Proteccion De Programas Computacionales
Enviado por tomkaulitz • 23 de Noviembre de 2011 • 2.765 Palabras (12 Páginas) • 877 Visitas
Concepto de Programa
Es un conjunto de mandatos que se suministran al computador que al ejecutarlas en un determinado orden, es capaz de resolver un problema automáticamente, el Programa almacenado son el conjunto de las instrucciones que el computador almacena en su menoría principal.
Sirven para operaciones muy frecuentes del computador (por ejemplo cuando enciende) y no se puede cambiar.
Que es un programa de Computación
Programa computacional es un conjunto de instrucciones para ser usadas directa o indirectamente en un computador a fin de efectuar u obtener un determinado proceso o resultado, contenidas en un disquete, cassette, disco compacto, cinta magnética u otro soporte material. Si bien existen diferencias técnicas entre los conceptos de programa computacional, software y soporte lógico, utilizaremos estos términos como sinónimos, a sabiendas.
Un programa de computación permite la realización de diversas tareas que van desde el funcionamiento interno de una computadora -sistema operativo-, hasta la obtención de un objetivo especifico -programa de aplicación-.
Existen 2 tipos de programas y son:
• Los Programas Fuente: Conocidos también como sistemas operativos o de xplotacion. Ligados al funcionamiento mismo de la maquina, y tiene una estrecha relación con las memorias centrales y auxiliares; y permiten el adecuado trabajo entre la maquina y el usuario.
• Los Programas Objeto: Son los que se realizan para satisfacerlas necesidades del usuario, y permiten el tratamiento de datos bien definidos.
Como podrá apreciarse, los propósitos de los programas de computación son muy variados sin embargo comparten una característica común permiten al usuario la realización de su trabajo con mucho mayor rapidez, orden y efectividad que sin éstos.
En el mundo actual los programas de computación representan elementos muy importantes de competitividad y desarrollo. Es más, podría afirmarse que sí bien durante los años sesenta los recursos se invertían en una proporción aproximada de 70% en el caso del "hardware" y 30% en caso del "software", en la actualidad los papeles se han invertido, considerando los altos costos a que asciende su desarrollo y los recursos humanos, técnicos, económicos y materiales requeridos. No obstante lo anterior, resulta muy difícil recuperar las sumas que se llegan a invertir en este campo situación que se agrava significantemente en virtud del problema de la piratería de los programas y la falta de medidas de control y protección suficientes y adecuados.
Antecedentes
El primer antecedente de protección de los programas de computación en nuestro país data del año de 1984, fecha en el que se publicó el "Acuerdo 114 de la Secretaría de Educación Pública". Dicho cuerpo normativo expedido por este órgano de la administración pública federal, constituye el primer intento para reconocer protección a los programas de computación a través del derecho de autor. No obstante que la regulación de los programas de computación se dio al margen de La Ley Federal de Derechos de Autor, a través de dicho acuerdo se resolvió que la Dirección General del Derecho de Autor debería aceptarlos para registro otorgándoles el tratamiento de obras.
La Dirección General del Derecho de Autor dio comienzo a la tarea de registrar los programas que le eran presentados, para lo cual se había determinado previamente en el “Acuerdo 114”, que el material de depósito en estos casos lo constituiría cualquier formato en que el programa fuera materializado, pero que se podrían presentar las primeras 10 y últimas 10 hojas del programa en código fuente o código objeto. Asimismo, debería presentarse una copia impresa del directorio del programa cuyo registro se solicitaba. Dicha forma de regulación prevaleció en el derecho positivo de nuestro país por más de seis años, hasta que en el año de1991 se produjo una reforma a la Ley Federal de Derechos de Autor, que incluyó entre otros, la incorporación de los programas de computación como un género de obra independiente y autónomo respecto del resto de las demás obras expresamente mencionadas por la Ley hasta ese entonces. En virtud de lo anterior, la protección que otorga dicha Ley Federal de Derechos de Autor a los titulares de esos derechos, se hizo extensiva a los creadores y productores de programas de computación.
Políticas de Licenciamiento y Control en Materia de Programas de Computación.
Nadie con excepción del titular de los derechos de autor sobre programas de computación está facultado para reproducirlos, usarlos o comercializarlos salvo que se cuente con una licencia o autorización. Existen muchas formas de licencias, dependiendo del producto de que se trate. Sin embargo, a las más comunes se les conoce corno licencia tipo "shrink shrap" y se encuentran en los paquetes de programas comerciales para uso en computadoras personales. Dichas licencias constituyen autorizaciones para realizar el número de copias que éstas establezcan específicamente. Normalmente, cada paquete de programa de aplicación contiene una licencia “monousuaria”, que como su nombre indica, permite la instalación del programa en el CPU (Central Procesing Unit) de una computadora personal. Para el caso de instalaciones adicionales debe pagarse un precio extra toda vez que esta realiza una segunda copia del programa. Esta práctica varía dependiendo de la política comercial de cada productor o fabricante de software, sin embargo hay algunos que llaman a estas licencias “FULL PACKAGE” o “LICENSE PACKAGE”.
Finalmente, existen casos en los que algunas empresas, por lo general aquellas que operan más de 100 PC's, requieren de licencias que les permitan el uso múltiple del programa. En esos casos se puede intentar una “LICENCIA CORPORATIVA”, que se negocia directamente con el productor del software. Existen muy pocos casos de este tipo de licencia, en virtud de que no se ha instrumentado a fondo en nuestro país.
Por lo que respecta a programas de aplicación para uso en redes, existen paquetes especiales que contienen licencias “DE USO CONCURRENTE”, que permiten la instalación del software en el servidor de la red y el acceso del número de estaciones de trabajo que autorice dicha licencia.
De conformidad con lo mencionado con anterioridad, el usuario de cualquier tipo de programa de computación protegido por el derecho de autor está facultado legalmente para obtener una copia de respaldo de dicho programa, la cual podrá usarse en caso de problemas o desperfectos en el programa instalado en el CPU de la PC; sin embargo, esa copia de respaldo no podrá instalarse en un segundo CPU o en un diskette.
Sistema Propio o "Sui
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