos en los cuales, por razones de orden ético o de interés social, se presten servicios a instituciones sin fines de lucro con propósitos distintos de los de la relación laboral
La prestación de servicio en la relación de trabajo será remunerada.
Contrato de Trabajo.
El contrato de trabajo es aquel mediante el cual una persona se obliga a prestar servicios a otra bajo su dependencia y mediante una remuneración.
El contrato de trabajo obligará a lo expresamente
pactado y a las consecuencias que de él se deriven, se hará preferentemente por escrito.
De La Suspensión de la Relación de Trabajo.
Concepto:
Es la interrupción temporal de la relación laboral, por lo que no pone fin al vínculo jurídico entre empleador - empleado; por tanto al cesar las causas de suspensión, el trabajador puede reincorporarse totalmente.
Durante dicha suspensión el trabajador no estará obligado a prestar el servicio ni el patrono a pagar el salario. Pero dicha acción no pone fin la relación o vínculo laboral
De La Terminación de la Relación de Trabajo
Concepto
La extinción del contrato de trabajo supone la finalización de la relación jurídica entre trabajador y empresario y la liberación de todos sus componentes.
Causas
Despido o voluntad unilateral del empleador
Justificados: cuando el trabajador ha incurrido en una causa prevista por la Ley.
Injustificados: cuando se realiza sin que el trabajador haya incurrido en causa que lo justifique.
Retiro o voluntad unilateral del trabajador
Se entenderá por retiro la manifestación de voluntad del trabajador de poner fin a la relación de trabajo. (Art. 100 LOT).
El retiro será justificado cuando se funde en una causa prevista por esta Ley, y sus efectos patrimoniales
...