Que significa el Mercosur
Enviado por mcbarera • 22 de Noviembre de 2016 • Apuntes • 1.419 Palabras (6 Páginas) • 289 Visitas
1. PAISES MIEMBROS
1. Colombia
2. Venezuela
3. Ecuador
4. Uruguay
5. Paraguay
6. Brasil
7. Bolivia
8. Chile
9. Perú
10. Argentina
2. ÓRGANOS DE MERCOSUR.
Consejo del Mercado Común (CMC)
El Consejo del Mercado Común es el órgano superior del MERCOSUR al cual incumbe la conducción política del proceso de integración y la toma de decisiones para asegurar el cumplimiento de los objetivos establecidos por el Tratado de Asunción y para alcanzar la constitución final del mercado común.
Está integrado por los Ministros de Relaciones Exteriores; y por los Ministros de Economía, o sus equivalentes de los Estados Partes. Se reúne todas las veces que lo estime oportuno, debiendo hacerlo por lo menos una vez por semestre con la participación de los Presidentes de los Estados Partes.
Para el cumplimiento de sus funciones el CMC cuenta con órganos o foros dependientes como son: el Alto Representante del MERCOSUR, la Comisión de Representantes Permanentes del MERCOSUR, Reuniones de Ministros, Grupos de Alto Nivel.
Se pronuncia mediante Decisiones, las que son obligatorias para los Estados Partes. * Actas del Consejo del Mercado Común * Decisiones del Consejo del Mercado Común
Grupo Mercado Común (GMC)
El Grupo Mercado Común es el órgano ejecutivo del MERCOSUR. Está integrado por cuatro miembros titulares y cuatro miembros alternos por país, designados por los respectivos Gobiernos, entre los cuales deben constar obligatoriamente representantes de los Ministerios de Relaciones Exteriores, de los Ministerios de Economía (o equivalentes) y de los Bancos Centrales.
Se reúne en forma ordinaria o extraordinaria. Las reuniones ordinarias se realizan en forma alternada en los Estados Partes, en fechas a convenir, por lo menos, una vez cada tres meses. Las reuniones extraordinarias se realizan en cualquier momento, a solicitud de cualquier Estado Parte en lugar a convenir. La Decisión CMC N° 12/12 estableció la estructura actual dependiente del Grupo Mercado Común y los criterios generales que orientan la creación de futuros órganos que queden comprendidos bajo su órbita. En este sentido, determinó que la estructura del GMC está integrada por las siguientes categorías de órganos: Grupos, Subgrupos de Trabajo, Grupos Ad Hoc y Reuniones Especializadas
El Grupo Mercado Común se pronuncia mediante Resoluciones, las cuales son obligatorias para los Estados Partes. * Actas del Grupo Mercado Común * Resoluciones del Grupo Mercado Común
Comisión de Comercio del MERCOSUR (CCM)
A la Comisión de Comercio del MERCOSUR, órgano encargado de asistir al Grupo Mercado Común, compete velar por la aplicación de los instrumentos de política comercial común acordados por los Estados Partes para el funcionamiento de la unión aduanera, así como efectuar el seguimiento y revisar los temas y materias relacionados con las políticas comerciales comunes, con el comercio intra-Mercosur y con terceros países (+ampliar).
Está integrada por cuatro miembros titulares y cuatro miembros alternos por Estado Parte y es coordinada por los Ministerios de Relaciones Exteriores. Se reúne por lo menos una vez al mes o siempre que le fuera solicitado por el Grupo Mercado Común o por cualquiera de los Estados Partes.
La Comisión de Comercio del MERCOSUR cuenta con la asistencia de órganos o foros dependientes, denominados “Comités Técnicos”, para el cumplimiento de sus tareas.
Se pronuncia mediante Directivas, las cuales son obligatorias para los Estados Partes.
* Actas de la Comisión de Comercio del MERCOSUR * Directivas de la Comisión de Comercio del MERCOSUR
3. NORMAS QUE REGULAN A MERCOSUR.
La Solución de Controversias en el MERCOSUR es actualmente reglamentada por el Protocolo de Olivos, que fue incorporado por las legislaciones nacionales de todos los Estados Parte, y está vigente para las controversias a partir de 2004. El Protocolo de Olivos engendró significantes cambios en el mecanismo, uno de los cuales es el Tribunal Permanente de Revisión del MERCOSUR, que tiene sede en Asunción, Paraguay. Entre 1991 y 2003 estuvo vigente el Protocolo de Brasilia, 1991, que fue derogado por el Protocolo anteriormente mencionado, salvo para las controversias pendientes.
Existe además, el Procedimiento General de Reclamaciones frente a la Comisión de Comercio del MERCOSUR, anexo del Protocolo de Ouro Preto, de 1994, que sigue vigente en el actual sistema de solución de controversias.
A continuación se las normas constitutivas:
Tratado de Asunción
Protocolo de Ouro Preto
Procedimiento para solución de controversias
Protocolo de Olivos
CMC/DEC Nº37/03: Reglamento del Protocolo de Olivos
CMC/DEC Nº23/04: Procedimiento para atender casos excepcionales de urgencia
CMC/DEC Nº26/05: Controversias originadas en acuerdos por Reuniones de Ministros
CMC/DEC Nº30/05: Reglas de Procedimiento del TPR
CMC/DEC Nº49/10: Propuesta para los Acuerdos con Estados Asociados
CMC/DEC
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