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PROCEDIMIENTO DE INSTALACION DE GAENA EN CONSTRUCCION


Enviado por   •  24 de Diciembre de 2015  •  Trabajo  •  5.284 Palabras (22 Páginas)  •  207 Visitas

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PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO

 EN INSTALACIÓN DE FAENAS

ÍNDICE

  1. OBJETIVO

  1. ALCANCE
  1. RESPONSABILIDADES
  1. DOCUMENTOS APLICABLES
  1. TERMINOLOGIA
  1. REQUERIMIENTOS Y NORMAS QUE DEBERAN CUMPLIR LAS DISTINTAS DEPENDENCIAS DE LAS INSTALACIONES DE FAENAS
  1. REGISTRO
  1. ANEXOS

EDICIÓN Nº

1.0.

EDICIONES ANTERIORES

Fecha

03.06.2014

Número

Fecha

ELABORADO

Prevención de Riesgos

1.0

03.06.14

REVISADO

Administrador de Obra

APROBADO

Gerente General

  1. OBJETIVO

Establecer las pautas operativas seguras que deben ser cumplidas tanto en los procesos previos, durante y al retiro de la instalación de faena de las obras de …………………………………

  1. ALCANCE.

Es de aplicación en todas las obras o proyectos que ejecute ……………………………

  1. RESPONSABILIDADES

GERENTE TECNICO:

Aprobar, proveer los recursos  y velar por el cumplimiento de este procedimiento.

ADMINISTRADOR DE OBRAS:

Revisar y mantener la documentación vigente, haciendo los ajustes y correcciones necesarias para su correcta aplicación.

PROFESIONALES DE TERRENO:

Son responsables de difundir a su personal este procedimiento. Son responsables de prever las necesidades y de gestionar los recursos: mano de obra, materiales, equipos (operativos) para mantener los estándares de las actividades descritas en este procedimiento.

EXPERTO O ENCARGADO DE PREVENCIÓN DE OBRA:

Velar por el cumplimiento y  difusión de este procedimiento.

SUPERVISORES:

Deberá inspeccionar mensualmente los recintos que comprende este procedimiento, con el propósito de detectar cualquier condición subestándar que pudiera poner en peligro la salud, higiene e integridad de los trabajadores y/o equipos.

TRABAJADORES:

Son responsables de cuidar los recintos de instalaciones de faenas y comunicar cualquier deterioro o condición subestándar que ellas presenten.

  1. DOCUMENTOS APLICABLES.

Decreto Nº 594

Capitulo  V Señalización.

Normas Chilenas. Nch. ELEC 4/48

Normas internas de la Empresa.

  1. TERMINOLOGIA

INSTALACIÓN DE FAENA: Son todas aquellas construcciones de carácter provisorio que se requieren efectuar para materializar las obras de construcción del proyecto tales como las bodegas, oficinas, piezas del personal, baños, caseta de guardia, etc.

Este procedimiento es valido para los siguientes recintos de las Instalaciones de faenas de la Empresa.

OFICINAS, BAÑOS, COMEDORES, PIEZAS Y/O GUARDARROPIAS,

BODEGAS, TALLERES, CASETA DE PORTERIA, ZONAS DE TRANSITO, INSTALACIÓN ELECTRICA PROVISORIA, TRANSPORTE DE PERSONAL, MATERIAL Y EQUIPOS, ESPROTECCION CONTRA INCENDIOS, MEDIDAS DE HIGIENE Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL.

  1. REQUERIMIENTOS Y NORMAS QUE DEBERAN CUMPLIR LAS DISTINTAS DEPENDENCIAS DE LAS INSTALACIONES DE FAENAS.

Se debe confeccionar un plano que indique la distribución de recintos de ella, las zonas de tránsito vehicular para carga y descarga de materiales, las zonas de tránsito autorizadas al personal de la obra, las vías de evacuación, ubicación de extintores, sala de atención de primeros auxilios, oficinas, bodegas, etc., este plano debe ser publicado en lugares visibles de la obra y si sufriese modificaciones debido al avance de estas el plano deberá modificarse de acuerdo al avance de ellas.

6.1.- GENERALIDADES DE SECTORES DESTINADO A INSTALACION DE FAENAS:

Antes del inicio de las faenas propiamente tal, se deben tener presentes las siguientes recomendaciones, algunas de las cuales están presentes en la generalidad de las bases de propuesta y/o las leyes vigentes:

  1. Cumplir con el plan de desratización previo a los procesos de la instalación. Estableciendo un programa de control de vectores biológicos (ratas, mosquitos, hongos, etc.) el cual será el siguiente:

Sanitización; se efectuará una vez por personal o empresa autorizada.

Desinsectación: se efectuará cada tres meses por personal o empresa autorizada

Desratización: se efectuara antes de las demoliciones de estructuras existentes y cada cuatro meses iniciadas las obras por personal o empresa autorizada

  1. Fotografiar los terrenos previos a la instalación de faenas.
  2. Efectuar un estudio de mecánica de suelo toda vez que existan excavaciones de mas de 1.5 mts.
  3. Consultar con las empresas de Energía y Servicios la presencia de instalaciones en los terrenos a intervenir.
  4. Confeccionar un plano que indique la ubicación de cada recinto, y las zonas de tránsito autorizadas al personal.
  5. La instalación de faena deberá contar con una red de agua que permita dotar de ésta a baños, y comedores. por otro lado se deberá contar con llaves próximas a las instalaciones de oficinas, talleres y piezas de trabajadores.
  6. Considerar la flora y fauna del sector, esto es, se debe retirar o proteger aquella vegetación protegida por la ley o por especificaciones de las bases.
  7. Uso de mallas protectoras en el entorno de las instalaciones de faenas ( el perímetro de ellas debe contar con una maya rachel de manera que en conjunto con el muro existente se obtenga una altura de 5 mts. ).
  8. Establecer un Plan de Evacuación que contemple señalización de vías de transito y evacuación de las instalaciones.
  9. Determinar zona de lavado de camiones, considerando pozo de decantación y personal encargado del barrido de calles.
  10. Establecer un programa de control de vectores biológicos (ratas, mosquitos, hongos, etc.), que implique desinfectar y fumigar periódicamente las dependencias, en especial baños y piezas.
  11. Verificar que las empresas que realizan el transporte, tratamiento y/o eliminación final de los residuos industriales  sólidos y/o líquidos, cuentan con la Autorización del Servicio de Salud.
  12. En el evento que la Instalación de Faenas este constituida por contenedores, su traslado, izamiento y posicionamiento, por medio de grúas torres o móviles, deberá aplicarse el Procedimiento especifico referido al manejo de cargas por medio de grúas.

6.2.- OFICINAS

  1. Las oficinas se deben instalar en áreas no afectas en lo posible con las actividades de construcción y talleres, de manera de disminuir la exposición al riesgo del personal que labora en estas y de las visitas y/o proveedores
  2. Las zonas de acceso y transito desde y hacia las oficinas desde portería  y estacionamientos, deben estar niveladas, demarcadas y separadas de las actividades de trabajo. De no poder cumplirse esto último las zonas de transito y acceso deberán estar protegidas adecuadamente.
  3. Dotar las puertas de material sólido, que todas ellas abran hacia fuera.

6.3.- BAÑOS

Los aspectos legales referidos a baños de obras están especificados en el DECRETO Nº 594.

Algunos de las actividades que se desprenden de estas regulaciones son:

  1. Los baños de faena deben estar a una distancia no mayor mas de 75 metros de los frentes de trabajo, en el caso de no ser posible esto último  se debe implementar el uso de baños químicos.
  2. Verificar que el número de artefactos de los servicios higiénicos corresponde a lo que establece  el Decreto 594 Art. 23 (Nº de WC y urinarios y lavamanos es  1 x cada 15 trabajadores,  Nº de duchas  es  una x cada 10 trabajadores).
  3. Calefón o calentador de agua a gas, deben ubicarse fuera del recinto de las duchas, en lugar ventilado y con descarga de gases al exterior, protegido contra la manipulación inadecuada y no autorizada
  4. Deben existir Servicios Higiénicos independientes y separados para hombres y mujeres.
  5. Mantener y disponer de baños en cantidad suficiente para el personal, incluyendo personal de contratistas.
  6. Permanente verificación que los Servicios Higiénicos se encuentran en buen estado de funcionamiento, limpieza y con control de plagas.
  7. Deben existir basureros en el recinto, especialmente en interior de WC.
  8. El tendido  eléctrico debe estar canalizado en todos su recorrido.
  9. Se debe considerar el aseo de estas instalaciones, con una frecuencia  mínima de 2 diariamente, que implica personal dedicado a estos menesteres.
  10. Esta dependencia debe contar un radier de hormigón.
  11. No deben estar próximos a zonas de comedores y vestidores, de estarlos deben contar con la aislación y ventilación adecuada.

6.4.-        GUARDARROPIAS

Los aspectos legales referidos a guardarropías de obras están especificados en el DECRETO Nº 594.

  1. Contar con un  recinto de uso exclusivo para el cambio de ropa próximo a los servicios higiénicos.
  2. Número suficiente de Locker (casilleros). Verificar que existen casilleros guardarropa, en buenas condiciones y en número igual al de las personas que requiere cambio de ropa.
  3. Pisos y paredes en buen estado que faciliten mantener el aseo del lugar.
  4. La  iluminación permite ver el lugar con claridad.
  5. Su ventilación permite una buena circulación de aire.
  6. Se debe observar orden y aseo en todo el recinto, que implica personal dedicado a estos menesteres.
  7. El tendido  eléctrico estar canalizado en todos su recorrido.
  8. Debe existir presencia de basureros.

6.5.- COMEDORES

Los comedores de obras son otras dependencias que se rigen por el antes mencionado DECRETO Nº 594.

En este caso cabe considerar lo siguiente:

  1. Esta dependencia debe considerar un radier de hormigón.
  2. Las mesas y banquillos deben contar con cubiertas de material lavable.
  3. Debe existir un conservador de alimentos, para mantener en buen estado las colaciones de los trabajadores.
  4. Las cocinillas se debe instalar en un lugar ventilado y fuera de las zonas de tránsito de manera que pueda ser accesible sólo por un frente.
  5. Se debe considerar el aseo de estas instalaciones, considerando un mínimo de 2 diariamente, que implica personal dedicado a estos menesteres de manera que coordine el adecuado uso de estas instalaciones.

6.6.- BODEGAS

Estas son las instalaciones consideradas para el almacenaje de los insumos requeridos para el cumplimiento de las actividades propias de las obras, considerando 2 tipos de bodegas; la Bodega Generales de productos no tóxicos ni inflamables y aquellas cuyos productos presentan las condiciones contrarias. Estas instalaciones también caen dentro del ámbito del Decreto Nº 594.

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