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Procedimiento De Montaje De Sistema De Aireación En Lagunas Aerobocas


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2014  •  3.103 Palabras (13 Páginas)  •  318 Visitas

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PROCEDIMIENTO MONTAJE SISTEMA DE

AIREACIÓN EN LAGUNAS AEROBICAS EN

PLANTA TRATAMIENTO.

Revisión 00

Fecha Agosto de

2012

Página 1 de 13 Preparado Por:

Experto en

prevención de

riesgos

Revisado por:

Coordinador de SGI.

Aprobado por:

Gerente de

Operaciones

1. OBJETIVO.

El propósito de este documento es establecer el requerimiento operativo y de

seguridad en actividad de anclaje de estructuras dentro de Lagunas Aeróbicas en

Planta Tratamiento.

2. ALCANCE.

El presente procedimiento es aplicable al personal de Montajes eléctricos y civiles

que realicen trabajos de montaje estructural de Empresa Patricio Soto Cía. Ltda.

como también a subcontratos que presten cualquier tipo de servicio aplicable a

esta actividad.

3. RESPONSABILIDADES

3.1 Será responsabilidad de todo el personal involucrado en el trabajo, cumplir el

presente procedimiento.

3.2 Será responsabilidad de cada trabajador utilizar de manera correcta los

siguientes Elementos de Protección Personal:

• Guantes.

• Calzado de Seguridad Dieléctricos.

• Antiparras Claras y Oscuras.

• Gafas Herméticas.

• Arnés de Seguridad.

• Barbiquejo.

• Cuerda de Vida.

• Respirador con Filtro para Gases y Vapores Orgánicos.

• Overol.

• Buzo Tyvek.

• Chaleco Salvavidas

• Será obligación del personal verificar visualmente que estos se

encuentren en buenas condiciones.

3.3 Será responsabilidad del trabajador acatar las órdenes, reglamento interno y

las instrucciones de este procedimiento.

REF: SGI-P-DPR-08

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Coordinador de SGI.

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Gerente de

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3.4 Será responsabilidad de cada uno de los trabajadores poner en conocimiento

a sus pares y supervisor de cualquier acción y condición subestándar que se

cometa durante la realización de la obra y/o trabajo.

3.5 Será responsabilidad del supervisor directo de los trabajos, mantener

constante atención y brindar todos los conceptos de instrucciones a los

trabajadores que desarrollan las maniobras para evitar descoordinaciones y

fallas en la ejecución de estos.

3.6 Sera responsabilidad del Experto Profesional en Prevención de Riesgos y/o

Experto en la categoría Técnico en Prevención de Riesgos representante en la

zona norte de la empresa, difundir este procedimiento y verificar que se

cumpla punto a punto en su cabalidad.

4. DOCUMENTOS APLICABLES.

4.1. Ley 16.744

4.2 Decreto Supremo N° 594

4.3Norma Chilena 436, of. 2000 Prevención de accidentes del trabajo –

disposiciones generales.

4.4 Decreto Supremo 40.

4.5 Decreto Supremo 109.

5. TERMINOLOGÍA

5.1. Acción Subestándar: Desviarse, por parte del trabajador, de una conducta

considerada como segura y que posibilita que éste se accidente. (NCH. 436).

5.2. Condición Subestándar: Situación presente en el ambiente de trabajo,

generando una condición de riesgo, que posibilita la ocurrencia de un accidente.

5.3. Accidente grave o fatal:

Accidente: Es toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del

trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.

Accidente fatal: a causa o con ocasión del trabajo y que provocan la muerte del

trabajador en forma inmediata o durante su traslado a un centro asistencial.

REF: SGI-P-DPR-08

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Accidente grave: a causa o con ocasión del trabajo y que:

* Obligue a realizar maniobras de resucitación, o a realizar maniobra de rescate;

* Ocurra por caída de altura de más de 2 metros;

* Provoque en forma inmediata, la amputación o pérdida de cualquier parte del

cuerpo.

* Involucre un número tal de trabajadores que afecte el desarrollo normal de la

faena afectada.

5.4. Enfermedad Profesional: Es la causada de manera directa por el ejercicio de

la profesión o del trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o

muerte.

5.5. Mascarilla de respiración: Equipo de funcionamiento de hermeticidad, el

cual complementado con el cilindro, de aire y la membrana de paso realizan el

funcionamiento de aire hacia la persona.

5.6. Elemento de Protección Personal: Cualquier equipo destinado a ser llevado

o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que

puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, asi como cualquier

complemento o accesorio destinado a tal fin.

5.7. Reglamento Interno: El Reglamento Interno es el instrumento por medio del

cual el empleador regula las obligaciones y prohibiciones a que deben sujetarse

los trabajadores, en relación con sus labores, permanencia y vida en la empresa.

5.8. Riesgo Biológico: Los Contaminantes Biológicos son seres vivos, con un

determinado ciclo de vida que, al penetrar dentro del ser humano, ocasionan

enfermedades de tipos infecciosas o parasitarias.

5.9. Riesgo Químico: Es aquel Riesgo susceptible de ser producido por una

exposición no controlada a agentes químicos la cual puede producir efectos

agudos o crónicos y la aparición de enfermedades.

6. EQUIPO, MAQUINAS Y HERRAMIENTAS

REF: SGI-P-DPR-08

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EQUIPOS

6.1 Guantes cabritilla

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