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Programa de centros maternales para las universidades radicadas en Rio Negro


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2015  •  Práctica o problema  •  541 Palabras (3 Páginas)  •  216 Visitas

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PROYECTO DE LEY: “Programa de centros maternales para las universidades radicadas en Rio Negro”.

Capitulo 1

ARTICULO Nº 1: Lugar de aplicación.

La presente ley será aplicable a toda universidad con sede en el territorio de la provincia de Rio Negro.

Capitulo 2

ARTICULO N°2: Definiciones.

  1. Ordenamiento interno: conjunto de normas y estipulaciones que regirán el correcto funcionamiento de la prestación.
  2. Dirección: será el órgano encargado exclusivamente del centro maternal y todos los temas pertinentes al mismo.
  3. Programa: el programa de centro maternales para universidades radicadas en Rio Negro.

Capitulo 3

ARTICULO N°3: Del lugar físico.

La provincia proveerá el lugar físico dentro del predio de la universidad o el presupuesto necesario para crear el mismo.

  1. El mismo debe preverse de acuerdo a la cantidad de habitantes, con niños pequeños, en edad de acceder a la educación universitaria de la localidad en que se encuentre la sede.
  2. El lugar deberá contar con todos los servicios esenciales como: agua, luz y gas.
  3. Deberá ser habilitado por los organismos del estado a los que les concierna la seguridad de los menores , y acreditar al menos un control anual de los mismos órganos.

ARTICULO N°4: Personal.

El programa contara con personal especializado en:

  1. Cuidado de niños.
  2. Atención especial a niños con capacidades diferentes.
  3. Personal de limpieza.
  4. Primeros auxilios.

Los mismos dependerán de la provincia de Rio Negro.

ARTICULO N° 5: Seguro.

Se contara con un seguro obligatorio, que cubrirá a los menores que asistan al centro; el mismo estará a cargo de la dirección del programa y si financiara con el presupuesto anual dado a la misma.

ARTICULO N°6: Refrigerio.

Se proporcionara un refrigerio adecuado a las necesidades nutricionales de los niños mientras se encuentren en el centro.

ARTICULO N°7: Obligación de las universidades.

Cada sede tiene la obligación, de crear un ordenamiento interno donde se contemple el funcionamiento horario, de acuerdo al funcionamiento de cada sede; así como decretar la creación de una dirección para que supervise y se encargue de la puesta en funcionamiento del programa y su seguimiento.

Capitulo 4

ARTICULO N°8: Destinatarios.

Son beneficiarios de este servicio, de forma gratuita, todos los estudiantes de la universidad que acrediten ser alumnos regulares, así como también el personal docente y no docente que desarrolle funciones en la sede universitaria; sin distinción alguna en cuanto a su sexo, edad, ingresos o cargo que ocupen.

ARTICULO N°9: Inscripciones.

Se llevaran a cabo 1 mes antes del inicio de las clases en la sede universitaria.

ARTICULO N°10: Acreditación de regularidad. 

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