Procedimiento Instalación Faena
Enviado por ibpltda • 5 de Agosto de 2015 • Trabajo • 2.704 Palabras (11 Páginas) • 1.669 Visitas
PROCEDIMIENTO
DE
INSTALACION DE FAENAS
INDICE
- OBJETIVO
- ALCANCE
- DEFINICIONES
- DOCUMENTOS RELACIONADOS
- RESPONSABILIDADES
- DESCRIPCION RESUMIDA DE LA ACTIVIDAD
- ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
- MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y MEDIO AMBIENTE RECOMENDADAS
- REGISTROS
- ANEXOS
HISTORIAL DE MODIFICACIONES A ESTE PROCEDIMIENTO | ||
FECHA | REVISIÓN | |
Preparado por: | Revisado por: | Aprobado por: |
Fecha: | Fecha: | Fecha: |
- OBJETIVO.-
Precisar métodos seguros para la construcción o habilitación de las “Instalaciones de Faena” en una Obra, a fin de controlar y minimizar los riesgos inherentes de la actividad, implementando las medidas preventivas necesarias, con el fin de evitar al máximo cualquier posibilidad ocurrencia de un Incidente/Accidentes.
- ALCANCE.-
El presente procedimiento se aplicara en todos los proyectos de la Empresa Constructora Brotec S.A, y abarcará desde el inicio de la “Instalación de Faena” con la llegada de los primeros trabajadores que ingresen con ese fin, y hasta el termino de esta etapa, debiendo ser conocido por el personal propio, así como de las Empresas Contratistas que estén involucradas en los trabajos.
- DEFINICIONES.-
Instalación de faena: Corresponde al acondicionamiento del terreno, y de las instalaciones provisorias que permiten dar inicio a los trabajos. Una instalación de faena consta de: Oficinas, Bodegas, Canchas de Acopio y Almacenamiento, Taller de trabajo, Servicios Higiénicos, Comedores, Vestidores, Bodega y Patio de Combustibles, Caseta del cuidador o Portero, Cierros provisorios, Instalación Provisorias de Agua Potable, Alcantarillado y Electricidad.
Accidente (según Def. del Control de Pérdidas): Acontecimiento no deseado, que podría deteriorar, o que deteriora la eficiencia de la operación empresarial, produciendo daños o detenciones en: La gente, equipos, materiales o el ambiente.
Accidente (según Def. Ley 16.744): Es toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o la muerte.
Acción Insegura: Comportamiento personal que podría dar paso a la ocurrencia de un accidente.
Acto Subestándar: Es todo error que comete una persona al desviarse de un procedimiento o instructivo, previamente establecido.
Comunicación Operacional: Técnica que se emplea para enseñar a un grupo de personas, la forma correcta de aplicar un método o procedimiento de trabajo.
Condición Insegura: Circunstancias existentes en el medio, que podría dar paso a la ocurrencia de un accidente.
Condición Subestándar: Es toda anormalidad que se manifiesta en los equipos, materiales y/o ambiente; y que se aparta de los estándares establecidos.
Contacto Individual: Entrevista conducida por el Supervisor para analizar y corregir aspectos del desempeño personal.
Cuasi Perdida: Evento cuya ocurrencia no arrojo pérdidas visibles o mesurables, no obstante, en otras circunstancias diferentes puede terminar en Incidente.
Incidente: Acontecimiento no deseado, que resulta en daño físico a las personas y/o daño a la propiedad, y/o pérdida en los procesos. Resulta del contacto con una sustancia o fuente de energía, por sobre la resistencia del cuerpo o estructura.
- DOCUMENTOS RELACIONADOS.-
- Ley 16.744, sobre “Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales”.
- Ley 20.123 sobre “Subcontratación”.
- Ley de Tránsito Nº 19.495.
- Decreto Supremo Nº 40 “Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales”.
- Decreto No. 594 sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Mínimas en los lugares de trabajo del Ministerio de Salud.
- Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de Empresa Constructora Brotec S.A.
- Reglamento de Seguridad especial para empresas Contratistas y Subcontratistas que prestan servicios para Brotec S.A.
- RESPONSABILIDADES.-
5.1 Administrador de Obra:
El Administrador, es el responsable de conocer y velar por la aplicación en la Obra de este procedimiento, dando todas las facilidades para ello y garantizando a su vez su cumplimiento.
Además deberá usar en todo momento sus EPP asignados, al salir a terreno.
5.2 Asesor de Prevención de Riesgos:
Es el responsable de verificar que el presente procedimiento se comunique en un lenguaje adecuado, de manera tal, que el contenido de este sea comprendido por todos los que deben participar en los trabajos. Además asesorará al Administrador de Obra y la Línea de mando, en todos aquellos temas o variables de operación con riesgos, que surjan cuando se ejecutan las respectivas actividades productivas.
Además deberá usar en todo momento sus EPP asignados.
5.3 Jefe de Terreno:
Es responsable de dar a conocer el contenido del procedimiento a la Supervisión, dejando constancia por escrito de esto, deberá revisar y constatar en terreno su fiel cumplimiento.
Deberá suministrar los recursos que sean necesarios para el normal funcionamiento de los trabajos y hacer respetar todas las Normas de prevención y control de riesgo.
Además deberá usar y cuidar en todo momento sus EPP asignados.
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