Proyecto De Tratado De Libre Comercio
Enviado por anasilviainda • 27 de Mayo de 2014 • 2.143 Palabras (9 Páginas) • 371 Visitas
PROYECTO DE TRATADO INTERNACIONAL BILATERAL DE LIBRE COMERCIO DE PRODUCTOS, BIENES Y SERVICIOS PARA MEJORAR LA BALANZA DE PAGOS ENTRE UN PAÍS DESARROLLADO Y OTRO DESARROLLADO
II.I Introducción
Un Tratado de Libre Comercio es un convenio o acuerdo celebrado entre dos o más países, para crear el libre comercio entre países miembros, eliminando barreras arancelarias y comerciales que les permitan el flujo de bienes, servicios, personas, tecnologías, etc.
La balanza de pagos es el registro de todas las transacciones económicas efectuadas entre los ciudadanos de un país y los de otros países. Sus principales componentes son la cuenta corriente, la cuenta de capital y la cuenta de las reservas oficiales. Contempla todas las exportaciones e importaciones (créditos o débitos) de bienes.
Cada transacción se incorpora a la balanza de pagos como un crédito o un débito. Un crédito es un pago de otro país al nuestro y un debito es el pago de nuestro país a otro.
II.II Texto del Tratado Internacional
PREÁMBULO
El gobierno de Estados Unidos Mexicanos y su representante el Presidente de la República Mexicana Enrique Peña Nieto y el gobierno de Estados Unidos de América y su representante el Presidente Barack Hussein Obama, se reúnen el día de hoy, lunes 18 de mayo de 2014, en la ciudad de Toluca, Estado de México, México, para firmar el presente Tratado Internacional Bilateral Norteamericano, con la aspiración de:
a) Estabilizar la balanza de pagos de los Estados Unidos Mexicanos contra los Estados Unidos de América, ya que los primeros importan más al segundo de lo que exporta.
b) Evitar una devaluación del peso mexicano, y con ello una crisis que afectaría a ambas naciones
c) Subsanar la brecha económica entre un país superavitario y la nación deficitaria;
d) Ampliar sus mercados para la comercialización segura de sus productos;
e) Fortalecer las economías de las dos naciones firmantes;
f) Reafirmar los lazos de hermandad entre sus dos naciones;
Lo anterior estableciendo reglas claras, basándose en el desarrollo sostenible y fortaleciendo los derechos de los trabajadores.
PARTE PRIMERA
ASPECTOS GENERALES
CAPÍTULO I
Objetivos
Artículo 1.- El presente Tratado Internacional Bilateral Norteamericano surge con la necesidad de apoyar la Balanza de Pagos de los Estados Unidos Mexicanos, el cual tendrá una vigencia temporal establecida por el Banco Mundial que considera será suficiente para lograr el objetivo principal.
Artículo 2.- Se reafirma la zona de libre comercio ya establecida en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte entre ambos países firmantes.
Artículo 3.- De ahora en adelante y para efectos del presente Tratado, se le denominará a los Estados Unidos Mexicanos como la Nación o Parte Exportadora, y a los Estados Unidos de América como la Nación o Parte Importadora.
Artículo 4.- Las partes procurarán la adopción de todas las medidas necesarias para dar vigencia a las disposiciones de este Tratado y su observancia por los gobiernos estatales y provinciales, salvo que en este Tratado se disponga otra cosa.
Artículo 5.- Los objetivos del presente Tratado son los siguientes:
a) Incentivar las exportaciones de la nación exportadora hacia la nación importadora;
b) Incentivar la colocación de las exportaciones mexicanas dentro del territorio de Estados Unidos de América mediante incentivos fiscales tanto a la publicidad, como a intermediarios, así como a los comerciantes finales;
c) Promocionar las ventajas de los productos con nominación de origen mexicanos;
d) Eliminar las malas prácticas de comerciantes y acaparadores de ambas fronteras;
e) Crear procedimientos eficaces en este Tratado para su aplicación y cumplimiento, para su administración conjunta, así como para la solución de controversias;
f) Establecer lineamientos para la ulterior cooperación bilateral, regional y multilateral encaminada a ampliar y mejorar los beneficios de este Tratado.
Artículo 6.- Ambas partes ratifican las obligaciones y derechos adquiridas tanto en el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, así como otros acuerdos o tratados de los que sean parte.
En caso de conflicto entre tales acuerdos y el presente Tratado, los acuerdos firmados antes del éste prevalecerán jurídicamente, salvo que en el acuerdo motivo del conflicto disponga otra cosa.
Artículo 7.- En caso de conflicto entre este Tratado y las obligaciones específicas en materia comercial contenidas en:
a) la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, celebrada en Washington el 3 de marzo de 1973, con sus enmiendas del 22 de junio de 1979;
b) el Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono, del 16 de septiembre de 1987, con sus enmiendas del 29 de junio de 1990;
c) el Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación, del 22 de marzo de 1989 a su entrada en vigor para México, Canadá y Estados Unidos; o
d) los tratados señalados en el Anexo 104.1,
Estas obligaciones prevalecerán en la medida de la incompatibilidad siempre que, cuando una Parte tenga la opción entre medios igualmente eficaces y razonablemente a su alcance para cumplir con tales obligaciones, elija la que presente menor grado de incompatibilidad con las demás disposiciones del Tratado.
PARTE SEGUNDA
COMERCIO DE BIENES, PRODUCTOS Y SERVICIOS
Artículo 8.- Este Tratado se aplicará a toda clase de bienes, productos y servicios que hasta el día de hoy se hayan comercializado por la nación exportadora hacia la nación importadora de forma lícita.
La lista de los bienes, productos y servicios a los que se refiere este Tratado, se encuentran al final del presente, como anexo I.
Artículo 9.- En caso de anexarse nuevos bienes, productos o servicios, estos deberán de ser aceptados por ambas partes mediante convenios que serán anexados al presente.
Artículo 10.- La Parte Importadora otorgará trato nacional a los bienes, productos o servicios de la otra parte de conformidad con el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) o cualquier disposición equivalente de un acuerdo sucesor del que los dos sean partes, se incorporan a este Tratado y son parte integrante del mismo.
Artículo 11.- Salvo que se disponga otra cosa en este Tratado, la Nación Importadora no podrá incrementar ningún arancel aduanero vigente,
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